I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Economía. (BOE-A-2023-9957)
Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Martes 25 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 57457

Artículo 67. Ecodiseño y requisitos aplicables a la construcción. Construcción
ecoeficiente.
1. Se fomentará el empleo de los siguientes criterios para la edificación en
Andalucía:
a) Uso de técnicas en el diseño y soluciones de construcción, innovadoras y
respetuosas con el medio ambiente, que favorezcan el confort térmico y la reducción del
consumo energético.
b) Fomento de alternativas constructivas que promuevan el uso de materias primas
secundarias y empleo de materiales reutilizados o procedentes de residuos para la
fabricación de elementos constructivos y materiales de construcción, así como sistemas
constructivos industrializados y prefabricados que favorezcan la construcción «en seco»
y la reducción de residuos en obra.
c) Creación y ordenación de las zonas verdes con el objetivo de mejorar el
microclima local, la regulación de la temperatura y la humedad, y la disminución de la
contaminación.
d) Utilización de especies vegetales autóctonas con necesidades bajas de aporte
de agua y especies con baja generación de residuos.
e) Uso de productos duraderos o fáciles de reparar, actualizar y reciclar o que
incorporen un mayor porcentaje de materiales reciclados, sostenibles y de proximidad.
f) El fomento de la mejora del parque de vivienda actual con el fin de conseguir
parámetros de consumo y habitabilidad más sostenibles.
2. Las Administraciones autonómica y local, en el ámbito de sus respectivas
competencias, promoverán el diseño y puesta en marcha de un sistema que permita
garantizar que la gestión de los residuos de construcción y demolición se realiza
cumpliendo con las condiciones y características técnicas y ambientales necesarias para
que puedan ser incorporados en el mercado.
Artículo 68.

Fomento de la circularidad y el ecodiseño en obra pública.

1. Durante la fase de planificación, redacción de proyectos y ejecución de obra
pública, la Administración de la Junta de Andalucía fomentará alternativas constructivas
y de diseño que potencien la economía circular, a través de soluciones que:

2. En la redacción de proyectos de ejecución de nuevos edificios públicos se
tendrán en cuenta criterios relativos a eficiencia en el uso de agua, energía, materiales y
recursos.
Artículo 69. Sistemas de certificación voluntarios generales y específicos para la
construcción.
1. La Administración de la Junta de Andalucía podrá tener en cuenta la obtención
de certificados internacionalmente reconocidos en materia de sostenibilidad ambiental de

cve: BOE-A-2023-9957
Verificable en https://www.boe.es

a) Disminuyan la generación de residuos durante la fase de construcción y de
explotación y mejoren la gestión de los mismos, especialmente en su segregación y
tratamiento.
b) Integren el uso de materiales y residuos de construcción y demolición reciclados.
c) Favorezcan la restauración ambiental y la recuperación de los espacios
degradados.
d) Contribuyan al ahorro en la utilización de recursos naturales, mediante el empleo
de materiales procedentes de fuentes sostenibles o de valorización de residuos.
e) Consideren la aplicación de los análisis de ciclo de vida (ACV) conforme a las
normas aceptadas internacionalmente, así como las normas de referencia para
productos y edificación.