III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-9543)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A, por la que se publica el Convenio de entrega de las infraestructuras necesarias y ejecución de obras para la gestión del servicio público de abastecimiento de agua potable en alta del sistema del Quiebrajano por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir Organismo Autónomo a la Diputación Provincial de Jaén.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55392
– Estabilización deslizamiento depósitos del Reventón.
– Adecuación mantenimiento y reparación del canal del Quiebrajano.
– Renovación equipos de lavado en filtros de arena ETAP de Jaén.
Dicho coste será financiado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con
cargo a la partida presupuestaria 452 A-611, y distribuido en las siguientes anualidades:
Año
Importe
–
Euros
2023
100.000
2024 2.900.000
A los efectos de la definición del coste amparado por el presente convenio, se
entenderá como comprendido, el correspondiente a la realización de las obras,
incluyendo, el de indemnización por expropiaciones y ocupaciones necesarias,
indemnizaciones, intereses de demora en el pago de certificaciones y gastos, redacción
de los proyectos que sean necesarios, dirección de obras y cualquier otro que guarde
relación directa con estos.
Para la Dirección de los trabajos de redacción de los proyectos y dirección de las
obras se contará con la participación de los técnicos que designe la Diputación
Provincial.
Tercero. Obligaciones que asume la Diputación Provincial de Jaén.
La Diputación Provincial de Jaén para mejorar la eficiencia de la gestión pública y
facilitar la utilización conjunta de medios y del servicio público de abastecimiento de
agua, contribuyendo a la realización de actividades de utilidad pública, de conformidad
con los acuerdos adoptados por los Ayuntamientos, solicitando la coordinación especial
mediante la prestación unificada del servicio mínimo de carácter obligatorio de
Abastecimiento de agua potable en Alta, como forma especial de prestación y delegando
las facultades de prestación del referido servicio público de competencia municipal en la
Diputación Provincial, que asumirá la gestión integral del servicio público de
abastecimiento de agua potable en alta a la población de los municipios integrados en el
sistema del Quiebrajano, al día siguiente de la recepción por parte de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir de las obras de «Adecuación, Rehabilitación y Mejora del
Sistema Quiebrajano» recogidas en el apartado Segundo.
Se establece un periodo máximo de tres meses desde la asunción de la gestión por
la Diputación Provincial para la efectiva prestación del servicio de abastecimiento de
agua en alta, a través de su instrumento de gestión, período en el que se coordinarán
todas las actuaciones necesarias para el cese por la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir de las tareas necesarias para la prestación del referido servicio y el inicio
por la Diputación Provincial del mismo.
Desde ese momento, la Diputación Provincial asume la totalidad de los gastos y
cargas económicas producidas en la gestión y explotación del abastecimiento, sin
perjuicio de su repercusión a los ayuntamientos a los que se les presta el servicio de
abastecimiento de agua en alta.
Cuarto. Obligaciones que asume la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir hace entrega a la Diputación Provincial
de Jaén con carácter permanente de las infraestructuras de las que es titular actualmente
existentes necesarias para la prestación del Servicio de abastecimiento de agua en alta,
según relación de instalaciones e infraestructuras del Sistema de Abastecimiento del
Quiebrajano, que se contienen en el anexo I y que forma parte de este convenio, así como de
cve: BOE-A-2023-9543
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55392
– Estabilización deslizamiento depósitos del Reventón.
– Adecuación mantenimiento y reparación del canal del Quiebrajano.
– Renovación equipos de lavado en filtros de arena ETAP de Jaén.
Dicho coste será financiado por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con
cargo a la partida presupuestaria 452 A-611, y distribuido en las siguientes anualidades:
Año
Importe
–
Euros
2023
100.000
2024 2.900.000
A los efectos de la definición del coste amparado por el presente convenio, se
entenderá como comprendido, el correspondiente a la realización de las obras,
incluyendo, el de indemnización por expropiaciones y ocupaciones necesarias,
indemnizaciones, intereses de demora en el pago de certificaciones y gastos, redacción
de los proyectos que sean necesarios, dirección de obras y cualquier otro que guarde
relación directa con estos.
Para la Dirección de los trabajos de redacción de los proyectos y dirección de las
obras se contará con la participación de los técnicos que designe la Diputación
Provincial.
Tercero. Obligaciones que asume la Diputación Provincial de Jaén.
La Diputación Provincial de Jaén para mejorar la eficiencia de la gestión pública y
facilitar la utilización conjunta de medios y del servicio público de abastecimiento de
agua, contribuyendo a la realización de actividades de utilidad pública, de conformidad
con los acuerdos adoptados por los Ayuntamientos, solicitando la coordinación especial
mediante la prestación unificada del servicio mínimo de carácter obligatorio de
Abastecimiento de agua potable en Alta, como forma especial de prestación y delegando
las facultades de prestación del referido servicio público de competencia municipal en la
Diputación Provincial, que asumirá la gestión integral del servicio público de
abastecimiento de agua potable en alta a la población de los municipios integrados en el
sistema del Quiebrajano, al día siguiente de la recepción por parte de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir de las obras de «Adecuación, Rehabilitación y Mejora del
Sistema Quiebrajano» recogidas en el apartado Segundo.
Se establece un periodo máximo de tres meses desde la asunción de la gestión por
la Diputación Provincial para la efectiva prestación del servicio de abastecimiento de
agua en alta, a través de su instrumento de gestión, período en el que se coordinarán
todas las actuaciones necesarias para el cese por la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir de las tareas necesarias para la prestación del referido servicio y el inicio
por la Diputación Provincial del mismo.
Desde ese momento, la Diputación Provincial asume la totalidad de los gastos y
cargas económicas producidas en la gestión y explotación del abastecimiento, sin
perjuicio de su repercusión a los ayuntamientos a los que se les presta el servicio de
abastecimiento de agua en alta.
Cuarto. Obligaciones que asume la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir hace entrega a la Diputación Provincial
de Jaén con carácter permanente de las infraestructuras de las que es titular actualmente
existentes necesarias para la prestación del Servicio de abastecimiento de agua en alta,
según relación de instalaciones e infraestructuras del Sistema de Abastecimiento del
Quiebrajano, que se contienen en el anexo I y que forma parte de este convenio, así como de
cve: BOE-A-2023-9543
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 92