III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-9392)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio en materia de gestión electoral con la Generalitat de Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Lunes 17 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 54216
entidades menores descentralizadas, si la concurrencia se produce con unas elecciones
al Parlament de Catalunya o al Consejo General de Arán, las dos Administraciones
asumirán el coste de las retribuciones de forma que la cantidad que aporte el Ministerio
del Interior para cada una de estas personas no podrá superar, en ningún caso, el 50%
del tope máximo establecido en las Instrucciones Económico Administrativas del
Ministerio del Interior.
8.1.3 Seguro. Ambas Administraciones cubrirán a aquellos de sus empleadas y
empleados públicos que ejerzan las funciones de representante de la Administración por
el sistema de seguridad social durante el tiempo y las jornadas en las que desempeñen
dichas funciones. El Ministerio del Interior asumirá el coste del seguro de los
representantes de la Administración que no sean empleadas y empleados públicos.
8.1.4 Formación. La Administración de la Generalitat colaborará con la Delegación
del Gobierno en la organización de las sesiones de formación necesarias para las
personas que ejerzan la función de los representantes de la Administración, asumiendo
los costes que pudieran derivarse por aspectos no comunes a los procesos
concurrentes, y proporcionará los locales adecuados cuando fuera necesario en
coordinación con la Delegación del Gobierno.
8.2 Dispositivos móviles. Cuando esté prevista la utilización de dispositivos
móviles para la transmisión de la información, ambas Administraciones incluirán en los
pliegos de licitación del contrato de servicios para la difusión de los resultados del
escrutinio provisional, una previsión que establezca que en la oferta económica se
deberá desglosar el coste del dispositivo móvil y que, si resultase adjudicatario de todos
los procesos concurrentes, podrán autorizar la cesión del uso del dispositivo para la
transmisión de datos al otro poder público convocante, sin que ello suponga un coste
añadido de ningún tipo ni para la administración cedente, ni para la cesionaria. Esta
cesión no incluye el coste de las comunicaciones para la transmisión de los datos desde
el dispositivo móvil.
8.3 Punto de control periférico. El Ministerio del Interior pondrá a disposición de la
Administración de la Generalitat de Catalunya, un punto de control periférico (PCP) por
provincia, en la ubicación que ella determine, para el seguimiento del flujo de envío y
recepción de la información correspondiente a los procesos de competencia estatal.
Del mismo modo, en consideración a las tareas de seguimiento de la jornada
electoral por la Delegación del Gobierno, la Administración de la Generalitat de
Catalunya pondrá a disposición del Ministerio del Interior un PCP en las mismas
condiciones expresadas.
En ambos casos, la instalación deberá respetar los requisitos de seguridad exigidos
por ambas Administraciones.
9.
Concreción de otros aspectos de la colaboración.
9.1
Intercambio de datos de resultados.
Cada una de las Administraciones, como responsable de su proceso electoral,
ostenta la competencia exclusiva de anunciar y hacer públicos los datos de participación
y los resultados provisionales respectivos.
Ambas Administraciones se facilitarán los datos de participación y los resultados
provisionales propios en tiempo real, en formato electrónico y donde cada una de ellas
determine para su recepción y con una estructura de datos previamente acordada.
9.1.2
Resultados de las elecciones a entidades locales menores.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de la Junta Electoral
Central de 7 de julio de 2022, en el que señala que «la Dirección General de Política
cve: BOE-A-2023-9392
Verificable en https://www.boe.es
9.1.1 Resultados de las elecciones al Parlament de Catalunya y de las elecciones
de competencia estatal.
Núm. 91
Lunes 17 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 54216
entidades menores descentralizadas, si la concurrencia se produce con unas elecciones
al Parlament de Catalunya o al Consejo General de Arán, las dos Administraciones
asumirán el coste de las retribuciones de forma que la cantidad que aporte el Ministerio
del Interior para cada una de estas personas no podrá superar, en ningún caso, el 50%
del tope máximo establecido en las Instrucciones Económico Administrativas del
Ministerio del Interior.
8.1.3 Seguro. Ambas Administraciones cubrirán a aquellos de sus empleadas y
empleados públicos que ejerzan las funciones de representante de la Administración por
el sistema de seguridad social durante el tiempo y las jornadas en las que desempeñen
dichas funciones. El Ministerio del Interior asumirá el coste del seguro de los
representantes de la Administración que no sean empleadas y empleados públicos.
8.1.4 Formación. La Administración de la Generalitat colaborará con la Delegación
del Gobierno en la organización de las sesiones de formación necesarias para las
personas que ejerzan la función de los representantes de la Administración, asumiendo
los costes que pudieran derivarse por aspectos no comunes a los procesos
concurrentes, y proporcionará los locales adecuados cuando fuera necesario en
coordinación con la Delegación del Gobierno.
8.2 Dispositivos móviles. Cuando esté prevista la utilización de dispositivos
móviles para la transmisión de la información, ambas Administraciones incluirán en los
pliegos de licitación del contrato de servicios para la difusión de los resultados del
escrutinio provisional, una previsión que establezca que en la oferta económica se
deberá desglosar el coste del dispositivo móvil y que, si resultase adjudicatario de todos
los procesos concurrentes, podrán autorizar la cesión del uso del dispositivo para la
transmisión de datos al otro poder público convocante, sin que ello suponga un coste
añadido de ningún tipo ni para la administración cedente, ni para la cesionaria. Esta
cesión no incluye el coste de las comunicaciones para la transmisión de los datos desde
el dispositivo móvil.
8.3 Punto de control periférico. El Ministerio del Interior pondrá a disposición de la
Administración de la Generalitat de Catalunya, un punto de control periférico (PCP) por
provincia, en la ubicación que ella determine, para el seguimiento del flujo de envío y
recepción de la información correspondiente a los procesos de competencia estatal.
Del mismo modo, en consideración a las tareas de seguimiento de la jornada
electoral por la Delegación del Gobierno, la Administración de la Generalitat de
Catalunya pondrá a disposición del Ministerio del Interior un PCP en las mismas
condiciones expresadas.
En ambos casos, la instalación deberá respetar los requisitos de seguridad exigidos
por ambas Administraciones.
9.
Concreción de otros aspectos de la colaboración.
9.1
Intercambio de datos de resultados.
Cada una de las Administraciones, como responsable de su proceso electoral,
ostenta la competencia exclusiva de anunciar y hacer públicos los datos de participación
y los resultados provisionales respectivos.
Ambas Administraciones se facilitarán los datos de participación y los resultados
provisionales propios en tiempo real, en formato electrónico y donde cada una de ellas
determine para su recepción y con una estructura de datos previamente acordada.
9.1.2
Resultados de las elecciones a entidades locales menores.
Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de la Junta Electoral
Central de 7 de julio de 2022, en el que señala que «la Dirección General de Política
cve: BOE-A-2023-9392
Verificable en https://www.boe.es
9.1.1 Resultados de las elecciones al Parlament de Catalunya y de las elecciones
de competencia estatal.