III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10534)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Infraestructura aeronáutica de helipuerto de Corduente (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60774

aproximarán o despegarán por el sector NO únicamente si no lo pueden hacer por el
sector SE (en dirección contraria a la población). En ese sentido, según el régimen de
vientos obtenido para el helipuerto, el promotor afirma que el 100% de los días del año,
se podría utilizar la ruta que se desarrolla por el SE. Considerando cierto margen de
seguridad, el porcentaje de días al año de posible uso de la ruta secundaria ubicada al
NO sería del 0,75%. Consecuentemente, el promotor considera el impacto acústico del
proyecto compatible, al concluir que cumple la normativa de ruido, y concretamente el
artículo 25 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, que establece que se
considerará que se respetan los valores límite de inmisión máximos de ruido
establecidos cuando los valores de los índices acústicos evaluados cumplan, para el
periodo de un año, que el 97 % de todos los valores diarios no superan los valores
fijados en la tabla A2, del anexo III.
Para asegurar el cumplimiento de la normativa de ruido y minimizar el impacto
acústico en el entorno del proyecto, se proponen en la documentación ambiental las
siguientes medidas preventivas y correctoras:
– Se establecen como rutas principales de aproximación y despegue las que se
desarrollan por el SE, de manera que únicamente se utilicen las secundarias (al NO)
cuando las principales no estén disponibles.
– En los casos en los que se tenga que realizar el despegue o el aterrizaje utilizando
las rutas secundarias, las aeronaves modificarán los perfiles teóricos de operación tanto
de ascenso como de descenso sobrevolando la población a una mayor altura, de manera
que las molestias por ruido se vean disminuidas.
– Las aeronaves, en los despegues y aproximaciones en sentido a la población,
realizarán virajes a derechas o a izquierdas antes de llegar a las inmediaciones y así
evitar, en la medida de lo posible, el sobrevuelo del núcleo urbano.
– Deberán asignarse a la base modelos de helicópteros sobre los que se tenga la
certeza de que su huella de ruido máxima respeta los límites establecidos por la
normativa.
– En las operaciones que se realicen en las rutas que se desarrollan por el NO,
deberán aplicarse los procedimientos de mitigación de ruido que tenga establecidas la
compañía operadora según el modelo de helicóptero concreto.
– Las medidas previstas de atenuación de ruido deben quedar reflejadas en la
documentación del helipuerto de manera que todos los usuarios sepan que deben
aplicarlas.
Además, para mejorar la percepción social de la implantación del helipuerto, se
plantean las siguientes medidas adicionales:
– En caso de emergencia por incendio forestal, las aeronaves de otros helipuertos
del dispositivo del Plan Infocam (Incendios Forestales de Castilla-La Mancha), de otras
comunidades autónomas y del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, podrán hacer uso de la infraestructura para repostaje de una manera
rápida y eficaz dando mayor cobertura a esta zona y, por tanto, sofocar un incendio más
rápidamente.
– Los vuelos de prácticas se aprovecharán para realizar observación y patrullaje
para llevar un mayor control ambiental de la zona, además de ser disuasorio de posibles
negligencias en el medio natural.
– Dentro del plan formativo que se lleva a cabo desde el Plan Infocam a colegios de
las diferentes comarcas, se propondrá que la instalación pueda ser visitada para conocer
el trabajo que se lleva a cabo en este centro de defensa y protección del medio natural.
El Coordinador Regional de Emergencias del Servicio de Protección Ciudadana de la
Delegación Provincial en Guadalajara de la Consejería de Hacienda y Administraciones
Públicas informa que la posible afección acústica que el helipuerto pudiera ocasionar a la

cve: BOE-A-2023-10534
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Núm. 103