III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-10033)
Orden TED/408/2023, de 24 de abril, por la que se modifica la Orden TED/1014/2021, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., a grandes proyectos transformadores de índole científico-técnica para la promoción de la bioeconomía y la contribución a la transición ecológica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021, y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Martes 25 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57684

3. El importe mínimo de ayuda a solicitar por propuesta presentada será
de 100.000,00 euros.
4. El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de
hasta 2.000.000,00 de euros.
5. El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95 % del
total del presupuesto del proyecto presentado. En el caso de agrupaciones, el
importe máximo de la ayuda concedida a cada entidad integrante de la agrupación
no podrá superar el 95 % del total del presupuesto correspondiente a dicha
entidad.
6. El proyecto deberá comenzar a ejecutarse a partir de la fecha de
resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre
de 2025, prórrogas incluidas. En este sentido, debe entenderse que el inicio de
cualquier tipo de procedimiento para la ejecución de las actuaciones incluidas en
el proyecto debe dar comienzo de manera posterior a la resolución de la
convocatoria para ser financiable.
7. En ningún caso, con cargo a los fondos de esta convocatoria, se podrán
conceder subvenciones que puedan tener por efecto el otorgamiento, a una o más
entidades, en el ejercicio de una actividad económica e independientemente de su
forma jurídica, de ventajas que puedan dar lugar al falseamiento de la
competencia en el mercado interior y que sean susceptibles de afectar a los
intercambios comerciales entre los Estados Miembros.
8. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Unión Europea, regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda
legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas
integradas en el PRTR de España. La concesión de las subvenciones queda
condicionada a la vigencia y suficiencia del presupuesto. Cabe señalar que el
anexo a la Decisión Ejecutiva del Consejo sobre la aprobación de la evaluación del
Plan de Recuperación y Resiliencia de España (Council Implementing Decision –
CID), indica que la inversión 4 del componente 4 concluirá a más tardar en junio
de 2026.
Actividad objeto de financiación.

1. Las ayudas se concederán para la ejecución de proyectos
transformadores de naturaleza científico-técnica que contribuyan a la
conservación, mejora y restauración de la biodiversidad de los ecosistemas y
especies forestales; a la adaptación de los entornos forestales al cambio climático,
fomentando una gestión encaminada a la resiliencia y resistencia de los montes,
especialmente ante el riesgo de incendios y al cumplimiento equilibrado de la
multifuncionalidad de los montes y entornos forestales; a la gestión forestal
sostenible; a la planificación forestal en el marco de la ordenación del territorio; al
fomento de las producciones forestales sostenibles y sus sectores económicos
asociados; a la creación de empleo y el desarrollo del medio rural; así como, de
manera simultánea, que contribuyan a la transición ecológica, al reto demográfico,
a la lucha contra la despoblación y a la generación de empleo verde a través de la
bioeconomía, y especialmente, a través de actividades ligadas a los mosaicos y
entornos forestales. Estos proyectos deben ofrecer actuaciones que favorezcan la
identificación y desarrollo de opciones económicas sostenibles para el
emprendimiento y el empleo verde y oportunidades para la población joven; y
deben incluir también la igualdad de género entre sus objetivos de transformación.
2. Se buscará promover reformas estructurales e inversiones incluidas en la
Estrategia Forestal Española horizonte 2050 (EFE) y el Plan Forestal
Español 2022-2032 (PFE) entre otros, especialmente las referidas a la mejora del
conocimiento y mayor conciencia ecológica de la sociedad y actividades

cve: BOE-A-2023-10033
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Artículo 43.