III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10536)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque solar fotovoltaico "Campos del Condado IV" de 57,798 MWp/51 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Beas y Trigueros (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60833

– Se procederá al aislamiento de todos los puentes de unión entre los elementos en
tensión mediante dispositivos de probada eficacia.
– Se colocarán pletinas verticales de chapa galvanizada y forma triangular sobre los
puentes de las crucetas de todos los postes, de tal manera que se impida el posado de
las aves. Si se utilizara otra medida de similar eficacia probada, deberá comunicarse
previamente a la citada Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.
No podrán realizarse trabajos de mantenimiento en las instalaciones eléctricas que
afecten a apoyos que soporten nidos de especies incluidas en el CAEA durante la época
de reproducción y crianza, excepto que concurra alguna de las circunstancias previstas
en la legislación vigente y con la autorización correspondiente de la Delegación Territorial
de Desarrollo Sostenible en Huelva. De igual forma, se podrá autorizar la retirada de los
materiales utilizados para la construcción de nidos, cuando aún no haya comenzado la
puesta o una vez finalizada la época de reproducción y crianza con la debida
autorización de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.
Se soterrará el tramo de la línea eléctrica que discurre por el entorno del arroyo de
las Monjas, identificado por el promotor como zona sensible para la avifauna por la
presencia de nidos de rapaces (águila calzada, ratonero común y águila culebrera) o por
ser zona frecuentada en sus desplazamientos o para su alimentación por especies
sensibles (cigüeña negra). Dicho soterramiento deberá coordinarse con la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, quien podrá determinar, en caso que no
detecte impactos significativos para la citada avifauna amenazada, sustituir el mismo por
el incremento de medidas anticolisión y antielectrocución como la disposición de
salvapájaros en los conductores, instalación de balizas luminosas, etc.
Todos los elementos anteriores serán repuestos cuando por su deterioro no cumplan
con su función disuasoria. Se deberá garantizar la funcionalidad y eficacia a medio y
largo plazo tanto de las medidas señaladas en el presente condicionado como las
contempladas específicamente en el EsIA, informando de la eficacia o no de las mismas,
pudiendo ser objeto de inspección por parte del órgano competente de la Junta de
Andalucía. Si las medidas anteriores resultaran insuficientes, se establecerá cuantas
medidas y procedimientos sean precisos para garantizar la ausencia de afección a las
poblaciones de fauna y flora amenazada.
5. Se procederá a la compensación de la pérdida de hábitat estepario/semiestepario
en la superficie de las parcelas catastrales afectadas no ocupada por la PSF (cuyo
cálculo resulta del orden de 72,34 ha). Dicha superficie, actualmente destinada a cultivos
de secano (hábitat estepario/semiestepario) será mejorada, a través de un Plan de
actuaciones a lo largo de toda la vida útil del proyecto, atendiendo a las medidas
previstas en el Plan de Recuperación y Conservación de Aves Esteparias (ZAPRAE),
encaminadas a la mejora y conservación de dichos hábitats y especies.
Además de las medidas de mejora del hábitat estepario/semiestepario previstas por
el promotor, se pueden aplicar, entre otras, el mantenimiento del barbecho en un mínimo
del 25 % del terreno, la siembra de leguminosas de secano en un mínimo del 10 %, el
mantenimiento del rastrojo hasta un mes antes del momento de la siembra siguiente,
evitar en lo posible tratamientos o trabajos agrícolas durante los meses de marzo, abril y
mayo, y la eliminación o reducción del uso de productos fitosanitarios.
Las parcelas y superficies de mejora del hábitat estepario/semiestepario, así como
las medidas a llevar a cabo, podrán ser revisadas y modificadas, previo acuerdo con la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en función de los resultados
observados y posibles experiencias o mejoras para las especies objeto de protección.
6. Para compensar el posible impacto sobre el aguilucho cenizo, se procederá al
apoyo a la reproducción en el entorno próximo del proyecto mediante la colaboración con
el Programa de Seguimiento y Protección del Aguilucho Cenizo en Andalucía en los
términos que determinen las entidades responsables (censos, localización de nidos,
retraso de cosecha hasta el 15 de julio, instalación de medidas anti depredación,
jornadas informativas a agricultores, etc.).

cve: BOE-A-2023-10536
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Núm. 103