I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Parques Nacionales. (BOE-A-2023-9415)
Real Decreto 253/2023, de 4 de abril, por el que se establece la imagen corporativa e identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Martes 18 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 54357

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Real Decreto 253/2023, de 4 de abril, por el que se establece la imagen
corporativa e identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales.

La Red de Parques Nacionales es un sistema integrado por aquellos espacios
declarados parques nacionales, su marco normativo básico y el sistema de relaciones
necesario para su funcionamiento, cuya finalidad primordial es garantizar, como legado
para las generaciones futuras, la conservación de una muestra representativa de los
principales sistemas naturales españoles. La singularidad de estos espacios naturales
protegidos hace que se les haya dotado de un marco normativo propio y específico, así
como de una imagen distintiva que los identifica y resalta el valor y apreciación social
que han adquirido.
La importancia de la comunicación y la trascendencia de la imagen en las
organizaciones actuales, especialmente en las administraciones públicas, así como la
necesidad del sistema que forma la Red de Parques Nacionales de reafirmar su carácter
diferencial, hacen necesario establecer su imagen corporativa e identidad gráfica y
regular el uso de los elementos básicos de la misma con la pretensión de mejorar y
unificar la proyección exterior de dicha Red.
El artículo 17 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales,
dispone que el Gobierno, por real decreto, establecerá la imagen corporativa e
identidad gráfica de la Red de Parques Nacionales. Uno de los objetivos estratégicos
de los parques nacionales recogido en el Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre,
por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, es
mantener y potenciar la imagen corporativa e identidad gráfica común de la Red para
que sea reconocida y apreciada por los visitantes de los parques en particular y por
la población en general.
La imagen corporativa es percibida por el ciudadano a través de la comunicación
visual, proceso mediante el que puede distinguir de manera clara y concluyente cuáles
son las actividades realizadas y servicios prestados por esa institución. Con la regulación
de una imagen corporativa se facilitará la identificación de la Red de Parques Nacionales
y de cada uno de los parques que la componen, reconociendo la individualidad de cada
uno dentro de su singularidad, manteniendo a la vez una imagen global.
Es necesario que la imagen corporativa de la Red de Parques Nacionales actúe
como un elemento de cohesión, moderno y homogéneo, fácilmente reconocible para los
ciudadanos y para el resto de las instituciones. Con ello se conseguirá asegurar la
correcta identificación de los parques nacionales y de la Red que constituyen, evitando la
confusión por la falta de una identificación homogénea y consiguiendo una proyección
externa coherente.
Este real decreto define su objeto, ámbito de aplicación, los elementos básicos de la
imagen corporativa, la regulación de su uso, así como su defensa y la compatibilidad con
otras normas de imagen institucional. Figura entre las propuestas normativas incluidas
en el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para el año 2022 y
se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cumple con los principios de necesidad y eficacia, dado que con su aprobación se
cumple el mandato del artículo 17 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, y se consigue
garantizar la homogeneidad de una imagen e identidad como elemento diferenciador de
la Red de Parques Nacionales para que sea reconocida y apreciada por los visitantes de

cve: BOE-A-2023-9415
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