III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9282)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones en la morfología en la playa de la Magdalena en el T.M. de Cedeira (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53831
en la playa objeto de actuación destacan los fondos sedimentarios, con presencia de
arenas fangosas infralitorales y circalitorales en la parte más somera y arenas detríticas
en la parte más profunda. Predominan las comunidades de bivalvos y poliquetos,
observándose la presencia dispersa de algas verdes dela familia Ulvaceae. Además,
se identifican enclaves rocosos colonizados por algas pardas (Laminaria y Dictyota).
El promotor incluye, entre las medidas preventivas, que será necesario que la arena
de aportación tenga un contenido de finos máximo del 5% y las escolleras para la
formación del encauzamiento de piedra natural estarán libres de finos y deberá ser
sometidas a un doble lavado antes de su disposición en obra; se evitará la manipulación
de materiales en días con condiciones meteorológicas desfavorables (tanto atmosféricas
como marinas); se utilizaran los medios adecuados que provoquen la menor
resuspensión posible de sedimentos al medio, así como el vertido de los áridos sobre la
parte emergida de la playa mediante una tubería continua desde la draga; y se realizará
el adecuado control del material vertido para la construcción del encauzamiento al objeto
de que esté libre de sustancias contaminantes y materia orgánica. Se llevará a cabo un
seguimiento de la turbidez generada durante las obras, como parte del programa de
vigilancia ambiental, paralizando los trabajos cuando pueda estar produciéndose un
efecto adverso significativo sobre los hábitats bentónicos cercanos.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de MITECO informa
que la especie Zostera noltii está incluida en el LESRPE y considera que los efectos
directos de las obras previstas en el proyecto pueden suponer una amenaza para el
estado de conservación de la misma, por lo que se implementaran las medidas
necesarias para evitarlo. Destaca que los transectos realizados por el promotor se
encuentran alejados de la zona de presencia de esta especie y, del análisis histórico del
proyecto PRADERA se han identificado varias áreas de restauración ecológica de la
especie.
Además, considera necesario el uso de cortinas anti turbidez en la totalidad de las
actuaciones para impedir que los sólidos en suspensión alcancen fondos sensibles;
dichas barreras deberán confinar la turbidez generada en el entorno inmediato de las
obras. Se incluyen medidas relativas al balizamiento de la obra. En relación con las dos
especies de aves marinas existentes en la zona, indica que el paíño europeo atlántico
(Hydrobates pelagicus pelagicus) y el cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis
aritotelis) están incluidas en el LESRPE y esta última aparece en el Catálogo Español de
Especies Amenazadas (CEEA) con la categoría de «vulnerable»; por lo que propone
medidas para evitar afección sobre las mismas. Además en la zona de extracción y, dado
el alto nivel de ruido de las operaciones, se concreta la necesidad de emplear los medios
de extracción precisos, disminuir la resuspensión del material extraído y controlar su
dispersión.
El promotor, en contestación a la afección por Zostera noltii, indica la no existencia
de esta especie en la zona donde se va a regenerar. El promotor realizó análisis in situ
de la playa con fecha 19 de abril de 2022 y, una vez realizada la inspección en detalle en
las zonas señaladas en el informe, concluyó que no se detectó la presencia de Zostera
noltii. El resto de las cuestiones son asumidas por el promotor, de conformidad con lo
dispuesto en el condicionado de esta resolución.
– Ecosistema litoral terrestre.
El estudio de las formaciones vegetales realizado en el EsIA, asociadas al sistema
dunar de la playa de la Magdalena indica que presenta un estado de conservación muy
desfavorable. Cabe destacar la presencia abundante de plántulas de Populus
canadensis y Robinia pseudacacia que se ha inventariado a lo largo de todo el muestreo
desde el primer cordón dunar hasta las dunas grises, evidenciando una gran capacidad
de proliferación. Además, las especies no propias de sistemas dunares identificadas en
este muestreo fueron: Taraxacum officinale, Anthemis tinctoria, Rumex bucephalophorus,
Salsola Kali, Lagurus ovatus, Tamarix sp., Hedera helix, Rubus ulmifolius, Laurus nobilis,
Dacus carota y Verbascum phlomoides. Durante el estudio no se ha detectado la
cve: BOE-A-2023-9282
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53831
en la playa objeto de actuación destacan los fondos sedimentarios, con presencia de
arenas fangosas infralitorales y circalitorales en la parte más somera y arenas detríticas
en la parte más profunda. Predominan las comunidades de bivalvos y poliquetos,
observándose la presencia dispersa de algas verdes dela familia Ulvaceae. Además,
se identifican enclaves rocosos colonizados por algas pardas (Laminaria y Dictyota).
El promotor incluye, entre las medidas preventivas, que será necesario que la arena
de aportación tenga un contenido de finos máximo del 5% y las escolleras para la
formación del encauzamiento de piedra natural estarán libres de finos y deberá ser
sometidas a un doble lavado antes de su disposición en obra; se evitará la manipulación
de materiales en días con condiciones meteorológicas desfavorables (tanto atmosféricas
como marinas); se utilizaran los medios adecuados que provoquen la menor
resuspensión posible de sedimentos al medio, así como el vertido de los áridos sobre la
parte emergida de la playa mediante una tubería continua desde la draga; y se realizará
el adecuado control del material vertido para la construcción del encauzamiento al objeto
de que esté libre de sustancias contaminantes y materia orgánica. Se llevará a cabo un
seguimiento de la turbidez generada durante las obras, como parte del programa de
vigilancia ambiental, paralizando los trabajos cuando pueda estar produciéndose un
efecto adverso significativo sobre los hábitats bentónicos cercanos.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina de MITECO informa
que la especie Zostera noltii está incluida en el LESRPE y considera que los efectos
directos de las obras previstas en el proyecto pueden suponer una amenaza para el
estado de conservación de la misma, por lo que se implementaran las medidas
necesarias para evitarlo. Destaca que los transectos realizados por el promotor se
encuentran alejados de la zona de presencia de esta especie y, del análisis histórico del
proyecto PRADERA se han identificado varias áreas de restauración ecológica de la
especie.
Además, considera necesario el uso de cortinas anti turbidez en la totalidad de las
actuaciones para impedir que los sólidos en suspensión alcancen fondos sensibles;
dichas barreras deberán confinar la turbidez generada en el entorno inmediato de las
obras. Se incluyen medidas relativas al balizamiento de la obra. En relación con las dos
especies de aves marinas existentes en la zona, indica que el paíño europeo atlántico
(Hydrobates pelagicus pelagicus) y el cormorán moñudo (Phalacrocorax aristotelis
aritotelis) están incluidas en el LESRPE y esta última aparece en el Catálogo Español de
Especies Amenazadas (CEEA) con la categoría de «vulnerable»; por lo que propone
medidas para evitar afección sobre las mismas. Además en la zona de extracción y, dado
el alto nivel de ruido de las operaciones, se concreta la necesidad de emplear los medios
de extracción precisos, disminuir la resuspensión del material extraído y controlar su
dispersión.
El promotor, en contestación a la afección por Zostera noltii, indica la no existencia
de esta especie en la zona donde se va a regenerar. El promotor realizó análisis in situ
de la playa con fecha 19 de abril de 2022 y, una vez realizada la inspección en detalle en
las zonas señaladas en el informe, concluyó que no se detectó la presencia de Zostera
noltii. El resto de las cuestiones son asumidas por el promotor, de conformidad con lo
dispuesto en el condicionado de esta resolución.
– Ecosistema litoral terrestre.
El estudio de las formaciones vegetales realizado en el EsIA, asociadas al sistema
dunar de la playa de la Magdalena indica que presenta un estado de conservación muy
desfavorable. Cabe destacar la presencia abundante de plántulas de Populus
canadensis y Robinia pseudacacia que se ha inventariado a lo largo de todo el muestreo
desde el primer cordón dunar hasta las dunas grises, evidenciando una gran capacidad
de proliferación. Además, las especies no propias de sistemas dunares identificadas en
este muestreo fueron: Taraxacum officinale, Anthemis tinctoria, Rumex bucephalophorus,
Salsola Kali, Lagurus ovatus, Tamarix sp., Hedera helix, Rubus ulmifolius, Laurus nobilis,
Dacus carota y Verbascum phlomoides. Durante el estudio no se ha detectado la
cve: BOE-A-2023-9282
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90