III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Seguridad y salud en el trabajo. (BOE-A-2023-10283)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58774
Los proyectos de investigación tendrán por objetivo profundizar en el conocimiento
de temáticas como las siguientes u otras que se consideren de interés:
• Nuevos modelos de empleo y de organización del trabajo.
• Teletrabajo.
• Digitalización y desconexión digital.
• Tecno estrés.
• Nuevas tecnologías (robotización, plataformas digitales, inteligencia artificial, etc.).
• Cambio climático.
• Seguridad y salud de las personas trabajadoras en empleos verdes.
• Gestión de residuos.
• Reto demográfico y gestión de la diversidad generacional
• Retos y oportunidades de las nuevas tecnologías y la digitalización aplicada a la
prevención de riesgos laborales.
Los proyectos de investigación concretarán en sus objetivos las temáticas anteriores,
siempre desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales y la mejora de las
condiciones de trabajo.
2.2
Mejora de la información sobre factores de riesgo psicosocial y ergonómico.
– Se analizará en la CNSST el establecimiento de indicadores psicosociales que
permitan, por un lado, conocer mejor qué actividades y sectores son las más afectadas
por estos factores de riesgo psicosocial y, por otro, que faciliten anticipar intervenciones
preventivas en caso de situaciones de desvío respecto a los estándares de seguridad y
salud en el trabajo. Se prestará especial atención a los indicadores relacionados con el
estrés laboral y se incluirán indicadores relativos a la prevención del acoso por razón de
sexo e indicadores de igualdad e inclusión social.
– Se mejorará la información sobre factores ergonómicos, identificando
oportunidades de mejora mediante la evaluación de la actividad y los resultados del plan
de acción para la reducción de los trastornos musculoesqueléticos en el medio laboral
aprobado por la CNSST. En las actuaciones dirigidas a la prevención de trastornos
musculoesqueléticos, además de los factores físicos, se tendrá en cuenta el impacto de
los factores psicosociales y organizativos, de manera que se desarrollen estrategias (de
prevención, rehabilitación y retorno al trabajo) con un enfoque global.
– Se fomentarán estudios epidemiológicos sobre el posible impacto de los factores
de riesgo psicosocial laboral y uso de nuevas tecnologías en patología cardiovascular y
salud mental en la población laboral.
Actuaciones de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa.
– Se realizarán campañas de la ITSS dirigidas a empresas donde se utilice la
modalidad de prestación laboral a distancia, especialmente del teletrabajo, prestándose
atención al cumplimiento de la Ley 10/2021, de 9 de julio, y, en particular, a las
disposiciones específicas sobre seguridad y salud relacionadas con los riesgos
psicosociales.
– Se desarrollarán actuaciones de asistencia técnica y control en empresas que
precisen una gestión de la edad en el trabajo debido a la prolongación de la vida laboral
de las plantillas, que requiere atender su adaptación a la evolución de aptitudes
psicofisiológicas.
– Se vigilarán las condiciones de seguridad y salud de las personas que presten
servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de
consumo o mercancía, por parte de empleadores que ejercen las facultades
empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita,
mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de
plataformas digitales.
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58774
Los proyectos de investigación tendrán por objetivo profundizar en el conocimiento
de temáticas como las siguientes u otras que se consideren de interés:
• Nuevos modelos de empleo y de organización del trabajo.
• Teletrabajo.
• Digitalización y desconexión digital.
• Tecno estrés.
• Nuevas tecnologías (robotización, plataformas digitales, inteligencia artificial, etc.).
• Cambio climático.
• Seguridad y salud de las personas trabajadoras en empleos verdes.
• Gestión de residuos.
• Reto demográfico y gestión de la diversidad generacional
• Retos y oportunidades de las nuevas tecnologías y la digitalización aplicada a la
prevención de riesgos laborales.
Los proyectos de investigación concretarán en sus objetivos las temáticas anteriores,
siempre desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales y la mejora de las
condiciones de trabajo.
2.2
Mejora de la información sobre factores de riesgo psicosocial y ergonómico.
– Se analizará en la CNSST el establecimiento de indicadores psicosociales que
permitan, por un lado, conocer mejor qué actividades y sectores son las más afectadas
por estos factores de riesgo psicosocial y, por otro, que faciliten anticipar intervenciones
preventivas en caso de situaciones de desvío respecto a los estándares de seguridad y
salud en el trabajo. Se prestará especial atención a los indicadores relacionados con el
estrés laboral y se incluirán indicadores relativos a la prevención del acoso por razón de
sexo e indicadores de igualdad e inclusión social.
– Se mejorará la información sobre factores ergonómicos, identificando
oportunidades de mejora mediante la evaluación de la actividad y los resultados del plan
de acción para la reducción de los trastornos musculoesqueléticos en el medio laboral
aprobado por la CNSST. En las actuaciones dirigidas a la prevención de trastornos
musculoesqueléticos, además de los factores físicos, se tendrá en cuenta el impacto de
los factores psicosociales y organizativos, de manera que se desarrollen estrategias (de
prevención, rehabilitación y retorno al trabajo) con un enfoque global.
– Se fomentarán estudios epidemiológicos sobre el posible impacto de los factores
de riesgo psicosocial laboral y uso de nuevas tecnologías en patología cardiovascular y
salud mental en la población laboral.
Actuaciones de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa.
– Se realizarán campañas de la ITSS dirigidas a empresas donde se utilice la
modalidad de prestación laboral a distancia, especialmente del teletrabajo, prestándose
atención al cumplimiento de la Ley 10/2021, de 9 de julio, y, en particular, a las
disposiciones específicas sobre seguridad y salud relacionadas con los riesgos
psicosociales.
– Se desarrollarán actuaciones de asistencia técnica y control en empresas que
precisen una gestión de la edad en el trabajo debido a la prolongación de la vida laboral
de las plantillas, que requiere atender su adaptación a la evolución de aptitudes
psicofisiológicas.
– Se vigilarán las condiciones de seguridad y salud de las personas que presten
servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de
consumo o mercancía, por parte de empleadores que ejercen las facultades
empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita,
mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de
plataformas digitales.
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
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