III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2023-9409)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, la Fundación Instituto de Hidráulica Ambiental de Cantabria, la Autoridad Portuaria de Santander y Nextport, SL, para colaborar en la creación de la Cátedra Institucional en Inteligencia Artificial Aplicada a Puertos "AI Port Santander".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Lunes 17 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 54324
e) Favorecerá y posibilitará a la Cátedra el acceso y el contacto a sus redes de
conocimiento especializado en los ámbitos de actuación de esta.
f) Difundirá su participación y colaboración en todas las actividades que se realicen
en el marco de la Cátedra, en los soportes habituales que utilicen para sus actividades.
4.
Compromisos de la APS:
a) Participará activamente en la ideación, diseño, orientación de las directrices,
programas e iniciativas de actuación estratégica de la Cátedra.
b) Facilitará las instalaciones del Faro de la Cerda para que actúen como sede
operativa de las actividades docentes, formativas, de investigación e innovación de la
Cátedra; aportando, para ello, el mobiliario y los medios disponibles en ellas, asumiendo,
asimismo, los gastos corrientes de los suministros de agua, energía, comunicaciones y
los servicios de limpieza, mantenimiento, vigilancia u otros complementarios a dichas
instalaciones. Estas instalaciones no serán de uso exclusivo para la Cátedra.
c) Contribuirá al sostenimiento económico de la actividad de la Cátedra con una
aportación monetaria anual de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias,
estableciéndose un importe mínimo para dicha aportación anual de veinticinco mil euros
(25.000,00 €) y un importe máximo de trescientos cincuenta mil euros (350.000,00 €).
Una aportación anual superior al límite máximo indicado requerirá la modificación del
convenio tramitada según se indica en la cláusula decimoquinta.
d) Apoyará el desenvolvimiento regular de las actividades de la Cátedra mediante
la colaboración de su propio personal. A tal efecto, un miembro del equipo técnico de la
APS dedicará anualmente a dichas tareas dos tercios de su jornada laboral diaria.
e) Asimismo, el personal de la APS podrá colaborar eventualmente en acciones
formativas concretas y proyectos e iniciativas de investigación e innovación específica
mediante la prestación de asistencias técnicas.
f) Asesorará a la Dirección de la Cátedra y a la Comisión Mixta de Seguimiento
cuando sea requerido por estas.
g) Actuará, a modo de «laboratorio» y «agente facilitador», siempre que sea
posible, de los prototipados y/o pilotos asociados a las acciones de investigación e
innovación de la Cátedra.
h) Favorecerá y posibilitará a la Cátedra el acceso y el contacto a sus redes de
conocimiento especializado en los ámbitos de actuación de esta.
i) Apoyará a la Cátedra en su búsqueda de entidades colaboradoras y
patrocinadoras.
j) Difundirá su participación y colaboración en todas las actividades que se realicen
en el marco de la Cátedra, en los soportes habituales que utilicen para sus actividades.
Compromisos de Nextport:
a) Participará activamente en la ideación, diseño, orientación de las directrices,
programas e iniciativas de actuación estratégica de la Cátedra.
b) Contribuirá al sostenimiento económico de la actividad de la Cátedra con una
aportación monetaria anual de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias y su
libre discrecionalidad en el desarrollo de sus negocios, estableciéndose un importe
mínimo para dicha aportación anual de veinticinco mil euros (25.000,00 €) y un importe
máximo de trescientos cincuenta mil euros (350.000,00 €). Una aportación anual superior
al límite máximo indicado requerirá la modificación del convenio tramitada según se
indica en la cláusula decimoquinta.
c) Apoyará el desenvolvimiento regular de las actividades de la Cátedra mediante la
colaboración de su personal propio. A tal efecto, un equivalente de dos miembros del
equipo de Nextport dedicarán anualmente a dichas tareas un quinto de su jornada
laboral semanal.
cve: BOE-A-2023-9409
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 91
Lunes 17 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 54324
e) Favorecerá y posibilitará a la Cátedra el acceso y el contacto a sus redes de
conocimiento especializado en los ámbitos de actuación de esta.
f) Difundirá su participación y colaboración en todas las actividades que se realicen
en el marco de la Cátedra, en los soportes habituales que utilicen para sus actividades.
4.
Compromisos de la APS:
a) Participará activamente en la ideación, diseño, orientación de las directrices,
programas e iniciativas de actuación estratégica de la Cátedra.
b) Facilitará las instalaciones del Faro de la Cerda para que actúen como sede
operativa de las actividades docentes, formativas, de investigación e innovación de la
Cátedra; aportando, para ello, el mobiliario y los medios disponibles en ellas, asumiendo,
asimismo, los gastos corrientes de los suministros de agua, energía, comunicaciones y
los servicios de limpieza, mantenimiento, vigilancia u otros complementarios a dichas
instalaciones. Estas instalaciones no serán de uso exclusivo para la Cátedra.
c) Contribuirá al sostenimiento económico de la actividad de la Cátedra con una
aportación monetaria anual de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias,
estableciéndose un importe mínimo para dicha aportación anual de veinticinco mil euros
(25.000,00 €) y un importe máximo de trescientos cincuenta mil euros (350.000,00 €).
Una aportación anual superior al límite máximo indicado requerirá la modificación del
convenio tramitada según se indica en la cláusula decimoquinta.
d) Apoyará el desenvolvimiento regular de las actividades de la Cátedra mediante
la colaboración de su propio personal. A tal efecto, un miembro del equipo técnico de la
APS dedicará anualmente a dichas tareas dos tercios de su jornada laboral diaria.
e) Asimismo, el personal de la APS podrá colaborar eventualmente en acciones
formativas concretas y proyectos e iniciativas de investigación e innovación específica
mediante la prestación de asistencias técnicas.
f) Asesorará a la Dirección de la Cátedra y a la Comisión Mixta de Seguimiento
cuando sea requerido por estas.
g) Actuará, a modo de «laboratorio» y «agente facilitador», siempre que sea
posible, de los prototipados y/o pilotos asociados a las acciones de investigación e
innovación de la Cátedra.
h) Favorecerá y posibilitará a la Cátedra el acceso y el contacto a sus redes de
conocimiento especializado en los ámbitos de actuación de esta.
i) Apoyará a la Cátedra en su búsqueda de entidades colaboradoras y
patrocinadoras.
j) Difundirá su participación y colaboración en todas las actividades que se realicen
en el marco de la Cátedra, en los soportes habituales que utilicen para sus actividades.
Compromisos de Nextport:
a) Participará activamente en la ideación, diseño, orientación de las directrices,
programas e iniciativas de actuación estratégica de la Cátedra.
b) Contribuirá al sostenimiento económico de la actividad de la Cátedra con una
aportación monetaria anual de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias y su
libre discrecionalidad en el desarrollo de sus negocios, estableciéndose un importe
mínimo para dicha aportación anual de veinticinco mil euros (25.000,00 €) y un importe
máximo de trescientos cincuenta mil euros (350.000,00 €). Una aportación anual superior
al límite máximo indicado requerirá la modificación del convenio tramitada según se
indica en la cláusula decimoquinta.
c) Apoyará el desenvolvimiento regular de las actividades de la Cátedra mediante la
colaboración de su personal propio. A tal efecto, un equivalente de dos miembros del
equipo de Nextport dedicarán anualmente a dichas tareas un quinto de su jornada
laboral semanal.
cve: BOE-A-2023-9409
Verificable en https://www.boe.es
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