III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-9751)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Instituto de Crédito Oficial, la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, S.M.E., la Compañía Española de Financiación del Desarrollo, COFIDES, SA, S.M.E., y el Banco de España, de cesión de información para el estudio de la eficacia de los instrumentos de apoyo a la internacionalización de empresas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Viernes 21 de abril de 2023

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cedida por Banco de España no contendrá datos personales, tal y como este término se
define en el artículo 4.1 del RGPD.
La Agencia Tributaria solo podrá ceder la información resultante de dicha
anonimización a la AIReF.
Las partes se comprometen a colaborar en la investigación y resolución de las
incidencias de seguridad. En particular, en el caso de detectarse un riesgo inminente o
una incidencia de seguridad que afecten significativamente a los intercambios de
información, las partes podrán interrumpir temporalmente los suministros dando aviso a
la contraparte y comunicándolo de inmediato a la Comisión Mixta de Coordinación y
Seguimiento del convenio.
En el caso de la Agencia Tributaria, el Responsable del Tratamiento a efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es el titular de la Dirección General.
En el caso de la AIReF, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento
General de Protección de Datos es el Director de la División Jurídico-Institucional de la
AIReF.
En el caso de la Secretaria de Estado de Comercio, el Responsable del Tratamiento
a los efectos del Reglamento General de Protección de Datos es don Francisco Javier
Nozal Millán, Delegado de Protección de Datos en el Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo (dpd@mincotur.es).
En el caso del Instituto de Crédito Oficial, el Responsable del Tratamiento a los
efectos del Reglamento General de Protección de Datos es el Instituto de Crédito Oficial
y actuando como punto de contacto el Delegado de Protección de Datos
(Delegado.protecciondatos@ico.es).
En el caso de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA,
SME, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento General de
Protección de Datos es la Data Protection Officer del Grupo CESCE doña Casilda
Lazcano (clazcano@informa.es).
En el caso de la Compañía Española de Financiación del Desarrollo, COFIDES, SA,
SME, el Responsable del Tratamiento a los efectos del Reglamento General de
Protección de Datos es COFIDES, siendo la dirección de contacto
dataprotection@cofides.es.
En el caso del Banco de España, el Responsable del Tratamiento a los efectos del
Reglamento General de Protección de Datos es el Banco de España.
Séptima.

Obligación de sigilo.

Octava. Efectos de los datos suministrados.
El suministro de la Información amparado por este convenio no tendrá otros efectos
que los derivados del objeto y la finalidad para la que la Información fue suministrada. En
consecuencia, no originará derechos ni expectativas de derechos en favor de los
interesados o afectados por la Información suministrada, ni interrumpirá la prescripción
de los derechos u obligaciones a que puedan referirse los procedimientos para los que
se obtuvo aquella. De igual modo, la información suministrada no afectará a lo que

cve: BOE-A-2023-9751
Verificable en https://www.boe.es

1. Cuantas autoridades, funcionarios y resto de personal tengan conocimiento de
los datos o información suministrados en virtud de este convenio estarán obligados al
más estricto y completo sigilo respecto de ellos. La violación de esta obligación implicará
incurrir en las responsabilidades penales, administrativas y civiles que resulten
procedentes.
2. El expediente para conocer de las posibles responsabilidades de cualquier índole
que se pudieran derivar del acceso indebido o de la utilización incorrecta de la
Información suministrada en ejecución de este convenio deberá ser iniciado y concluido,
así como la responsabilidad exigida, en su caso, por la Administración o entidad a la que
pertenezca la autoridad, funcionario u otro tipo de personal responsable de dicha
utilización indebida.