I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-9812)
Orden PCM/399/2023, de 21 de abril, por la que se crea la Mesa del sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 56668

gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el
Reglamento (UE) n.º 1306/2013, relativo a los sistemas de control y sanciones, el cual
mantiene básicamente los principios generales del periodo anterior.
De acuerdo con dicha normativa, para proteger los intereses financieros del
presupuesto de la Unión, los Estados miembros deben implantar sistemas para
cerciorarse de que las intervenciones financiadas por el FEAGA y el Feader se llevan
efectivamente a cabo y se ejecutan correctamente, al mismo tiempo que se mantiene el
sólido marco de buena gestión financiera vigente. En el caso de España, dichos
sistemas deben establecerse teniendo en cuenta el reparto de competencias,
correspondiendo de forma general a las autoridades competentes de las comunidades
autónomas la gestión de las solicitudes y la realización de los controles, sin perjuicio de
las competencias atribuidas al FEGA O.A. como Organismo de Coordinación de los
Organismos Pagadores, así como Organismo Pagador de determinadas intervenciones
de carácter nacional, de acuerdo con el Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre,
por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en
España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader, así como el Real
Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Fondo
Español de Garantía Agraria.
Por todo ello se hace necesario encomendar a un máximo órgano el seguimiento,
vigilancia y control de la aplicación de las disposiciones que se dicten en materia de
gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la PAC,
teniendo en cuenta la necesaria adaptación de la gestión y control a las futuras
intervenciones y mecanismos de gestión necesarios para la puesta en marcha de la
nueva PAC 2023-2027, y que es preciso reforzar los mecanismos de coordinación
técnica y de seguimiento de los mecanismos de colaboración entre el Fondo Español de
Garantía Agraria, O.A., y las comunidades autónomas para minimizar el riesgo financiero
(correcciones financieras, reducciones, suspensiones, irregularidades, fraude, conflicto
de intereses, etc.) en la gestión de los fondos FEAGA y Feader, que se constituye en una
herramienta imprescindible de apoyo a la misión del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A., según establece Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, por el que
se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.
Mediante el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el
sistema de información geográfica de parcelas agrícolas, se constituyó una mesa de
coordinación del sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC),
como órgano colegiado, adscrito al Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., a través de
su Presidencia, para la coordinación de todos los trabajos relacionados con la
explotación y mantenimiento del SIGPAC, intercambio de la información e incorporación
de las innovaciones tecnológicas necesarias para su mejor funcionamiento.
Posteriormente, mediante la Orden APA/1424/2021, de 16 de diciembre, se creó la
Mesa del sistema integrado de gestión y control de los pagos de la Política Agrícola
Común. No obstante, la composición y funciones atribuidas a dicha Mesa por la referida
orden, han devenido pronto insuficientes a raíz de los cambios normativos producidos
tanto a nivel europeo como nacional, así como a la aprobación posterior de otros
instrumentos, tales como el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común del
Reino de España 2023-2027.
Por ello, y en aras llevar a cabo una correcta implantación y gestión del conjunto de
intervenciones que se incluyen en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola
Común del Reino de España 2023-2027, así como de otras ayudas de la PAC, resulta
necesario crear una nueva mesa, la Mesa del sistema de gestión y control de las
intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común (Mesa
del sistema de gestión y control), que sustituye a las anteriormente citadas, asumiendo
las funciones de ambas.
En la elaboración de esta norma se han observado los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con

cve: BOE-A-2023-9812
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 97