III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10539)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Elawan Olmedo I", de 50,064 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Ramiro y Medina del Campo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60876
Se han recibido contestaciones, de las que no se desprende oposición, de la
Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, de la Dirección General
de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León y de I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, SAU (Iberdrola). Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF), donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a
cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación extemporánea de la Confederación Hidrográfica del
Duero, en la que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. El promotor ha expresado su
conformidad con la misma y la aceptación del condicionado.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta y
Castilla y León, en la que aporta un listado con todas instalaciones en explotación,
construcción o tramitación, en la provincia de Valladolid. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma, indicando que el proyecto
no es coincidente con ninguna de las instalaciones incluidas en el citado informe.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Olmedo, en la que indica que no se
ha aportado la documentación necesaria para emitir un informe completo. Por otro lado,
aunque la línea de evacuación eléctrica discurre por suelo rústico de protección natural,
es posible plantear la modificación puntual del mismo, por ser un uso autorizable
excepcionalmente. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
manifiesta que se tendrá en cuenta todo lo indicado por el ayuntamiento, además de
solicitar las autorizaciones sectoriales pertinentes en la forma en que lo establezca y
determine cada uno de los organismos afectados. Trasladada la respuesta del promotor
al ayuntamiento, no se ha recibido respuesta posterior del organismo, por lo que se
entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Consultados la Diputación Provincial de Valladolid, el Ayuntamiento de Ramiro y el
Ayuntamiento de Zarza, no se ha recibido respuestas por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a una nueva información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 6 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial
del Estado» y el 14 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Economía Circular del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a la de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, a la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, a
la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y León, a la Fundación de
Patrimonio Natural de Castilla y León de la Junta de Castilla y León, a la Sociedad
Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a Greenpeace, a Ecologistas en Acción, a la
Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), al
Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF/ADENA), a la Dirección General de Energía y
cve: BOE-A-2023-10539
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60876
Se han recibido contestaciones, de las que no se desprende oposición, de la
Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, de la Dirección General
de Carreteras e Infraestructuras de la Junta de Castilla y León y de I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, SAU (Iberdrola). Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF), donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a
cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación extemporánea de la Confederación Hidrográfica del
Duero, en la que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. El promotor ha expresado su
conformidad con la misma y la aceptación del condicionado.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta y
Castilla y León, en la que aporta un listado con todas instalaciones en explotación,
construcción o tramitación, en la provincia de Valladolid. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma, indicando que el proyecto
no es coincidente con ninguna de las instalaciones incluidas en el citado informe.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Olmedo, en la que indica que no se
ha aportado la documentación necesaria para emitir un informe completo. Por otro lado,
aunque la línea de evacuación eléctrica discurre por suelo rústico de protección natural,
es posible plantear la modificación puntual del mismo, por ser un uso autorizable
excepcionalmente. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
manifiesta que se tendrá en cuenta todo lo indicado por el ayuntamiento, además de
solicitar las autorizaciones sectoriales pertinentes en la forma en que lo establezca y
determine cada uno de los organismos afectados. Trasladada la respuesta del promotor
al ayuntamiento, no se ha recibido respuesta posterior del organismo, por lo que se
entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Consultados la Diputación Provincial de Valladolid, el Ayuntamiento de Ramiro y el
Ayuntamiento de Zarza, no se ha recibido respuestas por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a una nueva información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 6 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial
del Estado» y el 14 de junio de 2022 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Economía Circular del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
(AESA), a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a la de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa, a la Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, a
la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Ordenación del Territorio y Planificación de la Junta de Castilla y León, a la Fundación de
Patrimonio Natural de Castilla y León de la Junta de Castilla y León, a la Sociedad
Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a Greenpeace, a Ecologistas en Acción, a la
Sociedad Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), al
Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF/ADENA), a la Dirección General de Energía y
cve: BOE-A-2023-10539
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103