III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-9543)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A, por la que se publica el Convenio de entrega de las infraestructuras necesarias y ejecución de obras para la gestión del servicio público de abastecimiento de agua potable en alta del sistema del Quiebrajano por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir Organismo Autónomo a la Diputación Provincial de Jaén.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55391
prestación y, delegando las facultades de prestación del servicio público de
abastecimiento de agua en alta de competencia municipal, una vez que por la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se realice la entrega a la Diputación
Provincial de las infraestructuras necesarias para prestar el referido servicio público.
Como consecuencia de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y
los Ayuntamientos de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Fuerte del Rey, Lahiguera, Higuera de
Calatrava, Jaén, Lopera, Porcuna, Santiago de Calatrava, y Villardompardo han
extinguido el Convenio suscrito en diciembre de 1987.
En base a los antecedentes expuestos, y en virtud de lo establecido en la
Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes
intervinientes a través de las representaciones expresadas,
ACUERDAN
Primero.
Objeto.
Segundo.
Ejecución y financiación.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir asume la ejecución de las siguientes
obras de «Adecuación, Rehabilitación y Mejora del Sistema Quiebrajano», por importe
de tres millones de euros (3.000.000 €) y que consisten en:
– Automatismo y telecontrol del sistema Víboras-Quiebrajano.
– Acondicionamiento depósito antiguo ETAP de Jaén.
– Acondicionamiento sondeos de La Merced.
cve: BOE-A-2023-9543
Verificable en https://www.boe.es
Es objeto del presente convenio la ejecución por parte de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir de las obras que se describen en el Acuerdo Segundo y su
posterior entrega a la Diputación Provincial de Jaén y que son necesarias para la gestión
del servicio público de abastecimiento de agua potable en alta del sistema
supramunicipal del Quiebrajano.
La citada entidad local prestará el referido servicio público de competencia municipal
a los once municipios del sistema del Quiebrajano, de conformidad con los Acuerdos
adoptados por los mismos, mediante los que han solicitado a la Diputación Provincial de
Jaén la coordinación especial mediante la prestación unificada del servicio mínimo de
carácter obligatorio de Abastecimiento de agua potable en Alta, como forma especial de
prestación y, delegando las facultades de prestación del referido servicio.
Las instalaciones e infraestructuras que ha estado gestionando y explotando la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, como titular de las mismas, para la
prestación del servicio de abastecimiento de agua en alta a las poblaciones del sistema
del Quiebrajano y, que figuran relacionadas en el anexo I de este convenio, serán
entregadas a la Diputación Provincial de Jaén para que ésta preste el referido servicio
público a los municipios de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Fuerte del Rey, Lahiguera,
Higuera de Calatrava, Jaén, Lopera, Porcuna, Santiago de Calatrava, y Villardompardo,
en las fechas que se detallan en el presente convenio, asumiendo la Diputación el
mantenimiento, la conservación y demás actuaciones que requieran la correcta
prestación del servicio.
La entrega se efectuará una vez acordada la cesión conforme a lo dispuestos en los
artículos 145 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir dejará de realizar las actividades,
que con carácter temporal, venía realizando, ejerciendo exclusivamente las funciones
correspondientes a los Organismos de Cuenca previstos en el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Aguas.
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55391
prestación y, delegando las facultades de prestación del servicio público de
abastecimiento de agua en alta de competencia municipal, una vez que por la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir se realice la entrega a la Diputación
Provincial de las infraestructuras necesarias para prestar el referido servicio público.
Como consecuencia de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y
los Ayuntamientos de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Fuerte del Rey, Lahiguera, Higuera de
Calatrava, Jaén, Lopera, Porcuna, Santiago de Calatrava, y Villardompardo han
extinguido el Convenio suscrito en diciembre de 1987.
En base a los antecedentes expuestos, y en virtud de lo establecido en la
Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes
intervinientes a través de las representaciones expresadas,
ACUERDAN
Primero.
Objeto.
Segundo.
Ejecución y financiación.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir asume la ejecución de las siguientes
obras de «Adecuación, Rehabilitación y Mejora del Sistema Quiebrajano», por importe
de tres millones de euros (3.000.000 €) y que consisten en:
– Automatismo y telecontrol del sistema Víboras-Quiebrajano.
– Acondicionamiento depósito antiguo ETAP de Jaén.
– Acondicionamiento sondeos de La Merced.
cve: BOE-A-2023-9543
Verificable en https://www.boe.es
Es objeto del presente convenio la ejecución por parte de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir de las obras que se describen en el Acuerdo Segundo y su
posterior entrega a la Diputación Provincial de Jaén y que son necesarias para la gestión
del servicio público de abastecimiento de agua potable en alta del sistema
supramunicipal del Quiebrajano.
La citada entidad local prestará el referido servicio público de competencia municipal
a los once municipios del sistema del Quiebrajano, de conformidad con los Acuerdos
adoptados por los mismos, mediante los que han solicitado a la Diputación Provincial de
Jaén la coordinación especial mediante la prestación unificada del servicio mínimo de
carácter obligatorio de Abastecimiento de agua potable en Alta, como forma especial de
prestación y, delegando las facultades de prestación del referido servicio.
Las instalaciones e infraestructuras que ha estado gestionando y explotando la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, como titular de las mismas, para la
prestación del servicio de abastecimiento de agua en alta a las poblaciones del sistema
del Quiebrajano y, que figuran relacionadas en el anexo I de este convenio, serán
entregadas a la Diputación Provincial de Jaén para que ésta preste el referido servicio
público a los municipios de Arjona, Arjonilla, Escañuela, Fuerte del Rey, Lahiguera,
Higuera de Calatrava, Jaén, Lopera, Porcuna, Santiago de Calatrava, y Villardompardo,
en las fechas que se detallan en el presente convenio, asumiendo la Diputación el
mantenimiento, la conservación y demás actuaciones que requieran la correcta
prestación del servicio.
La entrega se efectuará una vez acordada la cesión conforme a lo dispuestos en los
artículos 145 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir dejará de realizar las actividades,
que con carácter temporal, venía realizando, ejerciendo exclusivamente las funciones
correspondientes a los Organismos de Cuenca previstos en el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Aguas.