I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-10054)
Real Decreto 314/2023, de 25 de abril, por el que se desarrolla el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Miércoles 26 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 57979
2.º Información de potencias contratadas en los distintos periodos y energía
consumida anual en cada periodo durante los tres últimos ejercicios en cada nivel
tarifario para cada uno de los participantes en la red de distribución de energía eléctrica
cerrada.
3.º Facturación anual de peajes y cargos de los últimos cinco ejercicios de cada
uno de los participantes.
4.º Instalaciones de generación de electricidad conectadas al interior de la red de
distribución de energía eléctrica cerrada. Niveles de tensión del punto de conexión/
potencia instalada/energía generada anualmente y energía vertida a la red anualmente.
Se incluirá asimismo el detalle de si las mismas están o no percibiendo algún tipo de
régimen económico específico.
i) Informe técnico-económico donde se detalle la siguiente información en tres
horizontes diferentes, situación una vez se autorice la red y esta se constituya, a uno,
cinco y diez años vista:
j) Plan de gastos para el mantenimiento de los activos y su reposición.
k) Plan de evolución de la demanda, en cada uno de los horizontes a los que se
refiere la letra i) de este apartado, donde se detalle la evolución del saldo consumidor o
generador de la red de distribución de energía eléctrica cerrada, así como la
implantación de generación en su interior.
Artículo 18.
Subsanación de solicitudes.
Una vez analizadas tanto la solicitud como la información adjunta, si estas no se
considerasen correctas y completas, la Dirección General de Política Energética y Minas
solicitará la subsanación tanto de la solicitud como de la documentación aportada en un
plazo no superior a un mes.
cve: BOE-A-2023-10054
Verificable en https://www.boe.es
1.º Esquema unifilar de la red de distribución de electricidad cerrada final
desglosado por niveles de tensión. El esquema unifilar deberá señalar con distinta
cromatografía las titularidades de las instalaciones en la situación de partida.
2.º Detalle de activos que fuesen titularidad de una empresa distribuidora y serían
adquiridos por el titular de la red de distribución de energía eléctrica cerrada y que
pasarían a formar parte de dicha red.
3.º Proyección anual de potencias contratadas en los distintos periodos y energía
consumida anual en cada periodo para cada uno de los participantes actuales y futuros
en la red de distribución de energía eléctrica cerrada. Explicación detallada de las
hipótesis consideradas en el cálculo de esas proyecciones.
4.º Proyección de nuevos clientes, tanto de demanda como de generación. Para
cada uno de ellos se indicará ubicación de los mismos, potencias y consumos en los
horizontes señalados. Explicación detallada de las hipótesis consideradas en el cálculo
de esas proyecciones.
5.º Facturación anual de peajes y cargos de la red de distribución de energía
eléctrica cerrada en los distintos horizontes de estudio. Explicación detallada de las
hipótesis consideradas en el cálculo de esas proyecciones.
6.º Metodología de asignación de peajes y cargos a los consumidores conectados a
la red de distribución de energía eléctrica cerrada en los distintos horizontes de estudio.
7.º Metodología de asignación de otros costes de inversión, operación y
mantenimiento y gestión de la red de distribución de energía eléctrica cerrada a los
consumidores y/o generadores conectados a la red de distribución de energía eléctrica
cerrada en los distintos horizontes de estudio.
8.º Previsión de peajes, cargos y precios a repercutir a los consumidores
conectados a la red de distribución de energía eléctrica cerrada.
9.º Plan de inversión para la adquisición de activos, construcción y operación y
mantenimiento de las redes en los distintos horizontes.
Núm. 99
Miércoles 26 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 57979
2.º Información de potencias contratadas en los distintos periodos y energía
consumida anual en cada periodo durante los tres últimos ejercicios en cada nivel
tarifario para cada uno de los participantes en la red de distribución de energía eléctrica
cerrada.
3.º Facturación anual de peajes y cargos de los últimos cinco ejercicios de cada
uno de los participantes.
4.º Instalaciones de generación de electricidad conectadas al interior de la red de
distribución de energía eléctrica cerrada. Niveles de tensión del punto de conexión/
potencia instalada/energía generada anualmente y energía vertida a la red anualmente.
Se incluirá asimismo el detalle de si las mismas están o no percibiendo algún tipo de
régimen económico específico.
i) Informe técnico-económico donde se detalle la siguiente información en tres
horizontes diferentes, situación una vez se autorice la red y esta se constituya, a uno,
cinco y diez años vista:
j) Plan de gastos para el mantenimiento de los activos y su reposición.
k) Plan de evolución de la demanda, en cada uno de los horizontes a los que se
refiere la letra i) de este apartado, donde se detalle la evolución del saldo consumidor o
generador de la red de distribución de energía eléctrica cerrada, así como la
implantación de generación en su interior.
Artículo 18.
Subsanación de solicitudes.
Una vez analizadas tanto la solicitud como la información adjunta, si estas no se
considerasen correctas y completas, la Dirección General de Política Energética y Minas
solicitará la subsanación tanto de la solicitud como de la documentación aportada en un
plazo no superior a un mes.
cve: BOE-A-2023-10054
Verificable en https://www.boe.es
1.º Esquema unifilar de la red de distribución de electricidad cerrada final
desglosado por niveles de tensión. El esquema unifilar deberá señalar con distinta
cromatografía las titularidades de las instalaciones en la situación de partida.
2.º Detalle de activos que fuesen titularidad de una empresa distribuidora y serían
adquiridos por el titular de la red de distribución de energía eléctrica cerrada y que
pasarían a formar parte de dicha red.
3.º Proyección anual de potencias contratadas en los distintos periodos y energía
consumida anual en cada periodo para cada uno de los participantes actuales y futuros
en la red de distribución de energía eléctrica cerrada. Explicación detallada de las
hipótesis consideradas en el cálculo de esas proyecciones.
4.º Proyección de nuevos clientes, tanto de demanda como de generación. Para
cada uno de ellos se indicará ubicación de los mismos, potencias y consumos en los
horizontes señalados. Explicación detallada de las hipótesis consideradas en el cálculo
de esas proyecciones.
5.º Facturación anual de peajes y cargos de la red de distribución de energía
eléctrica cerrada en los distintos horizontes de estudio. Explicación detallada de las
hipótesis consideradas en el cálculo de esas proyecciones.
6.º Metodología de asignación de peajes y cargos a los consumidores conectados a
la red de distribución de energía eléctrica cerrada en los distintos horizontes de estudio.
7.º Metodología de asignación de otros costes de inversión, operación y
mantenimiento y gestión de la red de distribución de energía eléctrica cerrada a los
consumidores y/o generadores conectados a la red de distribución de energía eléctrica
cerrada en los distintos horizontes de estudio.
8.º Previsión de peajes, cargos y precios a repercutir a los consumidores
conectados a la red de distribución de energía eléctrica cerrada.
9.º Plan de inversión para la adquisición de activos, construcción y operación y
mantenimiento de las redes en los distintos horizontes.