III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-9516)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Pontevedra n.º 2, por la que se suspende la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y consiguiente rectificación de la descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55171
Registro de la Propiedad N.º 2 de Pontevedra, de 5 de diciembre de 2.022, acuse recibo
del mismo, lo admita, y tras los trámites oportunos, proceda a rectificarla en los términos
interesados en el cuerpo de este escrito, accediendo a la inscripción denegada; y, de
mantenerse la calificación por la Sra. Registradora del Registro de la Propiedad N.º 2 de
Pontevedra, se le solicita que remita el expediente a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública al que se suplica:
Que tenga por presentado este Recurso, lo admita, y lo estime, acordando revocar la
Nota de Calificación Negativa del Registro de la Propiedad N.º 2 de Pontevedra, de 5 de
diciembre de 2022, acuerde u ordene, practicar la inscripción de la Escritura de
Declaración de Fin de Obra, autorizada por la Sra. Notaria de Vigo, Mónica Alba Castro,
el 26 de enero de 2.022, bajo el 148 de su protocolo, en la que se declara la finalización
de la obra nueva en construcción existente sobre la finca Registral n.º 5450 de Poio, en
el Registro de la Propiedad N.º 2 de Pontevedra, en los términos interesados en este
escrito.»
IV
La registradora de la Propiedad titular de Pontevedra número 2, doña María
Alejandra Castaño Verde, emitió informe ratificando la calificación en todos sus extremos
y elevó el expediente a esta Dirección General.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 198 y 199 de la Ley Hipotecaria; las Resoluciones de la
Dirección General de los Registros y del Notariado de 27 de octubre de 1999, 5 de
marzo de 2012, 19 de julio y 14 de noviembre de 2016, 1 de junio de 2017, 17 de enero
y, 6 de febrero, 16 de mayo y, 20 de julio y, 27 de noviembre y 20 de diciembre de 2018
y 4 de enero, 18 de febrero, 20 de marzo, 23 de abril y 18 de septiembre de 2019, y las
Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 11 de
febrero, 11 de marzo, 31 de julio, 16 y 21 de septiembre y 20 y 26 de noviembre de 2020,
20 de enero, 1 de febrero, 5 y 13 de octubre, 2, 4, 22 y 29 de noviembre y 2, 13, 22 y 23
de diciembre de 2021 y 12 de enero, 23 de febrero, 1 y 15 de marzo, 5, 26 y 29 de abril,
12 y 23 de mayo, 1, 8, 10 y 20 de junio, 6, 7 y 14 de septiembre y 22 de noviembre
de 2022.
1. Se solicita, conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la inscripción de una
declaración de fin de obra, con rectificación de su descripción, solicitando tácitamente la
inscripción de la georreferenciación catastral que se corresponde con la identidad de la
finca registral 5.450 de Poio, al describirla con la superficie que figura en el Catastro,
donde tiene 248 metros cuadrados, cuando en el Registro mide 255 metros cuadrados.
En el Catastro, antes de declararse la obra nueva se describe como una parcela
de 248 metros cuadrados, en los que se ubica una vivienda que ocupa en planta
sótano 49 metros cuadrados, en planta baja 78 metros cuadrados, en planta primera 87
metros cuadrados, en planta segunda 49 metros cuadrados, con un garaje en planta baja
de 17 metros cuadrados. Referencia catastral: 8190032NG2989S0001ZO.
Tras la declaración de obra nueva, cuya inscripción se suspende por la registradora,
la finca se describe como: «Subparcela número doce, procedente de la parcela 118, sita
en la Urbanización (…) en el municipio de Poio (Pontevedra), que ocupa una superficie
de doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados (248 m²), sobre la que se asienta una
vivienda unifamiliar, tipo chalet adosado (tipo A2), que consta de: planta de sótano,
destinada a vivienda, con una superficie construida de 50 metros cuadrados (50 m²);
planta baja, con una superficie construida de noventa y nueve metros cuadrados (99 m²),
de los cuales, ochenta y dos metros cuadrados (82 m²) son a vivienda, y diecisiete
metros cuadrados (17 m²) son a garaje-aparcamiento; planta alta, con una superficie
construida de noventa y cinco metros cuadrados (95 m²), de los cuales, ochenta y seis
cve: BOE-A-2023-9516
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55171
Registro de la Propiedad N.º 2 de Pontevedra, de 5 de diciembre de 2.022, acuse recibo
del mismo, lo admita, y tras los trámites oportunos, proceda a rectificarla en los términos
interesados en el cuerpo de este escrito, accediendo a la inscripción denegada; y, de
mantenerse la calificación por la Sra. Registradora del Registro de la Propiedad N.º 2 de
Pontevedra, se le solicita que remita el expediente a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública al que se suplica:
Que tenga por presentado este Recurso, lo admita, y lo estime, acordando revocar la
Nota de Calificación Negativa del Registro de la Propiedad N.º 2 de Pontevedra, de 5 de
diciembre de 2022, acuerde u ordene, practicar la inscripción de la Escritura de
Declaración de Fin de Obra, autorizada por la Sra. Notaria de Vigo, Mónica Alba Castro,
el 26 de enero de 2.022, bajo el 148 de su protocolo, en la que se declara la finalización
de la obra nueva en construcción existente sobre la finca Registral n.º 5450 de Poio, en
el Registro de la Propiedad N.º 2 de Pontevedra, en los términos interesados en este
escrito.»
IV
La registradora de la Propiedad titular de Pontevedra número 2, doña María
Alejandra Castaño Verde, emitió informe ratificando la calificación en todos sus extremos
y elevó el expediente a esta Dirección General.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 198 y 199 de la Ley Hipotecaria; las Resoluciones de la
Dirección General de los Registros y del Notariado de 27 de octubre de 1999, 5 de
marzo de 2012, 19 de julio y 14 de noviembre de 2016, 1 de junio de 2017, 17 de enero
y, 6 de febrero, 16 de mayo y, 20 de julio y, 27 de noviembre y 20 de diciembre de 2018
y 4 de enero, 18 de febrero, 20 de marzo, 23 de abril y 18 de septiembre de 2019, y las
Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 11 de
febrero, 11 de marzo, 31 de julio, 16 y 21 de septiembre y 20 y 26 de noviembre de 2020,
20 de enero, 1 de febrero, 5 y 13 de octubre, 2, 4, 22 y 29 de noviembre y 2, 13, 22 y 23
de diciembre de 2021 y 12 de enero, 23 de febrero, 1 y 15 de marzo, 5, 26 y 29 de abril,
12 y 23 de mayo, 1, 8, 10 y 20 de junio, 6, 7 y 14 de septiembre y 22 de noviembre
de 2022.
1. Se solicita, conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la inscripción de una
declaración de fin de obra, con rectificación de su descripción, solicitando tácitamente la
inscripción de la georreferenciación catastral que se corresponde con la identidad de la
finca registral 5.450 de Poio, al describirla con la superficie que figura en el Catastro,
donde tiene 248 metros cuadrados, cuando en el Registro mide 255 metros cuadrados.
En el Catastro, antes de declararse la obra nueva se describe como una parcela
de 248 metros cuadrados, en los que se ubica una vivienda que ocupa en planta
sótano 49 metros cuadrados, en planta baja 78 metros cuadrados, en planta primera 87
metros cuadrados, en planta segunda 49 metros cuadrados, con un garaje en planta baja
de 17 metros cuadrados. Referencia catastral: 8190032NG2989S0001ZO.
Tras la declaración de obra nueva, cuya inscripción se suspende por la registradora,
la finca se describe como: «Subparcela número doce, procedente de la parcela 118, sita
en la Urbanización (…) en el municipio de Poio (Pontevedra), que ocupa una superficie
de doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados (248 m²), sobre la que se asienta una
vivienda unifamiliar, tipo chalet adosado (tipo A2), que consta de: planta de sótano,
destinada a vivienda, con una superficie construida de 50 metros cuadrados (50 m²);
planta baja, con una superficie construida de noventa y nueve metros cuadrados (99 m²),
de los cuales, ochenta y dos metros cuadrados (82 m²) son a vivienda, y diecisiete
metros cuadrados (17 m²) son a garaje-aparcamiento; planta alta, con una superficie
construida de noventa y cinco metros cuadrados (95 m²), de los cuales, ochenta y seis
cve: BOE-A-2023-9516
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Núm. 92