II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. (BOE-A-2023-9435)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 54847

Cuarto ejercicio: Consistirá en exponer oralmente cuatro temas extraídos al azar de
los que forman la parte específica contenidos en el anexo II:
– Dos temas del epígrafe: «Seguridad Social» (temas 1 al 50),
– Un tema correspondiente al epígrafe «Derecho Administrativo» (temas 51 al 67) y
– Un tema correspondiente al epígrafe «Derecho del Trabajo y jurisdicción social»
(temas 68 al 87).
El tiempo para la realización del ejercicio será de una hora.
Los opositores dispondrán de un período de diez minutos, inmediatamente previo a la
exposición oral, para la preparación de este ejercicio sin que puedan consultar ninguna clase
de textos o apuntes. La exposición de los temas se efectuará respetando el orden de su
extracción. Durante la exposición podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan realizado.
Una vez desarrollado el primer tema o transcurridos quince minutos de la exposición,
el tribunal podrá decidir en cualquier momento que el aspirante abandone la prueba por
estimar su actuación notoriamente insuficiente.
Finalizada la intervención, el tribunal podrá dialogar con el opositor, durante un
período máximo de diez minutos, sobre aspectos por él expuestos o relacionados con los
temas desarrollados.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos
expuestos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
De conformidad con el apartado 5 del artículo 3 del Real Decreto 407/2022 de 24 de
mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, por el que se
establece que, con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de los procesos
selectivos, las convocatorias deberán posibilitar la realización de pruebas coincidentes
en el tiempo, la celebración del segundo y del tercer ejercicio podrá coincidir en la misma
jornada. En atención al carácter eliminatorio de todos los ejercicios de los procesos
selectivos, para que el tercer ejercicio sea evaluado, será requisito indispensable haber
superado el segundo ejercicio.
En los ejercicios en los que exista un llamamiento único, decaerán en su derecho los
opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal que
podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Calificación de los ejercicios:
Los ejercicios de la oposición, todos ellos eliminatorios, se calificarán de la siguiente
manera:
En el primer ejercicio, cada parte se evaluará de cero a cinco puntos, siendo
necesario para aprobar obtener, como mínimo, dos puntos en cada una de las partes y
una puntuación total del ejercicio igual o superior a cinco puntos.
El segundo ejercicio se calificará de cero a cinco puntos siendo necesario para
aprobar obtener, como mínimo, dos puntos y medio.
El tercer ejercicio se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar
obtener, como mínimo, cinco puntos. El ejercicio de cada aspirante será corregido por los
dos tribunales, de forma que la puntuación que se asigne a cada opositor será la
calificación media de ambos.
El cuarto ejercicio se calificará de cero a diez puntos siendo necesario para aprobar
obtener, como mínimo, cinco puntos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá en primer lugar teniendo en cuenta la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio. Si persistiera el
empate a puntos, éste se dirimirá finalmente atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en el tercero, cuarto y segundo ejercicio y, en último término, por sorteo entre las
personas aspirantes interesadas.

cve: BOE-A-2023-9435
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Núm. 92