I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. Títulos académicos. (BOE-A-2023-10393)
Real Decreto 287/2023, de 18 de abril, por el que se actualizan los títulos de la formación profesional del sistema educativo de Técnico en Emergencias Sanitarias, Técnico en Farmacia y Parafarmacia, Técnico Superior en Audiología Protésica y Técnico Superior en Prótesis Dentales de la familia profesional Sanidad, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
116 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 59881

o) Seleccionar residuos y productos caducados para su eliminación de acuerdo
con la normativa vigente.
p) Aplicar procedimientos de calidad y de prevención de riesgos laborales y
ambientales, de acuerdo con lo establecido en los procesos de farmacia.
q) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones que se derivan de las
relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
r) Gestionar su carrera profesional, analizando oportunidades de empleo,
autoempleo y aprendizaje.
s) Crear y gestionar una pequeña empresa, realizando estudios de viabilidad
de productos, de planificación de la producción y de comercialización.
t) Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural, con una
actitud crítica y responsable.
u) Resolver problemas y tomar decisiones individuales siguiendo las normas y
procedimientos establecidos, definidos dentro del ámbito de su competencia.»
Tres.

El artículo 6 queda redactado como sigue:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Cualificación profesional completa:
Farmacia SAN123_2 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, actualizada
por Orden PRE/2698/2015, de 7 de diciembre) que comprende las siguientes
unidades de competencia:
UC0363_2: controlar los productos y materiales, la facturación y la
documentación en establecimientos y servicios de farmacia.
UC0364_2: asistir en la dispensación de productos farmacéuticos, informando a
los usuarios sobre su utilización, determinando parámetros somatométricos
sencillos, bajo la supervisión del facultativo.
UC0365_2: asistir en la dispensación de productos sanitarios y
parafarmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, bajo la
supervisión del facultativo.
UC0366_2: asistir en la elaboración de fórmulas magistrales, preparados
oficinales, dietéticos y cosméticos, bajo la supervisión del facultativo.
UC0367_2: asistir en la realización de análisis clínicos elementales y
normalizados, bajo la supervisión del facultativo.
UC0368_2: colaborar en la promoción, protección de la salud, prevención de
enfermedades y educación sanitaria, bajo la supervisión del facultativo.»
Cuatro. El artículo 7 queda redactado como sigue:
Entorno profesional.

1. Este profesional ejerce su actividad en establecimientos de productos
farmacéuticos, parafarmacéuticos y en general productos relacionados con la salud
humana o animal, así como con la cosmética, fitoterapia y otros. De igual modo
puede ejercer su actividad en servicios de farmacia hospitalaria y en pequeños
laboratorios de elaboración de productos farmacéuticos y afines.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
a)
b)
c)
d)
e)

Técnico en Farmacia.
Técnico Auxiliar de Farmacia.
Técnico de Almacén de medicamentos.
Técnico en Farmacia hospitalaria.
Técnico en Establecimientos de parafarmacia.»

cve: BOE-A-2023-10393
Verificable en https://www.boe.es

«Artículo 7.