III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-9541)
Resolución de 15 de abril de 2023, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 3 de marzo de 2023, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa («Scomber scombrus») de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Pontevedra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 55377

Como se indicaba en el apartado d) del punto Tercero de modalidad de pesca dirigida
A de la Resolución de 3 de marzo de 2023, si a fecha de 31 de marzo de 2023, aquellos
buques relacionados en el anexo de la resolución no hubieran iniciado su actividad,
deberán causar baja en la relación de buques autorizados y el tope de captura que
tuviesen asignado en función del número de tripulantes, sería repartido entre los buques
participantes en esta modalidad A de pesquería dirigida. Con fecha de 4 de abril, se ha
recibido comunicación por parte de la Federación Provincial de Cofradías de Pescadores
de Pontevedra, con el listado de los buques que renuncian a participar en la pesquería
dirigida de caballa con artes de líneas de mano y/o cordel en 2023 y que, por tanto,
deben causar baja del anexo:
– Abuelo Lelo (23239) en el tramo de buques de 3 tripulantes,
– Jordibola (26830), Meromar (24786), Varamar (25986) y Nuevo Coral (23141) en el
tramo de 4 tripulantes y
– Hermanos Mascato Dos (26823), Mascato Tres (26648), Xon (24198), Tucan Dous
(26889), Xandeiro (15269), Nuevo Alcamar (22739), Playa de Sanxenxo (24753),
Rojumar (27748), Nuevo Camarón Dos (23003) en el tramo correspondiente a buques
a 5 tripulantes.
Asimismo, según informa la Federación Provincial en ese mismo comunicado, el
buque Nuevo Maresco (26838) está participando en la campaña con 4 tripulantes en
lugar de con los 5 que había expresado en su declaración, por lo que se debe modificar
su ubicación en el tramo adecuado del anexo.
El tope de captura para la modalidad A de pesca dirigida pasa a ser de 3.309,09 kg
por tripulante. El tope máximo por embarcación resultará de multiplicar la cantidad
anterior por el número de tripulantes enrolados y a bordo.
Por todo ello, procede modificar los apartados Segundo y Tercero de la Resolución
de 3 de marzo de 2023 así como el anexo correspondiente al listado de barcos de otras
artes distintas del arrastre y del cerco que pueden hacer pesca dirigida de caballa
para 2023 en la provincia de Pontevedra.
En virtud de lo anterior, la Secretaría General de Pesca, a propuesta de la
Federación Provincial de Cofradías de Pescadores de Pontevedra, para los buques de la
modalidad de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de
Pontevedra, y oído el sector afectado, resuelve lo siguiente:
Primero.
Se modifica el apartado Tercero de la Resolución de 3 de marzo de 2023 que queda
como sigue:
«La cuota adaptada definitiva de caballa en 2023 para los barcos objeto de
esta resolución es de 610.102 kg.»
Segundo.

«Para la pesca dirigida se asigna la cantidad de 522.717,45 kg, que a su vez
se distribuye en las siguientes modalidades:
A. Se destinan 473.200,11 kg para los buques relacionados en el anexo que
realizan pesca dirigida con líneas de mano y/o cordel, estableciéndose como fecha
límite para realizar las capturas las 00:00 horas del día 29 de abril de 2023:
a) Para esta modalidad se establece un tope de capturas de caballa
de 3.309,09 kg por tripulante, cuyo tope máximo por embarcación resultará de
multiplicar la cantidad anterior por el número de tripulantes enrolados y a bordo.

cve: BOE-A-2023-9541
Verificable en https://www.boe.es

Se modifica el apartado Tercero de la Resolución de 3 de marzo de 2023 que queda
como sigue: