III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10534)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Infraestructura aeronáutica de helipuerto de Corduente (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60778
Una vez analizado el documento ambiental y la Resolución de 7 de marzo de 2019
del Servicio de Cultura de la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes de la
provincia de Guadalajara, este órgano ambiental añade al apartado «e» de la presente
resolución las determinaciones del citado organismo que no se han recogido de forma
expresa por el promotor en el documento ambiental.
Riesgos ambientales.
Se incluye en el documento ambiental la identificación, descripción, análisis y
valoración de los efectos adversos significativos del helipuerto sobre el medio ambiente
derivados de la vulnerabilidad del mismo ante el riesgo de accidentes graves o
catástrofes relevantes, concretamente: riesgo de incendios; de inundaciones; geológicos
y riesgo de accidente. El promotor considera asumibles todos los riesgos ambientales
derivados del proyecto.
El Coordinador Regional de Emergencias del Servicio de Protección Ciudadana de la
Delegación Provincial en Guadalajara de la Consejería de Hacienda y Administraciones
Públicas de la Junta de Castilla-La Mancha informa que los riesgos naturales o
antrópicos de Protección Civil que afectan al término municipal de Corduente (incendios,
inundaciones, fenómenos meteorológicos adversos, riesgo sísmico, riesgo por
accidentes derivados del transporte y almacenamiento de mercancías peligrosas y riesgo
nuclear) no suponen un impacto significativo que pueda poner en riesgo a las personas y
bienes de su comunidad, salvo por incendios en la masa forestal o agrícola. Este tipo de
contingencias tampoco condicionan el establecimiento y funcionamiento de instalaciones
e infraestructuras previstas en el proyecto. En caso de producirse un incendio en la
instalación prevista los sectores habitados se encontrarían a más de 500 m.
El promotor define el programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste
en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas descritas en el documento
ambiental, así como, las prescripciones adicionales establecidas en la presente
resolución. Se evaluará su funcionalidad y se detectarán nuevos impactos que no
hubieran sido previstos. Así el PVA permitirá redimensionar las medidas propuestas o
elaborar nuevas medidas en el supuesto de que las aplicadas resulten insuficientes.
Según se indica, las comprobaciones y verificaciones se harán de forma conjunta, en
la medida de lo posible, con los Agentes Medioambientales de la zona y los Técnicos
competentes de la Consejería Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha.
El PVA constará de la fase de construcción (control de la ejecución de las medidas
previstas durante la obra) y fase de explotación (control de la ejecución de las medidas
previstas durante la explotación del proyecto). El programa de vigilancia ambiental se
articula sobre el seguimiento de los aspectos ambientales analizados en el documento
ambiental y en la presente resolución (calidad del aire, ruido, sistema hidrológico, suelo,
vegetación, fauna, patrimonio cultural). Se define una ficha de control compuesta por
indicadores de seguimiento; frecuencia; valor umbral; momento de análisis de valor
umbral; medida.
En relación con el ruido, durante la fase de explotación se realizarán controles a fin
de determinar si las operaciones aeronáuticas cumplen las medidas correctoras
implantadas y los niveles pertinentes de ruido. El indicador de seguimiento definido es
«Comprobación de las rutas establecidas para las aeronaves en cuanto a
aproximaciones y despegues».
Sobre los informes de seguimiento al órgano sustantivo, se indica que, según lo
previsto en el artículo 52 de la Ley de evaluación ambiental, en caso de que así se
determine en la resolución de informe de impacto ambiental, se emitirá un informe de
cve: BOE-A-2023-10534
Verificable en https://www.boe.es
d. Vigilancia ambiental.
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60778
Una vez analizado el documento ambiental y la Resolución de 7 de marzo de 2019
del Servicio de Cultura de la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes de la
provincia de Guadalajara, este órgano ambiental añade al apartado «e» de la presente
resolución las determinaciones del citado organismo que no se han recogido de forma
expresa por el promotor en el documento ambiental.
Riesgos ambientales.
Se incluye en el documento ambiental la identificación, descripción, análisis y
valoración de los efectos adversos significativos del helipuerto sobre el medio ambiente
derivados de la vulnerabilidad del mismo ante el riesgo de accidentes graves o
catástrofes relevantes, concretamente: riesgo de incendios; de inundaciones; geológicos
y riesgo de accidente. El promotor considera asumibles todos los riesgos ambientales
derivados del proyecto.
El Coordinador Regional de Emergencias del Servicio de Protección Ciudadana de la
Delegación Provincial en Guadalajara de la Consejería de Hacienda y Administraciones
Públicas de la Junta de Castilla-La Mancha informa que los riesgos naturales o
antrópicos de Protección Civil que afectan al término municipal de Corduente (incendios,
inundaciones, fenómenos meteorológicos adversos, riesgo sísmico, riesgo por
accidentes derivados del transporte y almacenamiento de mercancías peligrosas y riesgo
nuclear) no suponen un impacto significativo que pueda poner en riesgo a las personas y
bienes de su comunidad, salvo por incendios en la masa forestal o agrícola. Este tipo de
contingencias tampoco condicionan el establecimiento y funcionamiento de instalaciones
e infraestructuras previstas en el proyecto. En caso de producirse un incendio en la
instalación prevista los sectores habitados se encontrarían a más de 500 m.
El promotor define el programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste
en garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas descritas en el documento
ambiental, así como, las prescripciones adicionales establecidas en la presente
resolución. Se evaluará su funcionalidad y se detectarán nuevos impactos que no
hubieran sido previstos. Así el PVA permitirá redimensionar las medidas propuestas o
elaborar nuevas medidas en el supuesto de que las aplicadas resulten insuficientes.
Según se indica, las comprobaciones y verificaciones se harán de forma conjunta, en
la medida de lo posible, con los Agentes Medioambientales de la zona y los Técnicos
competentes de la Consejería Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha.
El PVA constará de la fase de construcción (control de la ejecución de las medidas
previstas durante la obra) y fase de explotación (control de la ejecución de las medidas
previstas durante la explotación del proyecto). El programa de vigilancia ambiental se
articula sobre el seguimiento de los aspectos ambientales analizados en el documento
ambiental y en la presente resolución (calidad del aire, ruido, sistema hidrológico, suelo,
vegetación, fauna, patrimonio cultural). Se define una ficha de control compuesta por
indicadores de seguimiento; frecuencia; valor umbral; momento de análisis de valor
umbral; medida.
En relación con el ruido, durante la fase de explotación se realizarán controles a fin
de determinar si las operaciones aeronáuticas cumplen las medidas correctoras
implantadas y los niveles pertinentes de ruido. El indicador de seguimiento definido es
«Comprobación de las rutas establecidas para las aeronaves en cuanto a
aproximaciones y despegues».
Sobre los informes de seguimiento al órgano sustantivo, se indica que, según lo
previsto en el artículo 52 de la Ley de evaluación ambiental, en caso de que así se
determine en la resolución de informe de impacto ambiental, se emitirá un informe de
cve: BOE-A-2023-10534
Verificable en https://www.boe.es
d. Vigilancia ambiental.