III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9277)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Prada de 168 MW, y su infraestructura de evacuación, ubicado en los TT. MM. de O Barco de Valdeorras, a Veiga, Carballeda de Valdeorras, Petín, Larouco, A Pobra de Trives y San Xoán de Río (provincia de Ourense) y Quiroga (provincia de Lugo)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53728

a menos de 5 km al este, e incluso a menos de 1 km del aerogenerador más oriental del
PE Prada. Esta DIA fue desfavorable por sus afecciones a valores naturales, culturales,
científicos, educativos y paisajísticos, destacando, entre otras, la afección al águila real,
por la población de la especie en Galicia (seis parejas anidantes) y su estatus de
conservación (en peligro de extinción en el CGEA), así como la existencia de un nido
habitado en un radio menor de 5 km, lo que conllevaba un alto riesgo de colisiones,
desplazamientos por perturbaciones, efecto barrera, y modificaciones y pérdida de hábitat.
La Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia concluye que,
atendiendo al conocimiento disponible en la actualidad sobre la situación legal, biológica,
requerimientos ecológicos, demografía, distribución y uso del territorio, y a factores de
amenaza del águila real en Galicia, como de las memorias técnicas sobre la especie
disponibles, los proyectos de desarrollo eólico que se solapen con las áreas críticas
delimitadas para el águila real en Galicia, pueden afectar de forma apreciable a la
población local de esta especie en esta comunidad autónoma y, por lo tanto, informa
negativamente el presente proyecto.
Se constata que, como indican entre otros Ecologistas en Acción-Galicia, el PE y
parte del trazado de la LAAT se ubican en áreas prioritarias para las aves, incluidas en la
Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Natural,
por la que se actualiza la delimitación de las áreas prioritarias de reproducción, de
alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo
gallego de especies amenazadas, y se dispone la publicación de las zonas de protección
existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia en las que serán de aplicación
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas
eléctricas de alta tensión.
Por último, las Comunidades de Montes Vecinales en Mano Común (CMVMC) «Serra
do Eixe», «Mones e Sampaio» y «Montes baixos de Cándeda y Domiz» alegan que los
estudios de quirópteros y avifauna resultan insuficientes y alejados del cumplimiento de
cualquiera de las recomendaciones establecidas por las administraciones públicas y las
distintas organizaciones. Las grabaciones que se realizan para el seguimiento de la
quiropterofauna, por ejemplo, se registran durante diez minutos en cada estación, un
tiempo insuficiente si se tienen en cuenta las guías oficiales publicadas al respecto. Las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias que se establecen en el EsIA para
mitigar los impactos ambientales se consideran también completamente insuficientes, ya
que no acreditan en qué medida reducirían el impacto ambiental.
Valoración del órgano ambiental.

El proyecto tiene como objetivo la generación de energía eólica en las provincias de
Ourense y Lugo (Comunidad Autónoma de Galicia) mediante un parque eólico de 24
aerogeneradores, con una potencia nominal total de 168 MW, así como su infraestructura
de evacuación aérea de alta tensión de 29,6 km hasta la Subestación Colectora
«Treboada» 220 kV, y 4,6 km desde ésa a la Subestación Trives 220 kV (REE).
Tras el análisis técnico del proyecto, este órgano ambiental considera que la
ubicación elegida presenta una elevada biodiversidad y densidad de especies
amenazadas, como se desarrolla en el apartado b.1 de la presente resolución. Los
impactos detallados, que determinan la viabilidad ambiental de los proyectos, no han
sido adecuadamente considerados en la selección del emplazamiento.
Uno de los factores ambientales que resulta más afectado es la avifauna. El proyecto
se localiza en un territorio altamente sensible que cuenta con una amplia diversidad de
dicho grupo. En este sentido, la Dirección General de Patrimonio Natural de la Xunta de
Galicia, así como otros organismos y entidades consultadas, señalan que el proyecto se
ubica dentro de «Áreas prioritarias para las aves», declaradas por la Dirección General
de Patrimonio Natural en 2018 (áreas prioritarias de reproducción, de alimentación, de
dispersión y de concentración local de aves incluidas en el CGEA, y zonas con medidas
para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas
de alta tensión). Más concretamente, el parque eólico se ubica dentro del «Área crítica

cve: BOE-A-2023-9277
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