I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas fiscales, financieras y administrativas. (BOE-A-2023-10344)
Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 59349
El capítulo II modifica la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión
de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña, para determinar los órganos sancionadores en
el caso de infracciones por el uso impropio o malintencionado del teléfono 112.
El capítulo III modifica la Ley 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en
materia de sustancias que pueden generar dependencia.
El capítulo IV modifica la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del
suministro eléctrico, para habilitar a la Administración de la Generalitat a imponer multas
coercitivas para asegurar el cumplimiento de las resoluciones o requerimientos de
información que se dicten en materia de energía, de acuerdo con lo que establece el
artículo 103 de la Ley del Estado 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
El capítulo V modifica la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil
de Cataluña, relativo a los derechos reales, para simplificar el mecanismo de redención
de censos constituidos de acuerdo con la legislación anterior a la Ley 6 /1990, de 16 de
marzo, de los censos.
El capítulo VI modifica también el libro quinto del Código Civil, con relación a la
adopción de acuerdos en el régimen de propiedad horizontal.
El capítulo VII, relativo a la personación de los servicios jurídicos en la acción
popular, recoge una modificación de la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los
servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y de la
Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades en la infancia y la
adolescencia.
El último capítulo, el VIII, relativo a los ingresos relacionados con las actividades de
producción, almacenamiento y transformación de energía eléctrica de origen nuclear,
modifica la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y
del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el
medio ambiente, con relación a los ingresos relacionados con las actividades de
producción, almacenamiento y transformación de energía eléctrica y su afectación, de
acuerdo con el Decreto ley 4/2022, de 5 de abril, de medidas urgentes en el ámbito
tributario y financiero.
V. Parte final
La parte final de la ley contiene siete disposiciones adicionales, dos disposiciones
transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales.
La disposición adicional primera tiene como objetivo determinar las competencias y
funciones en materia de igualdad y feminismos.
La disposición adicional segunda regula las auditorías de cuentas de los consorcios
del sector público.
La disposición adicional tercera se ocupa de la fiscalización previa automatizada.
La disposición adicional cuarta trata las subvenciones a partidos políticos,
federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores con representación en el
Parlament.
La disposición adicional quinta hace un mandamiento al Gobierno para que adopte
medidas de flexibilización con relación al personal del Siscat y de los servicios sociales.
La disposición adicional sexta trata sobre el reconocimiento de la calidad
investigadora de docentes e investigadores en una situación específica.
Por último, la disposición adicional séptima otorga provisionalmente a la Oficina
Antifraude de Cataluña funciones de protección de las personas que alertan de
infracciones normativas, mientras no se desarrolla la correspondiente normativa en el
ámbito de Cataluña.
Las disposiciones transitorias primera y segunda se dedican, respectivamente, al
cómputo del plazo relativo a los trabajos de las auditorías de cuentas y de los auditores y
al impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción
mecánica.
cve: BOE-A-2023-10344
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 59349
El capítulo II modifica la Ley 9/2007, de 30 de julio, del Centro de Atención y Gestión
de Llamadas de Urgencia 112 Cataluña, para determinar los órganos sancionadores en
el caso de infracciones por el uso impropio o malintencionado del teléfono 112.
El capítulo III modifica la Ley 20/1985, de 25 de julio, de prevención y asistencia en
materia de sustancias que pueden generar dependencia.
El capítulo IV modifica la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del
suministro eléctrico, para habilitar a la Administración de la Generalitat a imponer multas
coercitivas para asegurar el cumplimiento de las resoluciones o requerimientos de
información que se dicten en materia de energía, de acuerdo con lo que establece el
artículo 103 de la Ley del Estado 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.
El capítulo V modifica la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código civil
de Cataluña, relativo a los derechos reales, para simplificar el mecanismo de redención
de censos constituidos de acuerdo con la legislación anterior a la Ley 6 /1990, de 16 de
marzo, de los censos.
El capítulo VI modifica también el libro quinto del Código Civil, con relación a la
adopción de acuerdos en el régimen de propiedad horizontal.
El capítulo VII, relativo a la personación de los servicios jurídicos en la acción
popular, recoge una modificación de la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los
servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y de la
Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades en la infancia y la
adolescencia.
El último capítulo, el VIII, relativo a los ingresos relacionados con las actividades de
producción, almacenamiento y transformación de energía eléctrica de origen nuclear,
modifica la Ley 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y
del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el
medio ambiente, con relación a los ingresos relacionados con las actividades de
producción, almacenamiento y transformación de energía eléctrica y su afectación, de
acuerdo con el Decreto ley 4/2022, de 5 de abril, de medidas urgentes en el ámbito
tributario y financiero.
V. Parte final
La parte final de la ley contiene siete disposiciones adicionales, dos disposiciones
transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales.
La disposición adicional primera tiene como objetivo determinar las competencias y
funciones en materia de igualdad y feminismos.
La disposición adicional segunda regula las auditorías de cuentas de los consorcios
del sector público.
La disposición adicional tercera se ocupa de la fiscalización previa automatizada.
La disposición adicional cuarta trata las subvenciones a partidos políticos,
federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores con representación en el
Parlament.
La disposición adicional quinta hace un mandamiento al Gobierno para que adopte
medidas de flexibilización con relación al personal del Siscat y de los servicios sociales.
La disposición adicional sexta trata sobre el reconocimiento de la calidad
investigadora de docentes e investigadores en una situación específica.
Por último, la disposición adicional séptima otorga provisionalmente a la Oficina
Antifraude de Cataluña funciones de protección de las personas que alertan de
infracciones normativas, mientras no se desarrolla la correspondiente normativa en el
ámbito de Cataluña.
Las disposiciones transitorias primera y segunda se dedican, respectivamente, al
cómputo del plazo relativo a los trabajos de las auditorías de cuentas y de los auditores y
al impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción
mecánica.
cve: BOE-A-2023-10344
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102