III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10321)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta Solar OPDE 38, SL, autorización administrativa previa para el parque fotovoltaico OPDE Herrera de 82,3 MW de potencia instalada, 87,6 MW de potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, en Sotresgudo (Burgos) y Herrera de Pisuerga (Palencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Viernes 28 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59181

2. Con carácter general, a los procedimientos de autorización de instalaciones
eléctricas iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, les será
de aplicación la nueva definición de potencia instalada. (…)»
A su vez, la Disposición final tercera del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre
modifica el segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de
energía renovables, cogeneración y residuos, que queda redactado como sigue:
«En el caso de instalaciones fotovoltaicas, la potencia instalada será la menor
de entre las dos siguientes:
a) la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos
que configuran dicha instalación, medidas en condiciones estándar según la
norma UNE correspondiente.
b) la potencia máxima del inversor o, en su caso, la suma de las potencias de
los inversores que configuran dicha instalación.»
En base a lo anterior, la potencia pico de la instalación fotovoltaica OPDE Herrera es
de 87,6 MW, pero en virtud al artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio,
modificado por la disposición final 3.1 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, la
nueva potencia instalada es de 82,3 MW.
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas resuelve:
Único.

– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio:
aproximadamente 82,3 MW.
– Potencia total de módulos: 87,6 MW.
– Potencia total de inversores: 82,3 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 70,62 MW. En consecuencia, la potencia
máxima que se podrá evacuar será de 70,62 MW.
– Términos municipales afectados: Sotresgudo (Burgos).
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los proyectos «Proyecto
Administrativo parque fotovoltaico OPDE Herrera», de febrero de 2021, «Proyecto
Administrativo modificado SET Amaya 132/30 kV» de septiembre de 2020 y su
modificación de marzo de 2021 y «Proyecto LAT 132 kV SET Amaya 30/132 –
entronque» de marzo de 2021, se componen de:
– Líneas subterráneas a 30 kV, en cinco circuitos, que tienen como origen los
centros de transformación de la planta fotovoltaica hasta la subestación 30/132 kV.

cve: BOE-A-2023-10321
Verificable en https://www.boe.es

Otorgar a Planta Solar OPDE 38, SL autorización administrativa previa para el
parque fotovoltaico OPDE Herrera de 82,3 MW de potencia instalada, 87,6 MW de
potencia pico y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con
las particularidades recogidas en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de esta planta fotovoltaica son las siguientes: