III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9282)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones en la morfología en la playa de la Magdalena en el T.M. de Cedeira (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Sábado 15 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53844

15. En caso de aparición de restos de interés deberá comunicarse obligatoriamente
a la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia, en el transcurso de 24
horas.
16. En el documento definitivo del proyecto y antes de la autorización definitiva del
mismo se tendrá que adaptar el estudio de impacto e integración paisajística al contenido
descrito en la Ley 7/2008, completándose con la justificación de cómo se incorporan al
proyecto los objetivos de calidad paisajística y las determinaciones de las directivas del
paisaje. Las medidas de integración paisajística deberán quedar oportunamente
recogidas en el proyecto, de acuerdo con las directrices del paisaje y la legislación
vigente en la materia.
– Actividad pesquera y marisquera:
17. De forma previa a la autorización del proyecto, el promotor llevará a cabo un
estudio detallado de afecciones sobre este sector que incluya una valoración económica
de los bienes y derechos afectados en la explotación del caladero/s ubicado/s en el
entorno de la zona de regeneración sobre el/los que deberá establecer las medidas
complementarias o compensatorias de confirmarse que se producen afecciones por el
proyecto.
18. El dragado se programará de modo que las zonas de pesca más importantes
queden protegidas y se respete el acceso de las embarcaciones a sus caladeros
tradicionales.
19. Se deberá verificar la ejecución de los trabajos en los periodos establecidos
para que la afección a los recursos pesqueros sea la menor posible.
20. Según ha indicado la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina
del MITECO, se deberá verificar que para la resiembra de semillas de bivalvos se podrán
utilizar únicamente semillas de las especies extraídas previamente al inicio de las obras
y deberán ser procedentes de criaderos autorizados y de progenitores autóctonos.
21. Se adoptarán las condiciones establecidas por la Dirección Xeral de
Deselvovemento Pesqueiro de la Xunta de Galicia:
– Se deberá llevar a cabo la extracción de los recursos marisqueros de la zona de
actuación para plantarlos en otras zonas de no afección, asegurando de este modo su
supervivencia y se deberá transferir los individuos que no alcanzan tamaño comercial a
otros bancos. Se deberá repoblar la zona una vez finalizadas las obras.
– El calendario de obras se ajustará a los calendarios de captura por grupos
dedicados a la pesca y marisqueo minimizando de esta forma el impacto económico.
– Población humana:

iii)

Condiciones al programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá incorporar
el seguimiento de las condiciones establecidas en el apartado anterior y completarse con
los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución.
23. De acuerdo con lo indicado por la Dirección Xeral de Augas de la Xunta de
Galicia, al respecto de la protección de los sistemas fluviales y de la calidad de las
aguas, el promotor deberá cumplir con las siguientes consideraciones: Se remitirán por
parte del promotor los datos de presiones y medidas asociadas a esta actuación para

cve: BOE-A-2023-9282
Verificable en https://www.boe.es

22. Se debe cumplir por parte del promotor el Real Decreto 1341/2007, de 11 de
octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño, durante la ejecución de las
obras, y se deberá controlar que se cumplen con todos los parámetros de calidad de las
aguas de baño en la playa de la Magdalena. Se implementarán las medidas necesarias
para poder mantener la playa abierta y que no se produzcan afecciones a las playas
colindantes. Por tanto, además de la turbidez, se analizarán y controlaran todos los
parámetros establecidos en el Real Decreto.