III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9281)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Valentia Edetanotum FV5, de 55 MWp/50 MWn y Catadau, de 80 MWp/80 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Valencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53794

requeridos no se han recibido hasta la fecha, por lo que se establecen condiciones
específicas en relación a las competencias de los organismos correspondientes en esta
resolución.
3.

Análisis técnico del expediente.

a.

Análisis de alternativas.

El EsIA plantea, en primer lugar, la alternativa 0 o no ejecución del proyecto. Se
descarta, pues no permite cubrir la demanda energética y evita la diversificación; con
ello, se mantiene la demanda del exterior. Además, se contribuiría al estancamiento de la
potencia renovable a instalar, dando lugar al incumplimiento de la legislación vigente y a
la sustitución de energía renovable por otras más contaminantes con el consiguiente.
aumento de las emisiones de CO2.
Tras su descarte, se realiza la capacidad de acogida del territorio y se procede a la
búsqueda de emplazamientos concretos potenciales para cada PSFV.
En el caso de «Valentia Edetanotum FV5», se definen dos grandes áreas de
potencial emplazamiento: Área A, desde Llombai al Sur, pasando por Montroi y Real; al
oeste se requiere un espacio que se adentra parcialmente en Red Natura 2000. El Área
B, coincide en su parte central y sur con el área A, si bien presenta mayor incidencia
sobre el medio natural en la parte no coincidente. Se selecciona el área A, por ser la
opción mejor valorada ambientalmente. Dentro de ésta, a su vez, se definen las
alternativas 1, al norte del área A y 2, al sur. La primera presenta una línea de
evacuación significativamente más corta que la segunda; además, presenta unas
menores implicaciones ambientales. Por este motivo, se selecciona la alternativa 1.
Para Catadau, se definen en tres zonas; la Zona A, Sumacarcer en el límite suroeste
del ámbito de estudio; Zona B en el entorno de Alzira, al este del núcleo de Tous, alejada
del núcleo urbano; Zona C al oeste del núcleo de Catadau, más próxima a la SE de
evacuación final. Se seleccionan, tras análisis ambiental comparado, las áreas B y C
como las óptimas ambientalmente, dentro de las cuales se ubican los dos
emplazamientos definitivos para Catadau, en sus recintos norte y sur. Esta selección ya
incluye la SE y la línea asociadas.
Consta en el expediente el informe del Ayuntamiento de Catadau señalando, entre
las deficiencias documentales encontradas, falta de parte de la documentación prevista y
exigida por el artículo 35.1.b) de la Ley 21/2013, al no describir las diversas alternativas
razonables, así como la solución adoptada (propuesta) y su justificación exigida por ese
precepto y también el Anexo VI de la misma norma. El promotor responde que considera
tres alternativas, dos ejecutivas y otra como Alternativa 0 de no actuación.
b.

Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del EsIA y del resultado de la información pública y de las consultas a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, se reflejan a continuación
los impactos más significativos del proyecto y su tratamiento.

Según el EsIA, la PSFV «Valentia Edetanotum FV5» se encuentran a más de 1,5 km
de los núcleos urbanos más próximos. Existen además algunas viviendas de la
urbanización «Loma Molin» en el TM de Llombai algo más cercanas a la PSFV. El recinto
norte de la PSFV «Catadau» se sitúa a unos 2 km de la misma urbanización y el recinto
sur a 1,3 km del núcleo urbano de Tous y a 2 km del núcleo urbano de Masalvés;
también se detectan viviendas dispersas en los alrededores de ambas plantas.
En fase de ejecución, según el EsIA, se podrán producir molestias puntuales sobre
los habitantes de las viviendas más próximas, con motivo de la elevación de los niveles
de presión sonora y emisiones gaseosas; serán especialmente significativas durante el
movimiento de tierras que tendrá lugar sólo al inicio de los trabajos. Las molestias

cve: BOE-A-2023-9281
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b.1) Población y salud humana.