III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10533)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque fotovoltaico "Jaime I", de 40 MWp/38,2 MWn, en las provincias de Barcelona, Tarragona, Teruel y Zaragoza, y los parques eólicos "El Pelado", de 38,5 MW, "Honos", de 49,5 MW, "Lera", de 38,5 MW y "San Vicente", de 49,5 MW y sus infraestructuras de evacuación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60753

(12) El aceite que utilicen los transformadores estará exento de PCBs y PCTs. Los
transformadores estarán dotados de un sistema de alerta de fuga de aceites y de
tanques de recogida de aceite en caso de escape.
(13) Para los trabajos que se realicen en las proximidades de las conducciones de
abastecimiento de agua, se solicitará autorización al suministrador del servicio.
(14) Se deberán tomar las medidas necesarias para evitar el incremento del aporte
de sólidos a los cauces durante la remoción de los materiales durante las fases de
construcción y desmantelamiento, y su posterior arrastre pluvial.
(15) En caso de cruce aéreo la altura mínima en metros de la línea sobre el cauce
no deberá ser inferior a lo establecido en el artículo 127 del Reglamento del Dominio
Público Hidráulico.
(16) En el caso de cruce subterráneo de cauce público, se debe realizar con una
profundidad mínima de un metro de distancia de la conducción de protección del
conductor al lecho del cauce.

(1) Se conservará al máximo la vegetación existente, cuyo desbroce no sea
necesario para los trabajos. Y se respetará la vegetación del entorno salvo valoración de
riesgo de incendio, valorando siempre comunidades o taxones protegidos y la mejor
solución.
(2) En cuanto a la PFV, no se localizarán acopios, instalaciones o superficies
auxiliares sobre áreas con HIC.
(3) En el caso de que las superficies ocupadas por HICs y vegetación natural de
interés (encina, roble melojo, pinares autóctonos), ya sea dentro o fuera de RN 2000,
sean afectadas de forma permanente por ocupación de las instalaciones, se procederá a
la compensación en otros terrenos de la superficie detraída. La compensación se debe
realizar implantando las especies propias del HIC afectado, catalogadas durante la
prospección previa a las obras, en un área que se encuentre próxima a aquélla en la que
se produjo la pérdida. Entre otras medidas de restauración, se contemplará la extensión
de la tierra vegetal retirada en la superficie del HIC afectado que se pretende compensar
a fin de disponer del reservorio de semillas propio del área afectada.
(4) Las medidas compensatorias de mejora de hábitats deberán ser consensuadas,
previamente con el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del
Gobierno de Aragón, que en función del seguimiento adaptativo de su ejecución podrá
introducir las modificaciones precisas para mejorar su efectividad y aplicación. Esta
programación se revisará al menos cada cinco años.
(5) En fase de explotación, el mantenimiento de la vegetación en la PFV se
realizará mediante pastoreo extensivo, y solo en casos excepcionales e imprevistos
mediante desbroce manual o mecánico.
(6) En el diseño del trazado final de la infraestructura de evacuación soterrada, se
realizará siguiendo los caminos y cultivos existentes en la zona siempre que sea posible,
provocando la mínima afección a vegetación arbustiva o arbolada, especialmente a
encinas. Esto es de especial aplicación en la LSMT de evacuación de la PFV Jaime I a
SET Cucalón.
(7) El soterramiento de la línea de evacuación se realizará mediante perforación
horizontal dirigida, siempre que sea técnicamente posible, en los cruces de cauces con
presencia de HIC.
(8) Para el izado y montaje de los siguientes apoyos se recurrirá al uso de medios
aéreos, mientras que el acceso a los mismos se realizará mediante una senda de un
metro de anchura que permitirá el acceso a pie de los operarios a los mismos:
– LAAT SET Cucalón-SET Moneva: CM13 al CM14 y CM19
– LAAT SET Valmuel-SET Promotores Begues: VP6 y VP8 al VP9.

cve: BOE-A-2023-10533
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Vegetación, flora e HICs: