III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-9753)
Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Viernes 21 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56377

sede.idae.gob.es/), en el que también se contendrá la información necesaria para la
cumplimentación de la solicitud y tramitación del expediente.
Las notificaciones a los interesados se realizarán mediante comparecencia en dicho
portal de la sede electrónica del IDAE, en los términos recogidos en el artículo 43 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. El solicitante y el representante, en su caso, podrán acceder a sus expedientes y
a las comunicaciones electrónicas asociadas, mediante certificado electrónico. En el
enlace correspondiente habilitado podrán consultar los documentos presentados y el
estado de tramitación del expediente. Adicionalmente a la puesta a disposición del
interesado de las comunicaciones y notificaciones a través del registro electrónico,
existirá un sistema complementario de alertas por medio de correo electrónico, de
carácter meramente informativo, por lo que carece de efectos jurídicos respecto a su
contenido y fecha de realización.
En este mismo registro, los interesados, tras identificarse electrónicamente de forma
segura, podrán consultar los actos del procedimiento que les sean notificados y efectuar
la presentación de la documentación adicional que pudiera ser requerida por el órgano
actuante.
3. Sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por
el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas, se publicarán en la sede electrónica del IDAE
las resoluciones de desestimación, de concesión y sus posibles modificaciones y demás
actos del procedimiento.
4. En aquellos casos en los que tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las
notificaciones relacionadas con dicho procedimiento se realizarán bajo la modalidad de
notificación por comparecencia electrónica.
5. Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos
electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento, estarán
disponibles en el mencionado portal de ayudas de la sede electrónica del IDAE y
deberán ser obligatoriamente utilizados cuando proceda.
6. En aquellas fases del procedimiento en las que en aras de la simplificación
administrativa se permita la presentación de declaraciones responsables en lugar de
determinada documentación, dichas declaraciones deberán presentarse en formato
electrónico firmado electrónicamente por el declarante.
7. Los solicitantes no estarán obligados a presentar los documentos que ya obren
en poder de las administraciones públicas, de conformidad con lo previsto por los
artículos 28.2 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, debiéndose aportar junto con
la solicitud en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados
documentos, para lo cual indicará el número del expediente que le fue comunicado en
aquella ocasión.
Instrucción del procedimiento. Evaluación y selección de las solicitudes.

1. El órgano competente para el seguimiento, ordenación e instrucción del
procedimiento será la persona titular de la Dirección General del IDAE, en adelante
órgano instructor.
2. La evaluación y selección de las solicitudes se realizará exclusivamente sobre la
documentación aportada por el solicitante con su solicitud y/o la que pudiera habérsele
requerido complementariamente en fase de subsanación.
3. Por tratarse de un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia
competitiva y, como tal, iniciado de oficio, no se admitirán las mejoras voluntarias de la
solicitud. No obstante, el órgano instructor podrá requerir aclaraciones sobre aspectos de
la solicitud que no supongan reformulación ni mejora de ésta.

cve: BOE-A-2023-9753
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Artículo 14.