I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Presupuestos. (BOE-A-2023-10343)
Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023.
72 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 59294
c) El complemento de destino, correspondiente a cada uno de los niveles de los
puestos de trabajo, que tiene los siguientes importes, referidos a doce mensualidades:
Nivel
Euros
30
15.404,20
29
12.112,56
28
11.603,52
27
11.093,76
26
9.732,96
25
8.635,20
24
8.125,80
23
7.617,00
22
7.107,24
21
6.598,56
20
6.129,48
19
5.816,64
18
5.503,68
17
5.190,48
16
4.878,24
15
4.564,68
14
4.252,20
13
3.938,88
12
3.625,68
11
3.312,48
10
3.000,00
9
2.843,76
8
2.686,80
7
2.530,44
6
2.373,96
5
2.217,48
4
1.982,76
3
1.748,52
2
1.513,92
1
1.279,44
d) El complemento específico asignado al puesto de trabajo que se desarrolle, que
se incrementa de acuerdo con el porcentaje establecido por el artículo 25 con respecto al
importe mensual vigente a 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo establecido por el
artículo 25.3. Este complemento se percibe en doce mensualidades ordinarias y dos
adicionales en los meses de junio y diciembre.
cve: BOE-A-2023-10343
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 59294
c) El complemento de destino, correspondiente a cada uno de los niveles de los
puestos de trabajo, que tiene los siguientes importes, referidos a doce mensualidades:
Nivel
Euros
30
15.404,20
29
12.112,56
28
11.603,52
27
11.093,76
26
9.732,96
25
8.635,20
24
8.125,80
23
7.617,00
22
7.107,24
21
6.598,56
20
6.129,48
19
5.816,64
18
5.503,68
17
5.190,48
16
4.878,24
15
4.564,68
14
4.252,20
13
3.938,88
12
3.625,68
11
3.312,48
10
3.000,00
9
2.843,76
8
2.686,80
7
2.530,44
6
2.373,96
5
2.217,48
4
1.982,76
3
1.748,52
2
1.513,92
1
1.279,44
d) El complemento específico asignado al puesto de trabajo que se desarrolle, que
se incrementa de acuerdo con el porcentaje establecido por el artículo 25 con respecto al
importe mensual vigente a 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo establecido por el
artículo 25.3. Este complemento se percibe en doce mensualidades ordinarias y dos
adicionales en los meses de junio y diciembre.
cve: BOE-A-2023-10343
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102