III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-10033)
Orden TED/408/2023, de 24 de abril, por la que se modifica la Orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., a grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la bioeconomía y la contribución a la transición ecológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Martes 25 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57674

VI
La presente orden se estructura en un artículo único, una disposición transitoria y dos
disposiciones finales.
Con el fin de garantizar el acierto y la legalidad de esta norma, se ha recabado el
informe del Servicio Jurídico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, así como el informe de la Intervención Delegada previsto en el
artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
conformidad con el mandato contenido en el artículo 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del PRTR. Asimismo, ha sido informada en
la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente celebrada el 23 de noviembre de 2022 y se
ha realizado el trámite de participación pública mediante la publicación del proyecto en la
web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. De igual forma, se
ha recabado la aprobación del Patronato de la Fundación Biodiversidad mediante
acuerdo por escrito de fecha 20 de abril de 2023.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la
Fundación Biodiversidad, F.S.P., a grandes proyectos transformadores de índole
científico-técnica para la promoción de la bioeconomía y la contribución a la
transición ecológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021, y se efectúa
la convocatoria correspondiente al año 2023.
La Orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., a
grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la
bioeconomía y la contribución a la transición ecológica, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la convocatoria
correspondiente al año 2021, queda modificada como sigue:
Uno.

El apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

«2. Las ayudas que se financien al amparo de esta orden de bases se
enmarcan en las inversiones 2 “Conservación de la biodiversidad terrestre y
marina” y 4 “Gestión forestal sostenible”, del componente 4 “Conservación y
restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad” del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, y contribuirán al
cumplimiento de los objetivos e hitos asociados a las mismas, de acuerdo con la
normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de
Recuperación a nivel europeo y nacional.»

«b) No concurrir en alguna de las circunstancias invalidantes previstas en el
artículo 13, apartados 2, 3 y 3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
c) No podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades que tengan
deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Fundación Biodiversidad o la
Administración, o estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una
Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e
incompatible con el mercado común.»

cve: BOE-A-2023-10033
Verificable en https://www.boe.es

Dos. Se modifica el subapartado b), y se añade un subapartado c) al apartado 2 del
artículo 2: