III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10536)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque solar fotovoltaico "Campos del Condado IV" de 57,798 MWp/51 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Beas y Trigueros (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023

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sea posible, evitando así la compactación y/o el ruido que produciría la maquinaria,
debiendo justificarse la carga ganadería soportable, la cual no se recomienda superior
a 0,2 UGM/ha. En el pastoreo con ganado ovino se evitará la ayuda de perros durante
los meses de marzo, abril y mayo. En el caso necesario de realizar control mecánico de
la vegetación, se deberá evitar en los periodos críticos de reproducción de la mayoría de
las especies (marzo, abril y mayo), en particular de aquellas que anidan en el suelo,
como es el caso del aguilucho cenizo. En cualquier caso, para el control de la vegetación
se prohíbe el uso de herbicidas y/o fitosanitarios.
– Se procederá a la reforestación y/o densificación con especies potenciales en una
superficie de 30 ha en la zona sureste prevista en el EsIA, ocupada actualmente por
matorral con pies arbóreos/arbustivos diseminados, de tal modo que compense la
pérdida del hábitat forestal. Se utilizarán especies como la encina, alcornoque, acebuche
y pino piñonero, con una densidad de al menos 250 pies/ha. Se garantizará su persistencia
y adecuada conservación, con los tratamientos culturales que sean precisos, a lo largo
de la vida útil del proyecto.
– Se procederá a la mejora de riberas de los cursos de agua y entorno de pantanos
y charcas presentes en el interior o colindantes con la PSF, mediante la implantación de
vegetación arbórea y arbustiva ripícola autóctona, en una franja de anchura suficiente
para favorecer la formación y/o estabilización de un bosque de ribera. Igualmente se
garantizará su éxito y mantenimiento durante toda la vida útil del proyecto.
– Se incluirá un plan de actuación y conservación en las superficies que se
consideren, que abarque toda la vida útil del proyecto (hasta su desmantelamiento
incluido) con objeto de crear un hábitat adecuado, mejorando el territorio al crear un
mosaico de vegetación adaptada al lugar con el propósito de restaurar estos terrenos a
su estado óptimo.
– La instalación proyectada deberá contar con un Plan de Autoprotección de
incendios forestales, de acuerdo con la normativa sectorial vigente.
4. Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones de la Dirección General de
Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, ampliadas
por este órgano ambiental:
– De acuerdo a lo establecido en el artículo 46.3 de la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y con el fin de evitar el deterioro,
la contaminación y la fragmentación de los HIC fuera de la Red Natura 2000, se definirán
medidas de protección y, en su caso, de recuperación y mantenimiento de la cubierta
vegetal, en particular si se trata de HIC, durante la vida útil de la PSF.
En la medida de lo posible, se evitará cualquier ocupación de zonas húmedas
correspondientes a las teselas del HIC 6420, situadas al oeste de la PSF y asociadas a
la presencia de juncales, favoreciendo su naturalización junto con otras especies riparias
(tarays, palmitos, etc.).
Los HIC alterados por la ocupación temporal y/o permanente de las infraestructuras
proyectadas, como puede ser el caso de los hábitats 5330, 6220*, 6310 y 6420, deberán
ser restaurados o recuperados, en las mismas superficies en las que se produjo la
degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo (descompactación,
extendido de la tierra vegetal y restitución morfológica del terreno) e implantación de
vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc.,
que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente, todo ello en
coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía. La restauración de la
cobertura edáfica y la vegetación se realizarán tan pronto como sea posible para cada
superficie, y se realizará de manera progresiva con el objeto de poder integrarla
paisajísticamente.
– Para mejorar la calidad ecológica del suelo en el interior de la PSF, siempre que
sea técnicamente viable, se recomienda respetar la formación natural de la capa vegetal
preexistente.

cve: BOE-A-2023-10536
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Núm. 103