II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-9435)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 54848

De conformidad con el apartado 11 del artículo 3 del Real Decreto 407/2022 de 24 de
mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, las personas
aspirantes que alcancen el 60 por ciento de la puntuación máxima prevista para el
correspondiente ejercicio y no aprobaran la fase de oposición, podrán conservar dicha
puntuación para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el
contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha
conservado la nota sean análogos.
Las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad
que superen algún ejercicio, con una nota superior al 60 por ciento de la calificación
máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar dicha nota para la
convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la
forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean
análogos.
1.2

Fase de curso selectivo y período de prácticas.

1.3

Calificación final.

La calificación final en el proceso selectivo de los aspirantes de acceso libre que
hayan superado el curso selectivo vendrá determinada por la puntuación obtenida en la
fase de oposición, ordenándose según el orden de prelación resultante de la suma total
de sus calificaciones.

cve: BOE-A-2023-9435
Verificable en https://www.boe.es

Los aspirantes que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo
correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará Resolución
para regular su desarrollo y contenido, estableciendo en la misma la fecha de inicio y
lugar de realización.
En el curso selectivo se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las
funciones propias del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad
Social. De acuerdo con lo establecido en el III Plan para la igualdad de género en la
Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o
dependientes de ella, el curso selectivo incluirá un módulo sobre diversidad sexual y otro
sobre género.
Al finalizar el curso selectivo, los aspirantes serán evaluados por la Subsecretaría de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes emitidos por los
responsables de las unidades en que se realice el citado curso. La calificación será de
apto o no apto.
Finalizado el curso selectivo y el período de prácticas, los aspirantes que los
hubieran superado permanecerán realizando prácticas hasta la fecha de nombramiento
en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante, los aspirantes que hubieran optado por
percibir las retribuciones del puesto de origen regresarán al mismo hasta la publicación
de los nombramientos.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos o periodos de
prácticas en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, debiendo el aspirante
optar por realizar un curso selectivo u otro.
La Resolución que regule el contenido, desarrollo, duración y modo de evaluación del
curso selectivo podrá considerar no lectivo el mes de agosto.