III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Premios. (BOE-A-2023-9624)
Orden APA/379/2023, de 8 de abril, por la que se que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Miércoles 19 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55748
verdes en los que aparecen marcados, aunque equilibrados, los atributos amargo y
picante.
b) «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra- Frutado Verde
Dulce»:
Dirigido a los aceites que presentan organolépticamente un frutado de intensidad
media-alta, que recuerda a las aceitunas verdes y/o a otras frutas y/o notas verdes en los
que los atributos amargo y picante no se encuentran excesivamente marcados.
c) «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra-Frutado
Maduro»:
Para los aceites que ofrecen en la valoración organoléptica un frutado de intensidad
media-alta que recuerda a las aceitunas maduras y/o a otras frutas/os maduros,
almendrados o no, con los atributos amargo y picante muy poco marcados.
La clasificación en dichas modalidades será llevada a cabo por el panel de catadores
de aceite de oliva virgen extra del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
4. Para los aceites procedentes de la producción ecológica no se establece la
clasificación por modalidades indicada en el apartado anterior, existiendo una única
modalidad «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra Ecológico».
5. El aceite que de las cuatro modalidades, haya obtenido la mejor puntuación en la
fase de cata, contará además con el Premio Especial «Alimentos de España Mejor
Aceite de Oliva Virgen Extra».
1. Podrán participar en estos premios las almazaras autorizadas que tengan su
sede social en España.
2. No será admitido ningún aceite de oliva virgen extra procedente de almazaras
sobre las que exista resolución de retirada de autorización, que haya puesto fin a la vía
administrativa, por los órganos correspondientes de las comunidades autónomas.
3. Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la
campaña especificada en cada convocatoria, según los define el Reglamento (UE)
número 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios. Dichos
aceites deberán cumplir los requisitos que para los aceites de oliva virgen extra,
establece el Reglamento (CEE) número 2568/91 de la Comisión, de 11 de julio de 1991,
relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y
sus métodos de análisis.
4. Los aceites presentados al concurso serán obtenidos de aceitunas recolectadas
en el territorio nacional.
5. Las muestras de aceite de oliva virgen extra que opten al premio deberán
proceder de un lote homogéneo, cuyo tamaño será especificado en la convocatoria. Una
misma almazara podrán presentar a concurso tanto aceite de oliva virgen extra de
producción convencional, como de producción ecológica, pero un mismo lote sólo podrá
optar a una de ellas.
6. Cuando el aceite de un lote homogéneo presentado al concurso esté contenido
en dos o más depósitos, éstos se muestrearán de forma conjunta para la obtención de
una única muestra final. En todo caso, los depósitos deberán encontrarse en el mismo
recinto.
7. En el caso de los aceites de producción ecológica es requisito indispensable que
los solicitantes aporten el certificado en vigor establecido en el artículo 35 del
Reglamento (UE) 2018/848, emitido por la autoridad u organismo de control autorizado
para el control de la producción ecológica en su Comunidad Autónoma, a cuyo control el
cve: BOE-A-2023-9624
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 15. Requisitos.
Núm. 93
Miércoles 19 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55748
verdes en los que aparecen marcados, aunque equilibrados, los atributos amargo y
picante.
b) «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra- Frutado Verde
Dulce»:
Dirigido a los aceites que presentan organolépticamente un frutado de intensidad
media-alta, que recuerda a las aceitunas verdes y/o a otras frutas y/o notas verdes en los
que los atributos amargo y picante no se encuentran excesivamente marcados.
c) «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra-Frutado
Maduro»:
Para los aceites que ofrecen en la valoración organoléptica un frutado de intensidad
media-alta que recuerda a las aceitunas maduras y/o a otras frutas/os maduros,
almendrados o no, con los atributos amargo y picante muy poco marcados.
La clasificación en dichas modalidades será llevada a cabo por el panel de catadores
de aceite de oliva virgen extra del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
4. Para los aceites procedentes de la producción ecológica no se establece la
clasificación por modalidades indicada en el apartado anterior, existiendo una única
modalidad «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra Ecológico».
5. El aceite que de las cuatro modalidades, haya obtenido la mejor puntuación en la
fase de cata, contará además con el Premio Especial «Alimentos de España Mejor
Aceite de Oliva Virgen Extra».
1. Podrán participar en estos premios las almazaras autorizadas que tengan su
sede social en España.
2. No será admitido ningún aceite de oliva virgen extra procedente de almazaras
sobre las que exista resolución de retirada de autorización, que haya puesto fin a la vía
administrativa, por los órganos correspondientes de las comunidades autónomas.
3. Sólo se admitirán a concurso los aceites de oliva virgen extra a granel de la
campaña especificada en cada convocatoria, según los define el Reglamento (UE)
número 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios. Dichos
aceites deberán cumplir los requisitos que para los aceites de oliva virgen extra,
establece el Reglamento (CEE) número 2568/91 de la Comisión, de 11 de julio de 1991,
relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y
sus métodos de análisis.
4. Los aceites presentados al concurso serán obtenidos de aceitunas recolectadas
en el territorio nacional.
5. Las muestras de aceite de oliva virgen extra que opten al premio deberán
proceder de un lote homogéneo, cuyo tamaño será especificado en la convocatoria. Una
misma almazara podrán presentar a concurso tanto aceite de oliva virgen extra de
producción convencional, como de producción ecológica, pero un mismo lote sólo podrá
optar a una de ellas.
6. Cuando el aceite de un lote homogéneo presentado al concurso esté contenido
en dos o más depósitos, éstos se muestrearán de forma conjunta para la obtención de
una única muestra final. En todo caso, los depósitos deberán encontrarse en el mismo
recinto.
7. En el caso de los aceites de producción ecológica es requisito indispensable que
los solicitantes aporten el certificado en vigor establecido en el artículo 35 del
Reglamento (UE) 2018/848, emitido por la autoridad u organismo de control autorizado
para el control de la producción ecológica en su Comunidad Autónoma, a cuyo control el
cve: BOE-A-2023-9624
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 15. Requisitos.