III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Lugares de memoria democrática. (BOE-A-2023-10202)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo 9-2023, de incoación de declaración de lugar de memoria de la Casa de Juntas de Gernika-Lumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58467
En este caso, en uso de esa competencia se incoa de oficio el procedimiento de
declaración como lugar de memoria a los efectos de los artículos 49 a 53 de la LMD de
la Casa de Juntas de Gernika-Lumo.
Segundo.
Gernika es uno de las localidades más representativas y simbólicas de la historia y el
autogobierno de la sociedad vasca, del reconocimiento constitucional de la autonomía de
las nacionalidades y regiones españolas, la diversidad cultural y lingüística y a su vez
emblema universal del sufrimiento de la población civil en las guerras y la lucha contra
los conflictos bélicos.
Fundada por el Conde Don Tello en el año 1366, la villa es conocida
internacionalmente por haber sido víctima durante el transcurso de la Guerra de España
(1936-1939), del bombardeo de la Legión Cóndor el 26 de abril de 1937, estando
considerado este ataque como uno de los primeros bombardeos indiscriminados contra
la población civil en el mundo y configurándose como campo de pruebas de lo que
posteriormente se pondría en práctica en la Segunda Guerra Mundial. No fue el único
bombardeo a la población civil, las poblaciones de Durango y Éibar, entre otras, también
habían sido atacadas de esta brutal forma.
La aviación nazi atacó Gernika en apoyo al militar insurgente Francisco Franco en su
intento por derrocar al gobierno legítimo de la Segunda República Española. La Luftwaffe
bombardeó a la población civil y Gernika fue de esta manera devastada, no así la Casa
de Juntas o el Árbol, que lograron mantenerse en pie. Su supervivencia al bombardeo
contribuyó a reafirmar a este roble como símbolo de autonomía y fortaleza de la
sociedad vasca. Por su parte, la obra Gernika de Pablo Picasso que fue realizada por
encargo del Gobierno de la Segunda República Española para ser expuesto en el
pabellón español durante la Exposición Internacional de 1937 en París, contribuyó a que
este episodio histórico se haya erigido en icono del siglo XX y símbolo del sufrimiento
que la guerra inflige a los seres humanos.
La Casa de Juntas de Gernika es actualmente sede de las Juntas Generales de
Bizkaia, y junto al árbol foral que se levanta en su recinto ajardinado, constituye el punto
de encuentro simbólico de los territorios vascos. Durante siglos, quienes iban a ser
nombrados Señores de Bizkaia juraban respetar las libertades vascas y los fueros antes
de acceder al cargo bajo este roble. Posteriormente debatían las cuestiones de
importancia bajo sus ramas. El Señorío estaba formado por las tierras llanas, campos y
caseríos del núcleo de Bizkaia, las anteiglesias, pueblos o distritos municipales, las villas
y la ciudad de Orduña sumándose más tarde también las comarcas de las Encartaciones
y el Duranguesado. Con el paso de los siglos, el Árbol de Gernika, se ha convertido en
símbolo, no sólo de Bizkaia, sino del conjunto de la sociedad vasca; no en vano el
Estatuto vasco se denomina de Gernika y la toma de posesión y el juramento del
Lehendakari se celebran en este lugar. El árbol simboliza las libertades tradicionales del
territorio histórico de Bizkaia y de sus ciudadanos, y por extensión las libertades de todos
los vascos ligados por una tradición cultural y etnográfica común.
Por ello, estima este Centro Directivo que es deber inexcusable reconocer la singular
relevancia en la historia democrática de España de la Casa de Juntas de Gernika- Lumo
cve: BOE-A-2023-10202
Verificable en https://www.boe.es
La incoación del procedimiento de declaración de un lugar de memoria ha de estar
motivada, tal y como dispone el artículo 50.2 de la LMD.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la LMD, los hechos de singular
relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria
colectiva, vinculados a la memoria democrática, la lucha de la ciudadanía española por
sus derechos y libertades, la memoria de las mujeres, así como con la represión y
violencia sobre la población como consecuencia de la resistencia al golpe de Estado de
julio de 1936, la Guerra, la Dictadura, el exilio y la lucha por la recuperación y
profundización de los valores democráticos que justifican esta incoación son los
siguientes:
Núm. 100
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58467
En este caso, en uso de esa competencia se incoa de oficio el procedimiento de
declaración como lugar de memoria a los efectos de los artículos 49 a 53 de la LMD de
la Casa de Juntas de Gernika-Lumo.
Segundo.
Gernika es uno de las localidades más representativas y simbólicas de la historia y el
autogobierno de la sociedad vasca, del reconocimiento constitucional de la autonomía de
las nacionalidades y regiones españolas, la diversidad cultural y lingüística y a su vez
emblema universal del sufrimiento de la población civil en las guerras y la lucha contra
los conflictos bélicos.
Fundada por el Conde Don Tello en el año 1366, la villa es conocida
internacionalmente por haber sido víctima durante el transcurso de la Guerra de España
(1936-1939), del bombardeo de la Legión Cóndor el 26 de abril de 1937, estando
considerado este ataque como uno de los primeros bombardeos indiscriminados contra
la población civil en el mundo y configurándose como campo de pruebas de lo que
posteriormente se pondría en práctica en la Segunda Guerra Mundial. No fue el único
bombardeo a la población civil, las poblaciones de Durango y Éibar, entre otras, también
habían sido atacadas de esta brutal forma.
La aviación nazi atacó Gernika en apoyo al militar insurgente Francisco Franco en su
intento por derrocar al gobierno legítimo de la Segunda República Española. La Luftwaffe
bombardeó a la población civil y Gernika fue de esta manera devastada, no así la Casa
de Juntas o el Árbol, que lograron mantenerse en pie. Su supervivencia al bombardeo
contribuyó a reafirmar a este roble como símbolo de autonomía y fortaleza de la
sociedad vasca. Por su parte, la obra Gernika de Pablo Picasso que fue realizada por
encargo del Gobierno de la Segunda República Española para ser expuesto en el
pabellón español durante la Exposición Internacional de 1937 en París, contribuyó a que
este episodio histórico se haya erigido en icono del siglo XX y símbolo del sufrimiento
que la guerra inflige a los seres humanos.
La Casa de Juntas de Gernika es actualmente sede de las Juntas Generales de
Bizkaia, y junto al árbol foral que se levanta en su recinto ajardinado, constituye el punto
de encuentro simbólico de los territorios vascos. Durante siglos, quienes iban a ser
nombrados Señores de Bizkaia juraban respetar las libertades vascas y los fueros antes
de acceder al cargo bajo este roble. Posteriormente debatían las cuestiones de
importancia bajo sus ramas. El Señorío estaba formado por las tierras llanas, campos y
caseríos del núcleo de Bizkaia, las anteiglesias, pueblos o distritos municipales, las villas
y la ciudad de Orduña sumándose más tarde también las comarcas de las Encartaciones
y el Duranguesado. Con el paso de los siglos, el Árbol de Gernika, se ha convertido en
símbolo, no sólo de Bizkaia, sino del conjunto de la sociedad vasca; no en vano el
Estatuto vasco se denomina de Gernika y la toma de posesión y el juramento del
Lehendakari se celebran en este lugar. El árbol simboliza las libertades tradicionales del
territorio histórico de Bizkaia y de sus ciudadanos, y por extensión las libertades de todos
los vascos ligados por una tradición cultural y etnográfica común.
Por ello, estima este Centro Directivo que es deber inexcusable reconocer la singular
relevancia en la historia democrática de España de la Casa de Juntas de Gernika- Lumo
cve: BOE-A-2023-10202
Verificable en https://www.boe.es
La incoación del procedimiento de declaración de un lugar de memoria ha de estar
motivada, tal y como dispone el artículo 50.2 de la LMD.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la LMD, los hechos de singular
relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria
colectiva, vinculados a la memoria democrática, la lucha de la ciudadanía española por
sus derechos y libertades, la memoria de las mujeres, así como con la represión y
violencia sobre la población como consecuencia de la resistencia al golpe de Estado de
julio de 1936, la Guerra, la Dictadura, el exilio y la lucha por la recuperación y
profundización de los valores democráticos que justifican esta incoación son los
siguientes: