III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9928)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Taranis, Angus, Bodega, Brigid, Metis, Dian, Nazario, Fulgora, Belenus, Epona, Electra, Felis, Hefesto y Fontus de 49,5 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Teruel y Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57159

El Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA) solicita incluir el balance
del impacto final sobre la actividad socioeconómica en el territorio afectado y un plan de
reposición de las vías deterioradas.
En cuanto al incremento de los riesgos tras la implementación del proyecto, el
promotor ha analizado la vulnerabilidad del proyecto en función de dos factores: el riesgo
de incendios y el riesgo de inundaciones. Respecto a los incendios, concluye que la
probabilidad de ocurrencia de un incendio durante la fase de obra es inferior a un
incendio/año y en la de funcionamiento, se puede ocasionar un incendio con una
periodicidad de uno a dos años en todo el ámbito. En cuanto al índice de frecuencia,
considera una modificación irrelevante. Así, indica que no es necesario incorporar
medidas de mitigación extraordinarias siendo de aplicación las medidas habituales en
este tipo de proyectos. Respecto al riesgo de inundaciones, se ha tratado en el punto
anterior de dominio público.
Respecto al riesgo sísmico, la zona del proyecto presenta una peligrosidad sísmica
baja, con intensidades de grado < VI en la escala EMS-98, y para un periodo de retorno
de 500 años, según datos publicados por el Instituto Geográfico Nacional.
3.3

Efectos sinérgicos y acumulativos.

El desarrollo en aumento de la instalación de plantas de energía renovable en el
entorno de este proyecto, supone una transformación muy importante de una extensa
zona de agrosistemas en secano, de mosaicos de cultivos con parches de pastizal y
matorral mediterráneo y zonas arboladas de pinares y encinares. En el EsIA se ha
considerado que los efectos sinérgicos afectan sobre todo a las variables de vegetación,
fauna, paisaje y en algunos casos concretos, al impacto acústico.
Respecto a la fauna, el propio promotor indica que el desarrollo anterior, en este
entorno, de proyectos eólicos y líneas eléctricas ha supuesto tanto la mortalidad directa
de fauna asociada a estas infraestructuras como la pérdida de hábitat para éstas y otras
especies de aves y quirópteros, no sólo por su alteración sino por el efecto barrera y la
fragmentación que supone introducir estos elementos en el medio natural. El incremento
de estas infraestructuras, además de sumar la pérdida de la superficie directamente
afectada por cada proyecto, supondrá un mayor efecto negativo que el derivado por la
suma de los mismos por la acumulación de proyectos y las sinergias ocasionadas entre
ellos.
En cuanto al paisaje, el promotor considera que el impacto sinérgico sobre esta
variable se mantiene moderado, en el caso de los parques Felis y Fontus, porque el
paisaje actual ya está afectado por aerogeneradores y no se va a afectar nuevas zonas y
severo en el caso de los parques Brigid, Taranis, Angus y Dian.
En los parques eólicos Belenus, Fulgora, Epona y Electra, se ha realizado un estudio
específico del impacto acústico por los niveles de ruido generados por los parques
eólicos en las zonas residenciales, urbanas o urbanizables. El resultado del estudio es
que se cumplen en todos los casos los valores límite aplicables y que la mayor presión
sonora se localiza en los municipios de Azuara y Moyuela.
3.4

Análisis del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor.

– Estudios de Impacto Ambiental.
– Alegaciones recibidas en el período de información pública.
– Informes de organismos consultados.
– Contestación al requerimiento de información adicional.
– Modificaciones del promotor en marzo del 2023.

cve: BOE-A-2023-9928
Verificable en https://www.boe.es

Tras el análisis realizado de la documentación del expediente 20220106EOL, y en
especial de: