III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Seguridad y salud en el trabajo. (BOE-A-2023-10283)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58765
colaboración de todos los agentes, cada uno desde el ámbito de sus competencias y
responsabilidades:
El futuro del trabajo que queremos
Objetivo 01:
Mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Prioridad: Reducir los daños en la salud de las personas trabajadoras.
Objetivo 02:
Gestionar los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo,
los cambios demográfico y climático desde la óptica preventiva.
Prioridad: Anticiparse y gestionar los riesgos nuevos y emergentes.
Objetivo 03:
Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes. Una apuesta por la
integración y la formación en prevención de riesgos laborales.
Prioridad: Integrar la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas
promoviendo una mayor implicación de recursos propios.
Objetivo 04:
Reforzar la protección de las personas trabajadoras en situación de mayor riesgo o
vulnerabilidad.
Prioridad: Elevar el nivel de protección de los colectivos más vulnerables.
Objetivo 05:
Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
Prioridad: Incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas y en la gestión
de la prevención.
Objetivo 06:
Fortalecer el sistema nacional de seguridad y salud para afrontar con éxito futuras
crisis.
Prioridad: Mejorar las instituciones y los mecanismos de coordinación.
Objetivo 01
Las administraciones públicas y los interlocutores sociales compartimos el objetivo
de reducir las actuales cifras de siniestralidad laboral.
En el año 2015 se produjeron 3.300 accidentes de trabajo en jornada de trabajo, por
cada 100.000 asalariados/as. En los últimos cinco años esta cifra ha presentado una
tendencia creciente alcanzando los 3.400 accidentes por cada 100.000 asalariados/as
en 2019. Tras el paréntesis de la pandemia y su correspondiente inflexión, los datos
correspondientes a 2021 revelan cierto descenso en estas incidencias, situándose
en 2.810. El sobreesfuerzo físico sigue siendo el principal mecanismo de materialización
de un accidente de trabajo, representando el 31 % de los mismos.
Si atendemos a la mortalidad, el índice de incidencia de accidentes mortales en
jornada de trabajo fue, según datos de 2021, de 3,28 accidentes por cada 100.000
trabajadores/as. En la evolución del índice, en los últimos cinco años, se observa que el
sector agrario y la construcción se alternan para ocupar la primera y segunda posición en
el índice de incidencia. De las 611 muertes en jornada de trabajo registradas en 2021,
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
Mejorar la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58765
colaboración de todos los agentes, cada uno desde el ámbito de sus competencias y
responsabilidades:
El futuro del trabajo que queremos
Objetivo 01:
Mejorar la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Prioridad: Reducir los daños en la salud de las personas trabajadoras.
Objetivo 02:
Gestionar los cambios derivados de las nuevas formas de organización del trabajo,
los cambios demográfico y climático desde la óptica preventiva.
Prioridad: Anticiparse y gestionar los riesgos nuevos y emergentes.
Objetivo 03:
Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes. Una apuesta por la
integración y la formación en prevención de riesgos laborales.
Prioridad: Integrar la prevención de riesgos laborales en las pequeñas empresas
promoviendo una mayor implicación de recursos propios.
Objetivo 04:
Reforzar la protección de las personas trabajadoras en situación de mayor riesgo o
vulnerabilidad.
Prioridad: Elevar el nivel de protección de los colectivos más vulnerables.
Objetivo 05:
Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
Prioridad: Incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas y en la gestión
de la prevención.
Objetivo 06:
Fortalecer el sistema nacional de seguridad y salud para afrontar con éxito futuras
crisis.
Prioridad: Mejorar las instituciones y los mecanismos de coordinación.
Objetivo 01
Las administraciones públicas y los interlocutores sociales compartimos el objetivo
de reducir las actuales cifras de siniestralidad laboral.
En el año 2015 se produjeron 3.300 accidentes de trabajo en jornada de trabajo, por
cada 100.000 asalariados/as. En los últimos cinco años esta cifra ha presentado una
tendencia creciente alcanzando los 3.400 accidentes por cada 100.000 asalariados/as
en 2019. Tras el paréntesis de la pandemia y su correspondiente inflexión, los datos
correspondientes a 2021 revelan cierto descenso en estas incidencias, situándose
en 2.810. El sobreesfuerzo físico sigue siendo el principal mecanismo de materialización
de un accidente de trabajo, representando el 31 % de los mismos.
Si atendemos a la mortalidad, el índice de incidencia de accidentes mortales en
jornada de trabajo fue, según datos de 2021, de 3,28 accidentes por cada 100.000
trabajadores/as. En la evolución del índice, en los últimos cinco años, se observa que el
sector agrario y la construcción se alternan para ocupar la primera y segunda posición en
el índice de incidencia. De las 611 muertes en jornada de trabajo registradas en 2021,
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
Mejorar la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales