I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Sustancias químicas. (BOE-A-2023-10051)
Real Decreto 312/2023, de 25 de abril, por el que se regulan las exenciones al cumplimiento de determinada normativa para sustancias, mezclas o artículos que las contengan, por razones de defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Miércoles 26 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 57958

DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

El objeto de este real decreto es establecer la normativa y los supuestos bajo los que
se pueden conceder las exenciones por razones de defensa respecto del artículo 2.3 del
Reglamento (CE) n.º 1907/2006, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la

cve: BOE-A-2023-10051
Verificable en https://www.boe.es

el artículo 33.1 de dicho reglamento, a la base de datos creada a tal efecto por la
Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, con el contenido y formato
determinado por esta, previendo en su disposición adicional cuarta la posibilidad de
exención a dicha obligación por motivos de defensa.
Dicha disposición adicional obliga al Ministerio de Defensa a establecer el
correspondiente desarrollo normativo cuando sea necesario para salvaguardar y
garantizar la confidencialidad, motivo por el que procede desarrollar un nuevo real
decreto que contemple este nuevo tipo de exenciones por razones de defensa, además
de las actualmente contempladas en el Real Decreto 1237/2011, de 8 de septiembre, al
tiempo que se actualizan y mejoran sus disposiciones.
Por tanto, mediante este real decreto se regula el mecanismo de exención que podrá
emplear el Ministerio de Defensa, para sustancias, mezclas o artículos que sean de
interés por razones de defensa, sin excluir a las autoridades competentes de su
obligación de velar por mantener la finalidad y objeto de los Reglamentos REACH y CLP,
así como de la Ley 7/2022, de 8 de abril, para garantizar un nivel elevado de protección
de la salud humana y el medio ambiente, dentro del marco de sus competencias.
Para lograr esos objetivos, se aplicarán requerimientos y mecanismos internos de
gestión que garanticen la confidencialidad de las composiciones de las sustancias y el
compromiso de garantizar el interés por razones de Defensa Nacional. Los
requerimientos y mecanismos citados que desarrollen este real decreto, serán
establecidos por orden ministerial del Ministerio de Defensa.
Asimismo, mediante esta norma se deroga el Real Decreto 1237/2011, de 8 de
septiembre, anteriormente citado.
Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación a los que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, el proyecto de disposición es
el único instrumento posible para dar cumplimiento a lo establecido en la disposición
adicional cuarta de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
Conforme al principio de proporcionalidad, esta iniciativa normativa contiene la
regulación imprescindible para alcanzar el objetivo propuesto, no existiendo otras
medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los
destinatarios.
En lo referente al principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con el resto
del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea.
De acuerdo al principio de transparencia, se ha sustanciado consulta pública previa a
través del portal web del Departamento y su texto se ha sometido al preceptivo trámite
de audiencia e información pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 26,
apartados 2 y 6, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
La norma es coherente con el principio de eficiencia, en tanto que asegura la máxima
eficacia de sus postulados con los menores costes posibles inherentes a su aplicación, al
servirse de la infraestructura estatal ya creada para estos fines. Tampoco se derivan de
la misma cargas administrativas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Defensa, con la aprobación previa de la
Ministra de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de abril de 2023,