I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Juego. (BOE-A-2023-9959)
Ley 9/2023, de 23 de marzo, de modificación de la Ley 2/2000, de 28 de junio, del Juego de la Comunidad Autónoma de Aragón.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 57517

Treinta y dos. Se modifica la disposición adicional sexta, quedando redactada de la
siguiente manera:
«Disposición adicional sexta.

Prevención y tratamiento del trastorno por juego.

1. El Gobierno de Aragón desarrollará actividades de prevención del
trastorno por juego dirigidas a la población en general y adoptará medidas para
desincentivar los hábitos y conductas patológicas relacionadas con el juego, con
especial atención a los sectores sociales más vulnerables.
2. En atención a la transversalidad de las intervenciones públicas de
prevención del juego patológico y para lograr un modelo homogéneo y
sistematizado de prevención de las adicciones en el conjunto del territorio de
Aragón, el departamento competente en la gestión administrativa del juego
colaborará con el departamento con competencias en sanidad del Gobierno de
Aragón en coordinación con el resto de departamentos, y, en el marco del Plan de
Adicciones de la Comunidad Autónoma de Aragón, elaborará estrategias y
programas para prevenir y atender situaciones de trastorno por juego, en sus
distintos niveles de actuación, ambiental, del desarrollo e informativa,
especialmente, en lo que pueda afectar a las personas menores de edad, jóvenes
y grupos de población más vulnerables.
3. Entre los objetivos que incluirán los programas de prevención del trastorno
por juego figurarán:
a) El estricto cumplimiento de la normativa autonómica de juego.
b) El incremento de la eficacia de la actuación inspectora de la Unidad de
Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante la
coordinación con las demás Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y la dotación de
medios adecuados.
c) La promoción de la investigación en el área del juego.
d) El incremento de los conocimientos en el área de la prevención, detección
precoz e intervención temprana y abordaje de los problemas relacionados con el
juego entre los profesionales de los recursos que trabajan en adicciones.
e) La potenciación de la prevención de adicciones comportamentales en el
marco de la promoción de la salud, desde todos los sectores implicados, y el
desarrollo de procedimientos de detección precoz en el ámbito educativo y social.
f) La generación de una política de juego responsable en las actividades de
juego con dinero en los empresarios, empleados de los locales de juego, medios
de comunicación que operen en el territorio ámbito de aplicación de esta ley y en
las personas jugadoras.
g) La reducción de los problemas generados por el juego entre personas que
ya experimentan niveles elevados de juego.
h) El diseño de estrategias motivacionales para atraer a los colectivos más
vulnerables ante el juego al tratamiento, la disposición de instrumentos de
detección temprana específicos, así como la realización de campañas de
sensibilización e información que recojan un enfoque de género en su diseño y
desarrollo.
i) La información y el ofrecimiento de asistencia y tratamiento a las personas
que presenten trastorno por juego y a sus familiares dentro de la red pública de
atención sociosanitaria.
j) La previsión de la dotación económica adecuada en los presupuestos de
cada ejercicio para la implementación de las acciones previstas en los
correspondientes programas de prevención y tratamiento del trastorno por juego.
k) La realización de talleres y actividades formativas de educación para la
salud, así como el ofrecimiento de información sanitaria y sobre prevención del
trastorno por juego en los ámbitos educativo, sanitario, deportivo y sociolaboral.

cve: BOE-A-2023-9959
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 98