III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9279)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Barjas 121 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de León, Ourense y Lugo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53763

Tanto el promotor como la Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de la Junta de Castilla y León identifican la coincidencia espacial del proyecto
con 20 Montes de Utilidad Pública (MUP). Todos los aerogeneradores se ubican en MUP.
Además, los aerogeneradores B-04, B-05, B-06, B-07, B-08, B-09, B-11, B-13, B-14,
B-15 y B-19 afectan a masas de frondosas o pinares de repoblación. La SET Barjas, la
torre meteorológica TM-2, algunos tramos de pista a construir o a acondicionar, y
algunos tramos de línea eléctrica, también se ubican sobre masas de pinar u otras
masas arboladas pertenecientes a MUP.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León considera que los MUP se verán afectadas por la implantación de las
infraestructuras previstas, así como por la aplicación de las normas de seguridad de las
líneas eléctricas aéreas, que implican la eliminación del arbolado existente en la calle de
seguridad de la línea. Esto limita los aprovechamientos forestales y afecta a los servicios
ecosistémicos ofrecidos por los MUP.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León concluye que el proyecto es incompatible con la utilidad pública de los MUP, al
entender que tiene efectos negativos sobre los valores objeto de protección que estos y
al no haberse acreditado que la actividad pretendida no tenga sustitución posible o
conveniente fuera del MUP (artículo 67.2 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de
Castilla y León).
El proyecto también produce afecciones sobre otros terrenos con uso forestal
públicos y privados, que no están clasificados como MUP, pero cuentan con la
consideración jurídica de monte según la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y
la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.
Las modificaciones de la adenda al EsIA remitidas por el promotor el 2 de marzo
de 2023 disminuyen la afección a MUP en 8,56 ha (12,69 %), según indica el promotor.
En esta versión del proyecto, 9 aerogeneradores se ubican en zona de sensibilidad alta
por MUP y Monte Protector y 10 en zona de sensibilidad media según la «Zonas de
Sensibilidad a Energías Renovables» definidas por la Junta de Castilla y León. Señala
que la afección a MUP no debería ser un impedimento para el desarrollo del proyecto
propuesto, estando previsto tramitar cuantas autorizaciones fueran pertinentes y
mantener acuerdos con el pago de compensaciones a los propietarios.
En cuanto al territorio gallego, el promotor identifica afección directa por la infraestructura
de evacuación a 17 Montes Vecinales en Mano Común (MVMC) (Ley 13/1989, de 10 de
octubre, de montes vecinales en mano común), localizados en las provincias de Ourense y
Lugo. En estos montes se sitúan apoyos de la línea eléctrica o el vano entre apoyos.
Según el promotor las principales afecciones sobre la vegetación e HICs estarían
ocasionadas por la creación de accesos, la ubicación de aerogeneradores y sus
plataformas de montaje, las zanjas para cableado, la ubicación de la SET Barjas y de las
torres de medición meteorológica. También por la instalación de los apoyos de la línea
eléctrica aérea y sus accesos, ya que muchos se localizan en laderas y cumbreras de
montaña sin caminos de acceso. Además, se produciría afección por el vano bajo el
tendido en el caso de cruzar hábitats arbolados, ya que este se mantendría limpio de
vegetación de cierta talla.
Como medidas para minimizar la afección a la vegetación, el promotor tratará de
aprovechar al máximo la red de caminos y vías existentes, no se permitirá el tránsito de
máquina dentro de los límites establecidos, se sobreelevarán los apoyos en zonas que
mantengan arbolado autóctono, se prohibirá la quema in situ de la biomasa vegetal
eliminada, se señalizarán las especies de flora interesantes de conservar detectadas, y
se revegetarán las superficies afectadas mediante hidrosiembra con especies propias de
la zona, entre otras.
Fauna: En el área del parque, el estudio de avifauna de ciclo anual del promotor registra
un total de 69 especies, frente a las 119 especies encontradas en su recopilación
bibliográfica. Cinco de las especies encontradas en el campo no estaban incluidas en la
revisión. Las especies más abundante han sido, por orden de abundancia, el acentor común

cve: BOE-A-2023-9279
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Núm. 90