III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Premios. (BOE-A-2023-9624)
Orden APA/379/2023, de 8 de abril, por la que se que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55747

persona o entidad interesada, quien, si acepta la propuesta, deberá presentar la
documentación requerida en la convocatoria antes de la resolución del Premio.
Artículo 12. Requisitos.
1. Podrán participar, según corresponda, explotaciones agrarias, instalaciones
acuícolas, empresas alimentarias y pesqueras, entidades, organizaciones o
asociaciones, con independencia de la forma jurídica que adopten, cuya sede principal
esté situada dentro del territorio nacional, así como las personas físicas que desarrollen
su actividad en España.
2. Para la modalidad recogida en la letra d) del artículo 11 es requisito
indispensable que los solicitantes presenten un certificado en vigor y válido que acredite
que el operador que produce o elabora los productos cumple con la normativa sobre
producción ecológica.
3. En las modalidades recogidas en las letras g) y h) del artículo 11, para medir la
difusión los solicitantes, deberán justificar la audiencia o impactos generados con el fin
de contrastar la repercusión del trabajo. También será requisito necesario la presentación
del curriculum o reseña sobre la trayectoria profesional de los principales impulsores del
trabajo que se presenta a concurso.
Artículo 13.

Selección.

1. La secretaría del Jurado se ocupará de la recepción de las solicitudes y de su
envío a los miembros del jurado para su valoración de acuerdo con los criterios de
evaluación concretados en la correspondiente convocatoria.
2. El jurado valorará de manera individual las solicitudes en las que se recoge la
actividad llevada a cabo por los candidatos. El resultado de las evaluaciones será
enviado a la secretaría del jurado.
3. Una vez recibidas las valoraciones de todos los miembros del jurado, la
Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, como órgano
instructor, elaborará un listado con las candidaturas por modalidades, en el que se
recogerán las puntuaciones obtenidas por cada una de ellas.
4. Posteriormente en reunión del jurado se darán a conocer los resultados
obtenidos y se elaborará el informe definitivo en el que constará, de forma motivada, el
resultado de la evaluación y la propuesta de galardonados.
CAPÍTULO III
«Premio Alimentos de España Mejores Aceites de Oliva Virgen Extra»
Objetivos específicos del premio y modalidades.

1. Con este premio se pretende contribuir a promocionar y mejorar la imagen y
posición en el mercado de los aceites de oliva virgen extra españoles y estimular a los
productores a obtener aceites de calidad.
2. Podrán participar en el concurso tanto aceites de oliva virgen extra de producción
convencional como de producción ecológica. Los solicitantes deberán indicar en su
solicitud si el aceite presentado es de producción convencional o ecológica. En caso de
participar con ambos deberán presentar una solicitud para cada uno de ellos.
3. A efectos de su participación en el concurso, para los aceites de producción
convencional, se establecen las siguientes modalidades:
a) «Premio Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra-Frutado Verde
Amargo».
Destinado a los aceites que se caracterizan organolépticamente por su frutado de
intensidad media-alta, que recuerda a las aceitunas verdes y/o a otras frutas y/o notas

cve: BOE-A-2023-9624
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 14.