III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-9753)
Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Viernes 21 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56368

Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, esto es, los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. En particular, en relación
a los principios de necesidad y eficacia, se considera conveniente incentivar proyectos
relativos a desarrollos innovadores, incluidos proyectos piloto, consiguiendo con ello,
además de la reducción del consumo de energía final, una menor dependencia
energética y menores emisiones de CO2.
También se adecúa al principio de proporcionalidad, en la medida en que la norma
contiene las actuaciones imprescindibles para el fin que se persigue, estableciendo las
bases reguladoras que permiten articular la concesión de ayudas previstas en la
normativa vigente. De acuerdo con el principio de seguridad jurídica, la norma es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional e internacional.
Respecto al principio de eficiencia, la iniciativa normativa no impone cargas
administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de
los recursos públicos.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre fomento
de la investigación científica y técnica, que actúa como título competencial prevalente.
Asimismo, se dicta a tenor de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª 23.ª y 25.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica, en materia de
legislación básica sobre protección del medioambiente, sin perjuicio de las facultades de
las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección, y sobre las
bases del régimen minero y energético, respectivamente.
En su tramitación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.1 de Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, la Orden ha sido informada por la Abogacía del Estado y por la
Intervención Delegada en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.
En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública,
dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto y finalidad.

1. Constituye el objeto de estas bases la regulación de la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva, para la formalización de préstamos reembolsables
dirigidos a financiar la ejecución de proyectos singulares de renovación de instalaciones
de alumbrado exterior municipal (proyectos singulares de alumbrado municipal), de
acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. La finalidad de este Programa de ayudas es incentivar y promover la realización
de actuaciones singulares de ahorro y eficiencia energética en el sector del alumbrado
exterior municipal, con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, contribuyendo
a alcanzar los objetivos de reducción del consumo de energía final, que fija el artículo 7
de la Directiva 2018/2002/UE, de 11 de diciembre de 2018, y las emisiones de dióxido de
carbono así como fomentar la investigación científica y técnica que permita lograr la
implantación de las soluciones técnicas más avanzadas con el fin de cumplir con los
requisitos más exigentes en ahorro, eficiencia energética y reducción de la

cve: BOE-A-2023-9753
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Artículo 1.