III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Seguridad y salud en el trabajo. (BOE-A-2023-10283)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58777
Un compromiso firme de la dirección de la empresa con la prevención de riesgos
laborales, que fomente la participación directa de las personas trabajadoras en la
actividad preventiva, favorecerá la integración de la prevención y el arraigo de la cultura
de la seguridad y salud en la empresa.
El 97 % de las empresas españolas cuenta con menos de 50 personas trabajadoras
y el 95 % menos de 26. Por tanto, las pequeñas empresas constituyen una parte
fundamental para el desarrollo productivo de nuestro país en todos los sectores de
actividad económica. Esta atomización en pequeñas empresas no es ajena a su
proyección en términos de siniestralidad, pues el 60 % de los accidentes graves y de los
accidentes mortales se materializan en empresas de hasta 25 trabajadores.
La atomización del tejido empresarial podría verse acentuada por los cambios del
mercado laboral y las nuevas formas de organización del trabajo, influenciadas por una
economía cada vez más digital y global.
En cuanto a la modalidad de organización de la prevención, y según datos de la
Encuesta Anual Laboral del MITES, prácticamente nueve de cada diez empresas
pequeñas recurren a un servicio de prevención ajeno, siendo el grupo de empresas de
menor tamaño donde es más frecuente combinar un servicio de prevención ajeno con la
asunción por el/la propio/a empresario/a o con personas trabajadoras designadas.
Por otra parte, y en relación con las actividades preventivas desarrolladas, la
información a las personas trabajadoras en materia de riesgos laborales es una práctica
bastante extendida. Atendiendo al tamaño de la empresa este porcentaje experimenta
ciertas variaciones, pasando del 98 % en empresas entre 50 y 249 trabajadores/as
al 91,4 % en aquellas microempresas de hasta 9 trabajadores/as.
Las empresas de mayor tamaño se asocian a una mayor disponibilidad de recursos y
medios propios, lo que incide positivamente en la gestión de la seguridad y salud en el
trabajo. Por el contrario, las empresas más pequeñas se encuentran a menudo con los
siguientes retos:
– Limitación económica y menor estructura organizativa.
– Multiplicidad de funciones o tareas desarrolladas por una misma persona.
– Falta de vínculo funcional entre la empresa y los servicios externos contratados
para la ejecución de actividades preventivas.
– Dificultades en la aplicación de la normativa.
– Insuficiente adecuación de la acción preventiva a los riesgos y a la necesidad de
gestión.
– Excesiva carga administrativa y/o documental.
Se trata de retos complejos que requieren el apoyo de todos. Es necesario acercar la
prevención de riesgos laborales a las pequeñas empresas; que el trabajo seguro, con
tolerancia cero hacia los accidentes de trabajo, se perciba como un elemento impulsor
del bienestar y el crecimiento económico, generando a su vez el compromiso en la
plantilla.
También es preciso eliminar, en la medida de lo posible, las barreras que impiden la
integración de la prevención en la política de la empresa y favorecer una gestión de los
riesgos proporcionada y eficiente.
Una mayor integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión
repercutirá en una mejor planificación, ejecución y control de la actividad preventiva,
entendiendo que dicha integración puede ser efectiva tanto en modelos preventivos
internalizados como externalizados, causando un impacto directo en la reducción de la
siniestralidad laboral.
Asimismo, la formación y capacitación de la dirección y de las personas trabajadoras,
especialmente de las que asumen funciones preventivas, es crítica para impulsar líderes
que sean capaces de identificar y gestionar los riesgos, así como promover el proceso
de integración de la prevención a todos los niveles de la empresa.
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58777
Un compromiso firme de la dirección de la empresa con la prevención de riesgos
laborales, que fomente la participación directa de las personas trabajadoras en la
actividad preventiva, favorecerá la integración de la prevención y el arraigo de la cultura
de la seguridad y salud en la empresa.
El 97 % de las empresas españolas cuenta con menos de 50 personas trabajadoras
y el 95 % menos de 26. Por tanto, las pequeñas empresas constituyen una parte
fundamental para el desarrollo productivo de nuestro país en todos los sectores de
actividad económica. Esta atomización en pequeñas empresas no es ajena a su
proyección en términos de siniestralidad, pues el 60 % de los accidentes graves y de los
accidentes mortales se materializan en empresas de hasta 25 trabajadores.
La atomización del tejido empresarial podría verse acentuada por los cambios del
mercado laboral y las nuevas formas de organización del trabajo, influenciadas por una
economía cada vez más digital y global.
En cuanto a la modalidad de organización de la prevención, y según datos de la
Encuesta Anual Laboral del MITES, prácticamente nueve de cada diez empresas
pequeñas recurren a un servicio de prevención ajeno, siendo el grupo de empresas de
menor tamaño donde es más frecuente combinar un servicio de prevención ajeno con la
asunción por el/la propio/a empresario/a o con personas trabajadoras designadas.
Por otra parte, y en relación con las actividades preventivas desarrolladas, la
información a las personas trabajadoras en materia de riesgos laborales es una práctica
bastante extendida. Atendiendo al tamaño de la empresa este porcentaje experimenta
ciertas variaciones, pasando del 98 % en empresas entre 50 y 249 trabajadores/as
al 91,4 % en aquellas microempresas de hasta 9 trabajadores/as.
Las empresas de mayor tamaño se asocian a una mayor disponibilidad de recursos y
medios propios, lo que incide positivamente en la gestión de la seguridad y salud en el
trabajo. Por el contrario, las empresas más pequeñas se encuentran a menudo con los
siguientes retos:
– Limitación económica y menor estructura organizativa.
– Multiplicidad de funciones o tareas desarrolladas por una misma persona.
– Falta de vínculo funcional entre la empresa y los servicios externos contratados
para la ejecución de actividades preventivas.
– Dificultades en la aplicación de la normativa.
– Insuficiente adecuación de la acción preventiva a los riesgos y a la necesidad de
gestión.
– Excesiva carga administrativa y/o documental.
Se trata de retos complejos que requieren el apoyo de todos. Es necesario acercar la
prevención de riesgos laborales a las pequeñas empresas; que el trabajo seguro, con
tolerancia cero hacia los accidentes de trabajo, se perciba como un elemento impulsor
del bienestar y el crecimiento económico, generando a su vez el compromiso en la
plantilla.
También es preciso eliminar, en la medida de lo posible, las barreras que impiden la
integración de la prevención en la política de la empresa y favorecer una gestión de los
riesgos proporcionada y eficiente.
Una mayor integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema de gestión
repercutirá en una mejor planificación, ejecución y control de la actividad preventiva,
entendiendo que dicha integración puede ser efectiva tanto en modelos preventivos
internalizados como externalizados, causando un impacto directo en la reducción de la
siniestralidad laboral.
Asimismo, la formación y capacitación de la dirección y de las personas trabajadoras,
especialmente de las que asumen funciones preventivas, es crítica para impulsar líderes
que sean capaces de identificar y gestionar los riesgos, así como promover el proceso
de integración de la prevención a todos los niveles de la empresa.
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 101