III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-10369)
Resolución 420/38179/2023, de 21 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para el establecimiento, en el seno de su Instituto Universitario de Urbanística, de la Cátedra extraordinaria "Palacio Real de Valladolid" de Patrimonio Cultural y Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59740

comprometen a dar a los documentos generados durante el presente convenio el
tratamiento archivístico adecuado.
Queda excluida del presente convenio la Información Clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como, en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
Los datos personales que se traten con motivo de este convenio se incorporarán a
los Registros de Actividades de Tratamiento (RAT) de las partes intervinientes, con la
finalidad de gestionar las relaciones descritas en el convenio. Las partes intervinientes se
abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines de este convenio. Los titulares
de los datos personales podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los
responsables del tratamiento los derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de los datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Valladolid, en calidad de
corresponsables, recaen las responsabilidades del tratamiento de los datos personales.
El Ministerio de Defensa y la Universidad de Valladolid asumen la obligación de informar
a los titulares de los datos personales de las características del tratamiento de los datos
personales; la obligación de obtener el consentimiento de los titulares de los datos
personales para llevar a efectos ellos tratamientos de los datos personales consecuencia
de las actuaciones del convenio, y la obligación de implementar las oportunas medidas
técnicas y organizativas de seguridad de los datos personales, y la obligación de
implementar el oportuno mecanismo en caso de violación de la seguridad; así como
establecer un mecanismo de respuesta al ejercicio por los titulares de los datos
personales de los derechos derivados de protección de los datos personales, y, si fuera
necesario, el establecer un mecanismo acordado de contratación de encargado/s del
tratamiento de datos personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo del convenio de
incluirá la cláusula sobre el tratamiento concreto los datos personales, con especificación
de los puntos legalmente exigibles.
Si el Ministerio de Defensa y la Universidad de Valladolid destinasen los datos
personales a otra finalidad, los comunicasen o utilizasen incumpliendo lo estipulado en el
convenio y/o en la normativa de protección de datos personales, responderán de las
responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios que causen, a fin de garantizar
la indemnización efectiva al perjudicado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5 del
RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se recogen en esta cláusula
tendrán validez durante la vigencia del convenio y sus prórrogas.
Cuarta. Medidas de salvaguarda de la seguridad, condiciones de acceso y
permanencia en instalación militar.
El interior del Palacio Real cuenta con diversas zonas de seguridad. Al Jefe del
acuartelamiento Palacio Real, le corresponderá autorizar expresamente a qué zonas
podrá acceder el personal civil. Dicha autorización deberá seguir lo especificado en la
normativa de seguridad de las instalaciones y, en particular, lo detallado en el Plan de
Seguridad de la instalación militar. Por otra parte el personal civil deberá seguir cuantas
indicaciones le sean requeridas en materia de seguridad.

cve: BOE-A-2023-10369
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Núm. 102