I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Presupuestos. (BOE-A-2023-10343)
Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 59277

y 610.0003, «Pensiones de censos enfitéuticos constituidos sobre edificios y otras
construcciones», que vinculan por servicio, programa y aplicación.
g) Respecto al capítulo 7, los créditos autorizados vinculan por servicio, programa y
capítulo, salvo las transferencias nominativas, la aplicación 762.0001, «Plan único de
obras y servicios de Cataluña», y la partida presupuestaria PO 01 D/770.0001/521, «A
empresas privadas», que vinculan por servicio, programa y aplicación.
h) Respecto al capítulo 8, los créditos autorizados vinculan por servicio, programa
y capítulo, salvo la sección «Deuda», que mantiene esta vinculación con independencia
del origen del crédito, y de las aportaciones de capital nominativas, que vinculan por
servicio, programa y aplicación.
i) Respecto al capítulo 9, los créditos autorizados vinculan por servicio, programa y
capítulo, salvo la sección «Deuda», que mantiene esta vinculación con independencia
del origen del crédito.
2. Los créditos de gastos financiados con fondos finalistas y afectados autorizados
en los presupuestos para 2023 de la Generalitat, del Servicio Catalán de la Salud y de
las entidades autónomas administrativas vinculan por código de financiación, servicio,
programa y capítulo, con independencia del origen del crédito.
Se exceptúan de esta regla general los siguientes apartados:
a) Los créditos correspondientes a los gastos de personal, que vinculen de acuerdo
con el apartado 1.a, con independencia del código de financiación.
b) Los créditos presupuestados financiados con ingresos finalistas identificados
con un código FXXX y los cofinanciados con recursos propios, identificados con un
código GXXX, que vinculan en su conjunto y se agrupan en la misma bolsa de
vinculación, por servicio, programa y capítulo.
c)
Los créditos provenientes de generaciones sin ingreso condicionadas, que
vinculan atendiendo al origen del crédito (0062).
d) Los créditos presupuestados financiados con ingresos finalistas procedentes del
Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (Feader), y los créditos financiados con ingresos afectados del Fondo
Climático (AVEHIC-FC) y del Fondo de Patrimonio Natural (AVEHIC-FNP), que vinculan
por código de financiación y sección.
3. Los créditos del gasto TIC financiados con recursos propios o finalistas de las
aplicaciones 222.0002, «Soluciones TIC CTTI-Conectividad»; 228.0003, «Soluciones TIC
CTTI-Servicios recurrentes»; 228.0004, «Soluciones TIC CTTI-Evolutivos recurrentes»;
228.0005, «Soluciones TIC CTTI-Proyectos bajo demanda»; 440.0002, «Soluciones TIC
CTTI-Servicios recurrentes». «Aportación por la gestión»; 650.0003, «Inversiones en
proceso de datos. CTTI»; 650.0004 «Inversiones en telecomunicaciones. CTTI»,
i 653.0002, «Inversiones por contratos de arrendamiento financiero en equipos de
proceso de datos y telecomunicaciones. CTTI», vinculan en su conjunto y se agrupan en
la misma bolsa de vinculación, por servicio, programa y capítulo, con independencia del
código de financiación, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 17 en relación con la
gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de
los fondos React-EU.
4. Los créditos de las aportaciones a Infraestructures de la Generalitat de
Catalunya, SAU, financiados con recursos propios o finalistas de las
aplicaciones 215.6390, «Aportaciones a Infraestructures.cat para la gestión de los
servicios de conservación, mantenimiento y/o modernización de edificaciones y /o
infraestructuras»; 216.6390, «Tarifas en Infraestructures.cat para la gestión de los
servicios de conservación, mantenimiento y/o modernización de edificaciones y/o
infraestructuras»; 611.6390, «Aportaciones a Infraestructures de la Generalitat de
Catalunya, SA, por inversiones en edificios por cuenta de la Generalitat o de sus
entidades»; 612.6390, «Aportaciones a Infraestructures de la Generalitat de Catalunya,
SA, por inversiones en edificios por cuenta de la Generalitat o de sus entidades»;

cve: BOE-A-2023-10343
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