III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9281)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Valentia Edetanotum FV5, de 55 MWp/50 MWn y Catadau, de 80 MWp/80 MWn, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Valencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53804

incluidas en el proyecto en evaluación. Añade que el estudio de avifauna incluirá esta
zona.
El promotor señala que el vallado perimetral cumplirá con lo dispuesto en el
Decreto 178/2005 con las características especificadas en el informe de la Dirección
General de Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana. Estas
medidas se incluirán en el correspondiente documento de integración paisajística.
Además, indica que tratará de cumplir de la forma más eficaz y eficiente posible con las,
en su opinión, contradictorias medidas respecto a aumentar la visibilidad del vallado para
evitar la colisión de aves, a la vez que se trata de cumplir los objetivos de integrar el
vallado paisajísticamente.
En relación a la afección a la zona de protección de avifauna por líneas eléctricas, se
señala que en el apartado de medidas del EIsA se contempla el cumplimiento de las
prescripciones técnicas y medidas de prevención descritas en el Real
Decreto 1432/2008.
Adicionalmente, el promotor recoge las medidas del informe de la Dirección General
de Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana antes indicadas, a
las que atenderá especialmente, aunque no incluye la compensación del 25% de
superficie de la PSFV para la preservación de la avifauna.
La Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat
Valenciana emite un segundo informe; recalca la conformidad del promotor con las
medidas incluidas en su informe anterior e insiste que se deberá cumplir también con la
compensación del 25% de superficie de la PSFV para mantenimiento de cultivos de
cereales tradicionales con la finalidad de favorecer la presencia de aves rapaces, lo que
se considera necesario para poder mejorar las poblaciones de fauna y mantener la
cohesión del ecosistema compensando la fragmentación territorial que crea la
infraestructura planteada.
SEO Birdlife, por su parte, recalca en su informe las deficiencias del EsIA; en
particular, la falta de un estudio adecuado de avifauna y quirópteros que comprenda un
ciclo anual, el insuficiente análisis de afecciones a la IBA próxima y la inadecuada
valoración de sinergias. El promotor insiste en la realización del estudio de avifauna que
se indicó en la respuesta al competente en medio ambiente de la Generalitat Valenciana
y en la adecuación de su EsIA y las medidas que se han tenido en cuenta.
Por último, varias alegaciones señalan que todas las infraestructuras proyectadas se
encuentran dentro de la Zona de Protección de la Avifauna contra la Colisión y la
Electrocución y afirman que sería importante no aumentar la densidad de tendidos ya
existentes en la zona con la instalación de las infraestructuras proyectadas en el
proyecto. Consideran que la instalación de la PSFV y que va en contra de la
recuperación y conservación de las especies de avifauna catalogadas y protegidas, en
línea con lo indicado por el organismo competente en medio ambiente de la Generalitat
Valenciana. El promotor responde que en el EsIA ya se contempla la aplicación de estas
medidas a lo largo de toda la LAT. Añade que existe una obvia pérdida de hábitat de
especies animales, pero afirma que no se puede concluir en que ésta afecte de manera
significativa a las mismas, o que la PSFV comprometa la persistencia de estas especies
en el territorio.
Para la preservación de la fauna del entorno, además de las condiciones referidas a
vegetación que tendrán repercusión directa e indirecta sobre la comunidad animal y
asegurar el cumplimiento de todas las recogidas en el informe de la Dirección General de
Medio Natural y Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana, se incluyen en la
presente resolución las condiciones 12 y 13.
b.4) Espacios naturales protegidos. Red Natura 2000.
Tanto las PSFV como el trazado de las líneas previstas, se localizan fuera de la Red
Natura 2000; sin embargo, la actuación se encuentra a una distancia de unos 20 m de la
ZEPA ES0000212 «Sierra de Martés-Cortes», que en esta zona coincide con la Zona de
Especial Conservación (ZEC) ES5233011 «Sierras de Martés y el Ave». La parte

cve: BOE-A-2023-9281
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Núm. 90