I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-9554)
Real Decreto 291/2023, de 18 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Universidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 55450

l) Las funciones atribuidas al Ministerio de Universidades en la gestión de
programas operativos cofinanciados por fondos de la Unión Europea en el ámbito
de las universidades.
m) La promoción de las políticas de igualdad, no discriminación y
accesibilidad universal en el ámbito universitario, el impulso de actuaciones y
actividades para conocer la situación de las mujeres respecto a la de los hombres
y el efecto de las políticas públicas puestas en marcha que afectan a las mujeres
en el ámbito universitario en relación a su desarrollo, implantación e impacto, así
como el fomento de la participación de las mujeres en el ámbito universitario e
investigador, en un plano de igualdad, sin perjuicio de las competencias que
corresponden a la Subsecretaría de Universidades.
En particular, ejercerá las siguientes funciones:

a) El impulso del Espacio Europeo de Educación Superior y del Espacio
Iberoamericano del Conocimiento, en coordinación con el Servicio Español para la
Internacionalización de la Educación (SEPIE).
b) La planificación, dirección y gestión de los programas educativos con el
exterior en el ámbito de la educación superior universitaria, en particular el
Programa de Alianza de Universidades Europeas.
c) La coordinación, impulso y seguimiento de la cooperación internacional y
de las relaciones internacionales en materia de educación superior universitaria,
en especial con la Unión Europea y, en particular, la asistencia en la preparación
de las reuniones del Consejo de Educación, Juventud, Cultura y Deporte de la
Unión Europea, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y de las funciones de coordinación y
gestión que corresponden a la Subsecretaría del Departamento.
d) El ejercicio de las competencias del Departamento respecto de los
tratados internacionales, acuerdos internacionales administrativos y acuerdos no
normativos en las materias de educación superior, así como el asesoramiento
sobre la participación española en organismos internacionales sobre dichas
materias, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación y de acuerdo con el principio de unidad de acción en el exterior.
e) La coordinación de acciones en el ámbito de la educación superior
universitaria con la colaboración de los servicios de educación en el exterior
encuadrados en la Consejerías, Agregadurías y Direcciones de programas
existentes en diferentes países de la Administración en el exterior, sin perjuicio de
las competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
f) La coordinación, preparación técnica de los asuntos e informes que
correspondan y el apoyo administrativo a los órganos colegiados en materia
universitaria, así como la elaboración de las normas relativas a las funciones,
organización y funcionamiento de éstos, cuando corresponda.
g) La preparación de la propuesta para el establecimiento de los requisitos
básicos para la creación de universidades públicas y el reconocimiento de
universidades privadas, así como para la creación y reconocimiento de centros
universitarios y las condiciones de los centros en el extranjero o que impartan
enseñanzas con arreglo a sistemas educativos extranjeros.
h) La programación, coordinación y gestión administrativa y económicofinanciera de los programas de ayudas para la formación, movilidad,
perfeccionamiento y ampliación de conocimientos a través de los estudios de
máster, doctorado y postdoctorado, del personal docente e investigador
universitario y del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de
las universidades, así como de otros programas de ayudas destinados a atraer el
talento de personal docente e investigador universitario que ha realizado parte de
su carrera profesional en el extranjero.

cve: BOE-A-2023-9554
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