I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA. Salud mental. (BOE-A-2023-9773)
Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 56492

c) Definir la cartera de servicios complementarios de asistencia integral e integrada
a la salud mental con preferencia en el medio comunitario que dé asistencia al trastorno
mental grave y persistente, a la prevención del suicidio, a la asistencia de los trastornos
relacionados con el abuso del alcohol u otras sustancias, a la adicción al juego o a otro
tipo de adicciones sin sustancia como la pornografía o las nuevas tecnologías, a la
asistencia a la salud mental en la edad infantojuvenil, a la salud mental de las personas
mayores y en todas las etapas de la vida, así como a aquellos colectivos o personas más
vulnerables.
La cartera de servicios deberá incluir tanto los intervencionismos farmacológicos
como los no farmacológicos, incluidos los psicoterapéuticos y sociales.
d) Establecer la planificación necesaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
anterior, en el que se establezca la concreción de los medios necesarios para la atención
social integral de las personas con problemas de salud mental y de sus familias,
incluidos todos aquellos dirigidos a promover su participación mediante grupos de
autoayuda, escuelas de salud o intervenciones comunitarias para la prevención de la
soledad no deseada.
TÍTULO IV
Sensibilización, lucha contra el estigma, prevención del suicidio y trastornos
relacionados con las adicciones
Artículo 20.

Programas de prevención en salud mental y lucha contra el estigma.

1. El Gobierno de La Rioja adoptará las medidas necesarias para luchar contra el
estigma y la discriminación, previniendo y/o disminuyendo el impacto y las
consecuencias negativas que tienen en la vida de las personas con problemas de salud
mental y en sus familiares.
2. El Gobierno de La Rioja desarrollará un plan autonómico de lucha contra el
estigma para erradicar los estereotipos negativos presentes en la sociedad relacionados
con la salud mental y las adicciones, actuando específicamente en los medios de
comunicación, en las administraciones públicas y en el sector privado, rechazando
firmemente cualquier tipo de estigmatización y discriminación de las personas con
enfermedad mental en todos los ámbitos de la sociedad, y especialmente en aquellos en
los que se produce la vulneración de sus derechos.
3. El Gobierno de La Rioja mejorará el conocimiento sobre la enfermedad mental
de la sociedad en su conjunto, modificando actitudes e implementando políticas y
actuaciones que disminuyan la discriminación asociada al estigma, promoviendo la
participación de las propias personas con enfermedad mental y sus familiares en las
acciones de información y sensibilización dirigidas a la sociedad que desarrolle.
4. El Gobierno de La Rioja diseñará y desarrollará un plan estratégico de lucha
contra el estigma y la discriminación asociada a los problemas de salud mental,
coordinado conjuntamente con el movimiento asociativo representante de las personas
con enfermedad mental y sus familiares en La Rioja.
Programas de prevención del suicidio.

1. El Gobierno de La Rioja diseñará e implementará un programa con el objetivo de
disminuir la tasa de suicidios consumados y de tentativas de suicidios en La Rioja.
2. El Gobierno de La Rioja proporcionará los recursos necesarios para realizar un
abordaje integral que proporcione apoyo psicosocial a personas con ideas o con
tentativas previas de suicidio y a familiares y personas allegadas de personas que han
intentado o consumado el suicidio.
3. El Gobierno de La Rioja desarrollará una amplia red de atención integral al
suicidio, preventiva y de intervención, con personas en riesgo suicida, con los familiares,

cve: BOE-A-2023-9773
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Artículo 21.