III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-10209)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Banc de Sang i Teixits y el Institut d'Investigació Biomèdica de Bellvitge, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Células CAR-NK universales derivadas de células madre inducidas pluripotentes hechas a partir de sangre de cordón umbilical para una onco-inmunoterapia de disponibilidad inmediata".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58498
producciones. Adicionalmente, se dispone de instalaciones dedicadas a actividades de
control de calidad y criopreservación de los MTA y laboratorios de investigación por
biología celular y molecular para la realización de los ensayos/trabajos según la
planificación prevista.
Por parte del IDIBELL, se ponen a disposición del proyecto tanto el laboratorio de
inmunoterapias contra el cáncer como todas las salas y equipamientos y servicios
comunes del IDIBELL. De especial relevancia son las salas de bioseguridad nivel II
IDIBELL para la generación de vectores lentivirales disponibles tanto en los laboratorios
como en el animalario. Además, se pone en disposición del proyecto el procedimiento
animal para trabajar con CAR-NKs en modelos de ratón aprobado por la Generalitat.
Asimismo, las partes asumen las siguientes obligaciones generales en la realización
del Proyecto:
– Ejecutar el Proyecto conforme a las bases reguladoras, la convocatoria y la
resolución de concesión establecidas por el agente financiador para la transferencia de
los fondos, ejerciendo el BST como coordinadora del Proyecto, asumiendo las
obligaciones de coordinación y seguimiento, y constituyéndose como beneficiarias de la
ayuda tanto el BST como el CSIC, siendo IDIBELL una parte colaboradora.
– Entregar al resto de entidades participantes cuanta información sea necesaria para
el correcto desarrollo de las diferentes actividades de I+D+i.
– Comunicar con celeridad al resto de participantes, sirviéndose si fuese preciso del
mecanismo de seguimiento, cualquier información importante, hecho, problema o retraso
que pueda afectar adversamente al Proyecto. Asimismo, las partes proporcionarán sin
demora toda la información que el mecanismo de seguimiento requiera razonablemente
para llevar a cabo sus tareas.
– Elaborar los Informes y Entregables generados durante la evolución de las
investigaciones realizadas en los plazos y forma que se describan en el Plan de Trabajo.
– Garantizar la protección de los resultados de la investigación y promover la
difusión que, en su caso, proceda.
2. Se nombran tres responsables del desarrollo del Proyecto, siendo la persona o
cargo que representa al BST quien ejercerá las funciones de coordinación:
– Por parte del CSIC, será el investigador responsable del Grupo Terapias
Avanzadas del Centro de Investigaciones Biológicas Margarita Salas.
– Por parte de BST, será la investigadora responsable del Proyecto
– Y por parte de IDIBELL, será el responsable de terapias celulares del laboratorio
de inmunoterapias contra el cáncer.
Tercera. Desarrollo de los trabajos de investigación.
1. Cada una de las partes desarrollará en su propia sede e instalaciones los
trabajos de investigación que le corresponda.
No obstante, podrá autorizarse el desplazamiento esporádico o no permanente de
personal de una de ellas a la sede o instalaciones de otra u otras, siempre que forme
parte del equipo de investigación o de trabajo del Proyecto y cuando así lo aconseje o
exija su buen fin, lo que se formalizará mediante las autorizaciones de estancia,
comisiones de servicio u otras que procedan conforme a la normativa de cada una de las
partes implicada.
2. Los responsables del Proyecto (identificados en la cláusula segunda del
convenio) tendrán la obligación de informar a los órganos competentes de la institución a
la que pertenezcan de las estancias temporales que vayan a realizarse en aplicación de
este convenio, con el fin de que puedan tramitarse las autorizaciones, comisiones de
servicios y demás actuaciones que procedan, así como verificar y controlar el
cumplimiento de las obligaciones que se recogen en el siguiente apartado.
cve: BOE-A-2023-10209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 100
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58498
producciones. Adicionalmente, se dispone de instalaciones dedicadas a actividades de
control de calidad y criopreservación de los MTA y laboratorios de investigación por
biología celular y molecular para la realización de los ensayos/trabajos según la
planificación prevista.
Por parte del IDIBELL, se ponen a disposición del proyecto tanto el laboratorio de
inmunoterapias contra el cáncer como todas las salas y equipamientos y servicios
comunes del IDIBELL. De especial relevancia son las salas de bioseguridad nivel II
IDIBELL para la generación de vectores lentivirales disponibles tanto en los laboratorios
como en el animalario. Además, se pone en disposición del proyecto el procedimiento
animal para trabajar con CAR-NKs en modelos de ratón aprobado por la Generalitat.
Asimismo, las partes asumen las siguientes obligaciones generales en la realización
del Proyecto:
– Ejecutar el Proyecto conforme a las bases reguladoras, la convocatoria y la
resolución de concesión establecidas por el agente financiador para la transferencia de
los fondos, ejerciendo el BST como coordinadora del Proyecto, asumiendo las
obligaciones de coordinación y seguimiento, y constituyéndose como beneficiarias de la
ayuda tanto el BST como el CSIC, siendo IDIBELL una parte colaboradora.
– Entregar al resto de entidades participantes cuanta información sea necesaria para
el correcto desarrollo de las diferentes actividades de I+D+i.
– Comunicar con celeridad al resto de participantes, sirviéndose si fuese preciso del
mecanismo de seguimiento, cualquier información importante, hecho, problema o retraso
que pueda afectar adversamente al Proyecto. Asimismo, las partes proporcionarán sin
demora toda la información que el mecanismo de seguimiento requiera razonablemente
para llevar a cabo sus tareas.
– Elaborar los Informes y Entregables generados durante la evolución de las
investigaciones realizadas en los plazos y forma que se describan en el Plan de Trabajo.
– Garantizar la protección de los resultados de la investigación y promover la
difusión que, en su caso, proceda.
2. Se nombran tres responsables del desarrollo del Proyecto, siendo la persona o
cargo que representa al BST quien ejercerá las funciones de coordinación:
– Por parte del CSIC, será el investigador responsable del Grupo Terapias
Avanzadas del Centro de Investigaciones Biológicas Margarita Salas.
– Por parte de BST, será la investigadora responsable del Proyecto
– Y por parte de IDIBELL, será el responsable de terapias celulares del laboratorio
de inmunoterapias contra el cáncer.
Tercera. Desarrollo de los trabajos de investigación.
1. Cada una de las partes desarrollará en su propia sede e instalaciones los
trabajos de investigación que le corresponda.
No obstante, podrá autorizarse el desplazamiento esporádico o no permanente de
personal de una de ellas a la sede o instalaciones de otra u otras, siempre que forme
parte del equipo de investigación o de trabajo del Proyecto y cuando así lo aconseje o
exija su buen fin, lo que se formalizará mediante las autorizaciones de estancia,
comisiones de servicio u otras que procedan conforme a la normativa de cada una de las
partes implicada.
2. Los responsables del Proyecto (identificados en la cláusula segunda del
convenio) tendrán la obligación de informar a los órganos competentes de la institución a
la que pertenezcan de las estancias temporales que vayan a realizarse en aplicación de
este convenio, con el fin de que puedan tramitarse las autorizaciones, comisiones de
servicios y demás actuaciones que procedan, así como verificar y controlar el
cumplimiento de las obligaciones que se recogen en el siguiente apartado.
cve: BOE-A-2023-10209
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 100