III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-9394)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio en materia de gestión electoral con la Comunidad Autónoma de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Lunes 17 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 54241

superar, en ningún caso, el tope máximo establecido en las Instrucciones Económico
Administrativas del Ministerio del Interior.
8.1.3 Seguro. Ambas Administraciones cubrirán a aquellos de sus empleadas y
empleados públicos que ejerzan las funciones de representante de la Administración por
el sistema de seguridad social durante el tiempo y las jornadas en las que desempeñen
dichas funciones, entendiéndose las mismas como servicios extraordinarios de su puesto
de trabajo habitual. La Administración General del Estado (Ministerio del Interior) asumirá
el coste del seguro de los representantes de la Administración que no sean empleadas y
empleados públicos.
8.1.4 Formación. La Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia
colaborará con la Delegación del Gobierno en la organización de las sesiones de
formación necesarias para las personas que ejerzan la función de representantes de la
Administración, asumiendo los costes que pudieran derivarse por aspectos no comunes
a los procesos concurrentes, y proporcionará los locales adecuados cuando fuera
necesario en coordinación con la Delegación del Gobierno.
8.2 Dispositivos móviles. Cuando esté prevista la utilización de dispositivos
móviles para la trasmisión de la información, ambas Administraciones incluirán en los
pliegos de licitación del contrato de servicios para la difusión de los resultados del
escrutinio provisional, una previsión que establezca que en la oferta económica se
deberá desglosar el coste del dispositivo móvil y que, si resultase adjudicatario de todos
los procesos concurrentes, podrán autorizar la cesión del uso del dispositivo para la
transmisión de datos al otro poder público convocante, sin que ello suponga un coste
añadido de ningún tipo ni para la Administración cedente, ni para la cesionaria. Esta
cesión no incluye el coste de las comunicaciones para la trasmisión de los datos desde
el dispositivo móvil.
8.3 Punto de control periférico. La Administración General del Estado (Ministerio
del Interior) pondrá a disposición de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Galicia, un punto de control periférico (PCP) por provincia, en la ubicación que ella
determine, para el seguimiento del flujo de envío y recepción de la información
correspondiente a los procesos de competencia estatal.
Del mismo modo, en consideración a las tareas de seguimiento de la jornada
electoral por la Delegación del Gobierno, la Administración de la Comunidad Autónoma
de Galicia pondrá a disposición de la Administración General del Estado (Ministerio del
Interior) un PCP en las mismas condiciones expresadas.

9.1

Concreción de otros aspectos de la colaboración.
Intercambio de datos de resultados.

9.1.1 Resultados de las elecciones al Parlamento autonómico y de las elecciones
de competencia estatal. Cada una de las Administraciones, como responsable de su
proceso electoral, ostenta la competencia exclusiva de anunciar y hacer públicos los
datos de participación y los resultados provisionales respectivos.
Ambas Administraciones se facilitarán los datos de participación y los resultados
provisionales propios en tiempo real, en formato electrónico y donde cada una de ellas
determine para su recepción y con una estructura de datos previamente acordada.
9.1.2 Resultados de las elecciones a entidades locales menores. Al objeto de dar
cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo de la Junta Electoral Central, de 7 de julio
de 2022, en el que señala que «la Dirección General de Política Interior deberá adoptar
las medidas necesarias para facilitar que en las próximas elecciones locales de 2023 se
pueda disponer de la publicación de los datos de estos procesos electorales en términos
análogos a los que hasta la fecha ha realizado el Ministerio del Interior», la
Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia facilitará a la Administración
General del Estado (Ministerio del Interior) en todo caso los resultados de las elecciones
a entidades locales menores al objeto de que el citado Departamento elabore el

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