I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Parques Nacionales. (BOE-A-2023-9415)
Real Decreto 253/2023, de 4 de abril, por el que se establece la imagen corporativa e identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 54358

los parques, en particular, y por la población, en general. Acorde con el principio de
proporcionalidad, el articulado y las disposiciones contenidas son las imprescindibles, sin
que afecte a los derechos y deberes de la ciudadanía. Igualmente se respetan los
principios de seguridad jurídica y transparencia, puesto que su contenido es coherente
con el resto del ordenamiento jurídico; el proyecto fue objeto de información pública y de
audiencia directa de acuerdo con lo previsto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27
de noviembre, del Gobierno, que da cumplimiento, asimismo, a lo establecido en la
Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la
información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio
ambiente. También se otorgó audiencia a las comunidades autónomas en virtud del
deber de cooperación regulado en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. En aplicación del principio de eficiencia, no
existe incremento de cargas administrativas y se racionaliza la gestión de los recursos
públicos.
Se ha sometido a deliberación del Consejo de la Red de Parques Nacionales, se ha
emitido informe por el Ministerio de Política Territorial y por la Oficina de Coordinación y
Calidad Normativa del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática, en virtud de lo previsto en los artículos 26.5.6.º y 26.9 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, respectivamente.
Este real decreto se dicta en virtud del artículo 149.1.23.ª de la Constitución
Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación
básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las
comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, de
acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su
reunión del día 4 de abril de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1.

Objeto.

Este real decreto tiene por objeto establecer la imagen corporativa e identidad gráfica
de la Red de Parques Nacionales, regular el uso de los elementos básicos de la misma y
aprobar el contenido básico del manual de identidad corporativa que la desarrolla.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.

a) La emisión, elaboración o utilización de documentos, modelos normalizados y
material impreso.
b) Las informaciones, publicaciones, comunicaciones o cualquier otro tipo de
expresión en cualesquiera soportes, incluidos los audiovisuales o telemáticos, así como
los carteles y señalizaciones que elaboren o utilicen.
c) Los medios materiales y vestuario de personal cuyo uso será obligatorio para, al
menos, aquellos profesionales de la Red que desarrollen labores en contacto con el
público.

cve: BOE-A-2023-9415
Verificable en https://www.boe.es

1. Las administraciones gestoras de los parques nacionales, el Organismo
Autónomo Parques Nacionales y los órganos colegiados previstos en la Ley 30/2014,
de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, en lo relativo a la imagen corporativa e
identidad gráfica de la Red, se ajustarán a lo previsto en el presente real decreto en lo
concerniente a: