III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-9749)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Viernes 21 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56337

Administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes o las universidades públicas entre sí o con sujetos de
derecho privado para lograr un fin común. Esta técnica de cooperación se ha acreditado
como especialmente eficiente para la gestión de los recursos públicos desde la
perspectiva de su aprovechamiento racional, la búsqueda de sinergias y la coordinación
de esfuerzos entre las partes.
IX. Que es deseo de ambas instituciones, mediante el uso del instrumento del
convenio, que el INAP ceda el uso de su plataforma de formación basada Moodle al
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Por todo lo anterior, bajo los principios de colaboración y cooperación que deben
presidir las relaciones entre las Administraciones públicas, reconociéndose ambas
partes, en la representación que ostentan, capacidad suficiente para poder formalizar
este convenio,
ACUERDAN
Primera.

Objeto.

El objeto de este convenio es la cesión de uso al Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
Segunda.

Obligaciones asumidas por las partes.

a) La cesión del uso será totalmente gratuita. El convenio no genera compromisos
económicos ni obligaciones financieras para ninguna de las partes.
b) La cesión del uso no supondrá, en ningún caso, la asunción de ninguna otra
obligación para el INAP en el desarrollo y funcionamiento de las actividades formativas
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
No obstante, el INAP garantiza al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana el uso pacífico de la citada plataforma, de tal forma que el INAP protegerá al
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y asumirá toda responsabilidad en
relación con cualquier reclamación de terceras personas, físicas o jurídicas, que
pretendan tener derechos sobre una parte o sobre toda la plataforma.
c) La cesión del uso no podrá, a su vez, ser cedida o transferida a terceros, ni
subrogada a persona alguna, en todo o en parte.
d) La responsabilidad de la gestión y desarrollo de las actividades formativas del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana recaerá en la institución cesionaria.
e) El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como cesionario, antes
de utilizar la plataforma deberá entregar la estimación del número y denominación de las
actividades formativas y del máximo de alumnos que prevé que la empleen en el año en
curso, para así realizar un dimensionamiento adecuado del sistema y evitar posibles
problemas de rendimiento. Para ejercicios futuros, dicha estimación deberá ser remitida
al INAP antes del 30 de octubre del año anterior. En cualquier caso, el cesionario se
compromete a comunicar, lo antes posible, cualquier cambio significativo que se
produzca en dicha estimación.
f) El INAP, por su parte, se reserva el derecho a analizar cualquier aspecto de las
actividades formativas del cesionario que pueda afectar al rendimiento de la plataforma y
a realizar cuantas recomendaciones sean necesarias para la optimización de dicho
rendimiento. Del mismo modo, en casos excepcionales, podrá clausurar un curso si, por
causas técnicas, este afecte negativamente al funcionamiento de la plataforma de
formación.

cve: BOE-A-2023-9749
Verificable en https://www.boe.es

1. Cesión de uso de la plataforma Moodle.
Se ajustará a las siguientes condiciones: